¿Qué conceptos se reclaman por la cláusula suelo?
- Diferencia de cuotas: el importe de las mensualidades pagadas de más por aplicación de la cláusula suelo.
- Intereses legales del dinero: se aplican a cada diferencia mensual desde la fecha en que se pagó hasta la fecha de la sentencia. No son técnicamente "intereses de demora", sino intereses indemnizatorios al tipo legal vigente cada año.
- Recálculo del capital pendiente: como pagaste de más, parte de ese dinero habría ido a amortizar capital. Al recalcular, tu deuda pendiente se reduce.
- Intereses judiciales: si el banco no paga en el plazo tras la sentencia, se aplica un interés adicional sobre las cantidades a devolver.
Para entender mejor el origen de estas reclamaciones, es importante diferenciar entre una cláusula que limita la bajada del tipo de interés y otras condiciones del contrato hipotecario que pueden haber sido consideradas abusivas. Puedes consultar también esta información sobre cláusulas abusivas en hipotecas y cómo reclamarlas.
Interés legal del dinero: tabla actualizada
Año |
Interés legal del dinero |
|---|---|
2004 |
3,75 % |
2005 |
4,00 % |
2006 |
4,00 % |
2007 |
5,00 % |
2008 |
5,50 % |
2009 (ene-mar / abr-dic) |
5,50 % / 4,00 % |
2010-2014 |
4,00 % |
2015 |
3,50 % |
2016 |
3,00 % |
2017-2022 |
3,00 % |
2023-2026 |
3,25 % |
¿Cómo se calcula el interés sobre las cuotas cobradas de más?
- Se comparan dos cuadros de amortización: el real (con cláusula suelo) y el simulado (sin cláusula suelo, aplicando euríbor + diferencial).
- Se obtiene la diferencia mensual entre ambas cuotas para cada mes en que la cláusula suelo estuvo activa.
- A cada diferencia mensual se le aplica el interés legal del dinero vigente ese año, calculado desde la fecha de pago hasta la sentencia.
- Se suman todas las diferencias y todos los intereses para obtener el importe total.
¿Quién tiene que calcular los intereses: el banco, el cliente o el juez?
- El banco presenta su cálculo, que según la experiencia de peritos especialistas en muchos casos no incluye todas las partidas.
- El cliente puede aportar un informe pericial de parte que cifre el perjuicio completo (diferencias de cuotas + intereses + reducción de capital).
- El juez dicta sentencia a favor o en contra pero no cifra el importe: toma en consideración los informes de ambas partes.
¿Debe modificar el banco el capital pendiente de la hipoteca?
Simulación de devolución de la cláusula suelo
Concepto |
Importe |
|---|---|
Fecha de firma |
01/05/2004 |
Importe inicial |
150.000 € |
Plazo |
30 años |
Diferencial |
Euríbor + 1,5 % |
Cláusula suelo |
3,5 % |
Devolución por diferencia de cuotas |
5.977 € |
Intereses indemnizatorios |
554 € |
Reducción del capital pendiente |
3.328 € |
Total estimado de la reclamación |
9.859 € |
¿Todavía se puede reclamar la cláusula suelo?
- Cuanto más tarde reclames, más difícil puede ser reunir la documentación (cuadros de amortización, recibos antiguos).
- Los intereses indemnizatorios se calculan hasta la sentencia, así que cuanto antes actúes, antes empiezas a recuperar tu dinero.
- Si tu hipoteca ya se canceló, igualmente puedes reclamar las cantidades cobradas de más durante su vigencia.