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Tributación de las apuestas deportivas online en la Declaración de la Renta

Tributación de las apuestas deportivas online en la Declaración de la Renta

Ya conocíamos la obligación de tributar por las ganancias obtenidas en premios nacionales como la lotería y las quinielas, pero también debemos de saber que lo que ganemos con apuestas deportivas online deberá de tributar en la Declaración de la Renta

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¿Cómo tributan las apuestas deportivas?

Si un contribuyente español invierte en apuestas deportivas y en partidas de póquer online, deberá de saber que se aplicará la legislación fiscal del país en el que tribute (residencia habitual durante más de 183 días al año), en este caso España y no del país dónde esté registrada la casa de apuestas.

 

Tributación en el IRPF de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la participación en apuestas deportivas y en partidas de póquer online. 

Los jugadores tendrán que tributar en su Declaración de la Renta por las ganancias obtenidas en las apuestas deportivas y en partidas de póquer online, es decir, por el dinero ganado, en el año en que se generen y tributarán como ganancia en la base imponible general ya que no procede de una transmisión patrimonial (sumándose a los rendimientos del trabajo), siendo gravada por un tipo impositivo que puede ir desde el 19% hasta el 45% en la Declaración de la Renta 2015, dependiendo de la comunidad autónoma donde tengamos el domicilio. 
 
Las ganancias en apuestas deportivas online se calculan sobre lo ganado, no sobre lo retirado.
 
Se tiene que tributar por los beneficios obtenidos en las casas de apuestas independientemente de si se retira la ganancia del banco o se mantiene. Para el cálculo de esta ganancia derivada de las apuestas deportivas online, el contribuyente podrá deducirse las cantidades previamente jugadas por las que no obtuvo premio alguno y que supusieron una merma o pérdida de su patrimonio. En todo caso, estas pérdidas no podrán superar a las ganancias.
 
Ejemplo: un jugador hace una apuesta deportiva online por 100€ y no gana nada. Un mes después, vuelve aposta 100€ más y pierde. Dos meses después hace una apuesta deportiva y gana 400€. No deberá tributar por los 400€, sino que podrá restar las cantidades apostadas anteriormente (siempre que se hayan apostado en el mismo ejercicio fiscal) por las que obtuvo pérdidas.
 
Si el cálculo total del contribuyente indica que en el ejercicio ha obtenido pérdidas derivadas de las apuestas deportivas, no podrá deducirse es importe en su Declaración de la Renta, ni los gastos generado, a diferencia de lo que ocurre cuando se invierte en activos financieros como por ejemplo acciones. Tal como dice la Ley 16/2012, de 27 de diciembre:
 
No se computarán como pérdidas patrimoniales las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de la participación en los juegos a los que se refiere la disposición adicional trigésima tercera de esta Ley (los juegos cuyos premios están sometidos al gravamen especial).
En el supuesto que un contribuyente solo haya obtenido rendimientos por estas apuestas deportivas online y no superen el límite de 1.000€ anuales, no tendrá obligación de presentar la Declaración de la Renta y tributar por estas ganancias. Y en el caso de haber apostado en diferentes casas de apuestas, deberemos saber que se tributará por el conjunto de los beneficios netos globales que hayamos obtenido durante el año.
 
 

Ley del Juego

Con la Ley de Apuestas que entró en vigor en Junio de 2012, se pretendía regular la fiscalidad de las casas de apuestas online, por lo que el nuevo impuesto al juego online está dirigido a las salas de apuestas y no a los jugadores.
 
Todas las casas de apuestas que quieran tener actividad en España tendrán que adquirir una licencia y acogerse a la legislación española, así como los beneficiados de estas apuestas deberán declarar en Hacienda sus ganancias. Normalmente, las casas de apuestas tendrán la obligación de informar sobre las cuentas de sus clientes sólo a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), pero en caso de que la Agencia Tributaria les solicite esta información, también tendrán que informar sobre las cuentas de los clientes.
 
 
  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a manum
    -
    Top 100
    #80
    19/08/14 10:29

    Se considera ganancia el importe que tienes a final de año en la cuenta, aunque no lo retires. Ejemplo: ingresas 1.000€, ganas en una primera operación 500€ (ganancia 1.500€), haces una segunda operación y pierdes 200€ (ganancia 1.300€) y ya no haces más operaciones ni retiras nada de la cuenta en todo el año.

    Tributarias en la Declaración de la Renta por los 1.300€.
    Saludos,

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #79
    19/08/14 10:16

    Gracias por la respuesta. Lo que no tengo claro es lo que se considera ganancia. ¿Lo que se retira de la casa de apuestas o la suma de todas las apuestas ganadoras que hayas hecho?
    Por ejemplo:
    Suma de los ingresos al cabo del año: 1000 euros
    Suma de las retiradas al cabo del año: 2500 euros

    Suma de apuestas ganadoras: 7500 euros
    Suma de apuestas perdedoras:6000 euros

  3. en respuesta a manum
    -
    Top 100
    #78
    19/08/14 08:31

    Buenos días,

    En el borrador de la Declaración de la Renta no suelen aparecer este tipo de ingresos. Al realizar la Declaración, tienes que hacer tu mismo los cálculos de la ganancia (al igual que con las ganancias en bolsa y otro tipo de ganancias patrimoniales) y no tienes que presentar ningún justificante en primer momento.

    Si has retirado 7.000€ y no has tenido ninguna operación con pérdidas, la ganancia que se considera son 7.000€. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y analicéis detalladamente tu situación con este tipo de ganancias.

    Un saludo,

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #77
    18/08/14 23:23

    El dato de las ganancias que he obtenido en la casa de apuestas, ¿me aparecerá en el borrador de la declaración de la renta?
    ¿Cómo puedo justificar las pérdidas, con los ingresos que he hecho en la casa de apuestas, o tengo que presentar un justificante de las apuestas que he hecho?
    Si yo en varias casas de apuesta he hecho varios ingresos que suman un total de 5000 euros y he retirado de las cuentas 7000 euros, se supone que solo he ganado 2000 euros, aunque haya hecho al cabo del año muchas apuestas ganadoras y muchas perdedoras. No lo tengo claro y por eso he dejado de apostar hasta que me lo aclare alguien.

  5. en respuesta a ritmobcn
    -
    Top 100
    #76
    18/08/14 09:43

    Bienvenido a Rankia,

    Si al finalizar el año 2014, las ganancias no superan los 1.000€ no tienes obligación de presentar la Declaración de la Renta. Ahora bien, si tienes otros ingresos como rendimientos del trabajo que te obligan a presentar la Declaración de la Renta, sea cual sea la ganancia la tendrás que incluir.

    En el ejemplo concreto que indicas, tributarías por los 56€ de ganancia, ya que no has tenido ninguna pérdida.
    Un saludo,

  6. en respuesta a Neo_subzero
    -
    Top 100
    #75
    18/08/14 09:41

    Buenos días,

    Siempre que las ganancias generadas en apuestas deportivas o póquer superen la suma de 1.000 euros existirá obligación de realizar la Declaración de la Renta incluyendo este rendimiento en la base imponible general, aunque no se tengan otros ingresos.

    Por tanto, en los dos casos que plantea, como se tiene ganancias de más de 1.000€ se tiene obligación de presentar la Declaración de la Renta con estos ingresos. En el segundo caso, si tiene 1.100€ y no ha tenido ninguna pérdida que reducir, tributará por las ganancias totales que son 1.100€.

    Saludos,

  7. Nuevo
    #74
    13/08/14 01:35

    Hola,gracias por la ayuda
    yo hace poco que estoy apostando en bet 365 y estoy algo verde en el tema.
    En fin después de haber leído vuestras explicaciones he sabido que hay que pagar a hacienda por los beneficios del juego onlíne y incluirlo en la declaración de renta.
    Mis dudas son respecto a lo que hay que declarar ya que cuando hago una apuesta como hoy ejemplo:
    40 euros ganador Real Madrid contra el sevilla la apuesta se hace a 1,40.
    me desaparecen los 40 euros y cuando gano me salen como ganancia 56 bien sobre esto dos cuestiones.
    ¿Tengo que declarar por 16 que es la ganancia no por 56 ?
    ¿tanto si lo retiro de mi cuenta como si no o cuando lo retire suponiendo que tenga un beneficio global de lo apostado y lo ganado?
    Un saludo

  8. Nuevo
    #73
    06/08/14 01:31

    Hola, ando un poco y perdido y no me aclaro. Tengo 2 casos.

    En diciembre 2013 retome las apuestas (no me acuerdo cuando ingrese ni cuanto). Durante este año, en esa cuenta, sin llegar a ingresar, gane unos 2000€ aprox. Aqui retire unos 1900.
    Esta cuenta esta a mi nombre, tengo 27 años y soy estudiante sin trabajo y viviendo con los padres.
    Aqui tendria que declarar o pagar cuando termine este año 2014?? He visto que el limite es 1000, pero si es inferior a 5150 no hay que hacer nada.

    El otro caso es otra cuenta, de un trabajador, abierta en junio con 100€, y ahora tiene mas de 1100€ en la cuenta. Lo mas. Seguro es que supere los 22000 del trabajo.
    Aqui tendria que declarar? Que seria las ganancias totales del año, por ejemplo 1500 menos ingresado al abrir la cuenta (100), es decir, tributaria por 1400??

    Gracias

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #72
    01/08/14 09:29

    Pues a mi me sucede lo mismo, me reclaman por ganancias del segundo semestre de 2012. ¿Estás segura que la ley no estaba en vigor?
    Otra cosa, seguiendo el ejemplo de Jako77:
    ¿Hay que declarar las ganancias netas de todas las casas de apuestas en total, o las ganancias de cada casa de apuesta por separado?
    Muchas gracias

  10. en respuesta a ivavelreq
    -
    Carla Quinto
    #71
    01/08/14 08:43

    Efectivamente, tendrás obligación de presentar la declaración de la renta.

    Saludos

  11. Nuevo
    #70
    31/07/14 19:38

    Hola,mi pregunta es la siguiente,durante lo que va de año tengo un beneficio de 600 euros en casa deportiva de apuesta,y mi ingreso este año va a ser aprox. de 9000 euros,segun lo leido como el total de ingreso por trabajo mas actividades patrimoniales no retenidas supera los 1000 euros,en mi caso 9.600,deberia de declarar las ganancias de 600 euros de casas de apuestas,estoy en lo cierto?si no me equivoco lo expuesto se indica en este parrafo:

    En cuanto los límites para la obligación de presentar la declaración de renta, en el caso de que existan ganancias patrimoniales no sujetas a retención y que conjuntamente con rendimientos de trabajo, actividades económicas y de capital mobiliario o inmobiliario, la suma supere los 1.000 euros, existe obligación de presentar la Declaración de la Renta.

  12. en respuesta a Jako77
    -
    Top 100
    #69
    25/07/14 09:22

    Claro, es lo que te comento. Las leyes entran en vigor con carácter de irretroactividad. Es decir, esta ley entró en vigo en 2012, para aplicarse a las ganancias obtenidas en 2013 y por tanto, en la Declaración de la Renta de 2013 que se realiza en 2014.

    Pero ya te digo, seguro que un asesor fiscal te lo puede explicar mejor que yo.
    Un saludo,

  13. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #68
    25/07/14 09:14

    Muchas gracias,
    No se si me he explicado bien, pero me estan reclamando dinero no declarado en el segundo semestre del 2012. Por lo que la ley ya estaba en vigor? Por eso no los incluí en la renta que realice el año pasado 2013 (pero pertenecia al año fiscal 2012)

  14. en respuesta a Jako77
    -
    Top 100
    #67
    25/07/14 08:22

    Bienvenido a Rankia, la ley que comentamos en el artículo entró en vigor el mes de Junio de 2012 y su aplicación sería para la Declaración de la Renta de 2013. Por tanto, en la Declaración de la Renta de 2012 todavía no se podía aplicar la compensación de pérdidas en este tipo de operaciones de póquer online y apuestas deportivas.

    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y analicéis detalladamente tu caso.
    Un saludo,

  15. Nuevo
    #66
    24/07/14 19:18

    buenas tardes,

    me ha llegado una carta de hacienda indicando que no he contribuido 4400 Euros en ganancia en el 2012.

    Te cuento gane 4400 en casa de apuestas X
    perdi 2000 en casa de apuestas y
    perdi 3000 en casa de apuestas z

    en total perdidas 600 euros. Debo declarar los 4400 euros en ganancias? compensa con las perdidas? si independientes las casas de apuestas?

    muchas gracias

  16. en respuesta a patiyas
    -
    Top 100
    #65
    24/07/14 08:43

    Bienvenido a Rankia,

    Si a 31/12/2014 las ganancias generadas en apuestas deportivas o póquer superan la suma de 1.000 euros, existirá obligación de realizar la Declaración de la Renta incluyendo este rendimiento en la base imponible general, por lo que tus padres no te podrán incluir en su Declaración de la Renta.

    Los 1.000 euros de ganancias es el límite siempre que no tengas ingresos de otro tipo.

    Un saludo,

  17. Nuevo
    #64
    23/07/14 17:50

    Hola! tengo unas ganancias desde el 1 de enero hasta hoy de 1200 euros en apuestas deportivas que ya retire a mi banco mas otros 250 euros que tengo en la casa de apuestas. Soy estudiante menos de 25 años y supongo que mis padres me incluiran en su declaración, por lo que me gustaría saber si yo en el hipotetico caso de llegar a 4000 euros de ganancias el 31 de diciembre, que sería mejor hacer una declaracion yo aparte o que me siguieran incluyendo ellos en la suya? MUCHISIMAS GRACIAS
    Otra duda si mis ganancias fueran inferiores a 1000 euros, no deberia hacer declaracion? o si mis padres me incluyen en la suya deberian incluir lo que ganara inferior a 1000 euros?
    Muchas gracias y perdonen las molestias.

  18. en respuesta a Jack 13
    -
    Top 100
    #63
    12/06/14 11:51

    Buenos días Jack,

    Lo mejor es que hagas una prueba en tu Declaración de la Renta con diferentes importes de ganancias. En este artículo se explica Declaración de la renta e IRPF: ¿estoy obligado a declarar?. Un saludo,

  19. en respuesta a scorpionn969
    -
    Top 100
    #62
    12/06/14 11:48

    Bienvenido a Rankia,

    Atendiendo a la LIRPF: si no has tenido ninguna pérdida que compensar, tienes que tributar como ganancia patrimonial por lo que retiras de la cuenta. En este caso los 3.200€. De todos modos, acude a un asesor fiscal y comentar vuestro caso concreto.

    Un abrazo,

  20. #61
    11/06/14 20:31

    Hola buenas ,he estado leyendo todo el blog y los comentarios , pero me queda una duda

    El año pasado gane en apuestas online (poker) no llegaban a 1000 euros, como era el minimo de ganancias no se hace declaracion.

    Mirando la agencia tributaria: Mínimo del contribuyente

    Dice que el minimo es 5150 euros para hacer la declaracion , sin obtener ganancias ni beneficios de otra parte , entonces mi pregunta es y leido en otros foros;

    ¿¿Si gano menos de 1000 euros no tengo que declarar??

    ¿¿Si ganos 4000 euros tengo que declarar los 4000 euros o 4000-1000=3000 euros tengo que declarar?? pero como no llega al minimo de 5150 euros no tendria que pagar , osea me saldria negativo??

    si ganos 6000 euros , tendria que restarlo a 5150 euros y declarar sobre 850 euros ?? o tendria que declarar sobre los 6000 euros en tramos del IRPF

    Un saludo