Acceder

Paypal y la evasión de capitales

Como pasa el tiempo. Ya han pasado siete meses desde que dediqué una entrada a las Entidades de Dinero Electrónico. Os comentaba en aquel post qué eran y que no eran. Concluía como estas entidades, hoy por hoy, se limitaban a ejercer su trabajo como generadoras de medios de pago electrónico, generalmente asociadas al comercio web, y venía a compararlas, más que con una entidad bancaria o crediticia, con una remesadora.
Desde entonces no he leído mucho al respecto en la blogosfera, y es una pena, ya que creo que hay excelentes oportunidades de negocio en este sector, y debería ser objeto de estudio por aquellos que saben, no como yo. Eso si, como brillante excepción, me cabe recomendaros la lectura de dos posts de Remo, de Pymes y Autónomos, dedicados al funcionamiento con PayPal, una de las principales EDEs del momento (que caray, salvo error por mi parte, la más grande y con diferencia). En uno d ellos, se dejaba caer de rondón el domicilio social de PayPal Europa en un ¿paraíso fiscal?
El caso es que en los dos párrafos anteriores se han deslizado dos ideas que tarde o temprano es posible que lastren el futuro de PayPal o que le abran nuevas vías de negocio, a ella u a otras EDEs. He hablado de remesadoras y también he hecho referencia a paraísos fiscales. Y es aquí donde puede haber alguna zona que alguien intente controlar y otros aprovechar.
A finales del año pasado se desataba una pequeña histeria en Argentina. Numerosos internautas argentinos veían como no podían operar con PayPal u otros servicios asimilados. Concretamente lo que ocurría es que sus tarjetas de crédito Visa, Amex, etc asociadas a PayPal eran bloqueadas a estos efectos. ¿Qué estaba ocurriendo? Por lo que se ve, un estudio jurídico había alertado sobre la posibilidad de que a través de estos medios de pago electrónico se vulnerase la normativa argentina sobre movimiento de capitales al exterior. parece, y digo que solo parece, que todo se soluciono, y estas tarjetas volvieron a estar operativas para las EDEs. Sin embargo, todo ello dejo en el aire una serie de cuestiones:
1. Esta claro que a través de este sistema, bien directamente usándolo como sistema de transferencia de fondos, bien indirectamente, manipulando o fingiendo una relación comercial, se pueden sacar fondos al exterior. Esto es especialmente interesante en países como el argentino donde existe una normativa contra la llamada evasión de capitales (cosa que por cierto en España no existe, repito, no existe el delito de evasión de capitales, desde hace años ya).
2. La pregunta o es si es posible, la pregunta es qué tipo de información suministran estas EDEs o las Tarjetas de Crédito asociadas en relación con estos movimientos. Entiendo que debería ser la misma que si se utilizasen cuentas corrientes bancarias, pero algo me hace sospechar que no. Es por ello que alguien en Argentina puede ponerse nerviosos. Repito que en España existe libertad a la hora de movilizar capitales al exterior (hay que informar a la Administración según marca la Ley, y hay que declarar los rendimientos que se obtengan, pero lo del bunker también se acabo en estas materias)
3. Todo esto me trae a la memoria una práctica que he oído en alguna ocasión sobre como disponer de nuestro dinero si tenemos una cuenta corriente en un paraíso fiscal. Inculo algunos llegan a sotener que existen tarjetas en las que no consta el nombre del titular en el plástico, y que incluso pueden eludir la asociación el banco final depositario de los fondos en un rastreo informático. La mecánica para reintegrar fondos es tan simple como acercarse al cajero y extraer el dinero con total alegría. De ser cierto, esta claro que hay un agujero, grande o pequeño en relación con los medios de pago en la lucha contra el fraude fiscal.
Interesante tema y poco tratado.
16
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. #16
    Anonimo
    19/01/09 14:43

    Muchas gracias Echevarri!.

    Anónimo 2 ;-)

  2. #15
    16/01/09 17:29

    Anónimo 1, te digo lo mismo que al anterior.
    Anónimo 2, es bastnate complejjo lo que comentas, pero resumiendo muy resumido.
    1. Una entidad puede poner filtros para determinar a quien quiere como cliente. Incluso puede echarte, ati y a tu dinero, pero retener no sin una orden de la autridad competente o salvo que tu hayas pactado algo al efectoen el contrato. Su obligación estriba en INFORMAR en los supuestos que sospeche de blanqueo de capitales, crimen organizado, terrorismo...el concepto de legitimidades no lo entiendo.
    2. Puedes hacerlo perfectamente. A partir de detrminados importes tienes obligación de comunicarlo. Y no estamos hablando de la UE, estamos hablando en general. Por tanto, sin problema con lo que planteas. Por supueto luego deberas declarar esos ingresos.
    Consulta con tu asesor.

  3. #14
    Anonimo
    15/01/09 01:32

    Hola muy interesante el blog XD.

    Tengo unas preguntillas para los que controlais de esto:
    - A la hora de repatriar capitales, mediante paypal o tarjetas de crédito, ¿podría darse en caso que paypal o la entidad emisora te exigiesen demostrar "la legitimidad" de esos ingresos que provienen del exterior, e incluso no entregártelos?.

    - Habéis comentado también, que no existe límite para la circulación de capitales dentro de la EU, ¿eso significa que puedo transferir mis ahorros a Francia p.e y contratar allí los depósitos, inversión etc etc?, ¿conoceis las lamitaciones para eso?.

    Un saludo, y gracias!!

  4. #13
    Anonimo
    09/12/08 10:28

    Yo estoy en el mismo caso. He vendido algún diseño de camisetas en una tienda de EEUU (shirtcity). Cobro un royaltie (%) de cada venta de mi diseño. Cada mes hacen una transferencia automática a mi cuenta Paypal, pero ninguna supera los 3.000 euros ni de lejos (al cambio), de hecho el total en todo el año serán unos 8.000$, que cambio a euros en mi cuenta Paypal. Sinceramente, no se si me corresponde pagar o no ha hacienda.

  5. #12
    20/11/08 20:37

    Anónimo, yo creo que los posts de Remo lo dejan claro. Y si necesitasmás información, debes recurrir a tu asesor fiscal, que todo el mundo ha de vivir ;)

  6. #11
    Anonimo
    20/11/08 16:41

    He estado leyendo vuestros comentarios y la verdad es que hay momentos que me pierdo. Simplemente queria preguntaos algo . Yo vendo articulos en ebay a modo particular ni soy empresa ni nada por el estilo pero estas ventas cada vez me generan mas ingresos. los cobro principalmente por paypal . LLame a paypal pare ver si ellos pasaban datos a hacienda puesto que yo no declaro nada de lo que ingreso en concepto d actividad comercial y me dijeron que si supero los 2500 ellos lo comuncian a la hacienda europea que no tiene nada que ver con hacienda española que simplemente es a efectos d posibles blanquos de dinero y que es a grandes volumenes que nadie me iba a pedir explicaciones y que hacienda española no le queda registrado esto. Pero creo por otro lado que a ellos les interesa que yo tenga operaciones de cobro con mi cuenta paypal y por eso m dicen que no m preocupe que hacienda no mete las narices. La pregunta es si yo mensualmente tengo ingresos d alrededor de 2000 euros en mi cuenta paypal puedo tener problemas con hacienda española ?? es real lo que me han dicho en paypal?? que alguien me diga algo fiable por favor porque si todo esto queda registrado y puedo tener problemas fiscales lo dejaria. gracias

  7. #10
    Anonimo
    10/11/08 22:59

    Es como dice el otro anonimo.
    "Hawalla"
    En realidad son personas que tienen cuentas en paraisos fiscales. vos le transferis de tu cuenta en tu paraiso y listo. te dan el efectivo.
    Yo las uso para repatriar cada tanto y vivir en argentina. Pero hay mucha gente que las usa para sacar efectivo de argentina al exterior.
    En mi caso son mis ahorros fruto de consultorias por todo el mundo. y no tengo ganas de andar explicando y revelando lo que tengo por el riesgo de secuestros ya que el estado o el fisco argentino es un colador de informacion.

  8. #9
    Anonimo
    02/11/08 22:12

    Y por cierto eso que dice Remo que no es necesaria factura para deducirse la comisión en IRPF o Sociedades habría que verlo. Me imagino que aportará otro medio de prueba del gasto.

    TAXMAN

  9. #8
    Anonimo
    02/11/08 22:06

    Interesante post. Como bien comentas es un agujero importante y muy difícil de controlar. Y no es un problema del fisco porque quien normalmente utilizan esos instrumentos son delincuentes con lo cual el fisco poco tiene que hacer ahí. (esta afirmación requiere muchas matizaciones)

    Si yo realizo una operación utilizando el paypal de un modo o de otro existirá en España una entidad obligada a comunicar, en determinados casos, mi operación a la autoridad competente. Y de ahí tirarán del hilo y hasta donde lleguen.

    El sistema de las cuevas financieras quizá se fundamente en la "Hawalla" o sistema de compensación.

    TAXMAN

  10. #7
    02/11/08 21:19

    Hola Anónimo, desarrolla un poco más como funcionan...

  11. #6
    Anonimo
    02/11/08 20:25

    En argentina uno tiene las llamadas "cuevas financieras" donde uno puede hascer todo eso y mucho mejor sin dejar ratro. por un modico 1% puedes entregar billetes y que te los depositen del otro lado del atlantico.

  12. #5
    29/10/08 17:39

    Antonio, que malo eres con la comparación. Si, me consta la queja de algunos.

    Consejo para los que traten con empresas americanas. Las demandas les suelen acojonar bastante, y imos en un pais donde los jueces enseguida se arrogan competencias. Seguro que se les puede meter el miedo en el cuerpo.

  13. #4
    Anonimo
    29/10/08 16:19

    Tienes razón, es casi un "limbo" jurídico (con sus ventajas e inconvenientes).
    Las ventajas son las discrección y anonimato (Es completamente opaco para hacienda pues las transferencias "pequeñas" por tarjeta no se controla además el "cargo" no lo hace la "persona" o empresa en cuestión sino Paypal) ahora bien paypal tiene una política cuanto menos "curiosa" que implica que cuando su servicio lo cree conveniente TE BLOQUEA LA CUENTA y se queda los fondos (te exigen que les mandes facturas y alta en el IAE) y te vas reclamar a USA.
    Vamos, antes "invierto" en "Finanzasforex" que confiarle dinero a ésta "empresa".
    Un saludo

  14. #3
    28/10/08 16:05

    Anónimo, gracias por las apreciaciones. Cuando hablo de agujero me refiero al control efectivo por parte del fisco. ¿podías detallar a un profano como yo tu último inciso?

    Remo, agradecido de que participes en este blog amateur.

  15. #2
    Anonimo
    28/10/08 12:21

    Gracias Echevarri; Todo un honor que me enlaces en tu blog ;-)

    La verdad que a raiz de las dos entradas, estoy intentand averiguar cuales son los mecanismos de infrmación de las tarjetas de crédito con este tipo de movimients, y tengo la misma sospecha que tu comentas.... Aquí hay un agujero de los gordos.

  16. #1
    Anonimo
    28/10/08 11:52

    Estimado Echeverri;

    El agujero de la normativa antiparaiso mediante tarjetas no es tal, en principio dichas tarjetas existen inclouso vinculadas a cuentas cifradas, y he visto como gente -asesores fiscales- las recomiendan...
    S. e. existe un problema, que su empleo sin declaración previa -por cada sacada de fondos- va contra la Ley de blanqueo de capitales que obliga a informar de operaciones con paraisos fiscales... incluso por ahi se entra en el tipo penal. Aunque a esto ya hay soluciones, que es que emplear una cuenta -cifrada o a nombre de una Soc- en otro territorio -comunitario- para evitar esto...