En una de sus muchas y felices iluminaciones, Rafael Sánchez Ferlosio proponía distinguir entre el “interés del público” y el “interés público”[1]. El primero –decía- “se mide siempre como interés por algo, o sea como deseo de enterarse de ello, y tiene, por lo tanto carácter subjetivo. El ‘interés público’ de algo es, en cambio, de índole objetiva, y, por lo mismo, totalmente independiente del