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Participaciones del usuario villiquera

villiquera 27/03/13 19:54
Ha respondido al tema Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Asturias
la opcion de la compraventa no esta mal se paga el 8% del impuesto de trasmisiones ademas de la plusvalia municipal ( esta la tendras en todo caso incluida la herencia. Tal y como esta la ley sigo pensando que si tu entraras en la herencia seria lo mejor. NO veo muchas mas posibilidades. Un saludo
villiquera 27/03/13 11:43
Ha respondido al tema Mi ex no paga su parte de la hipoteca
ella no quiere vender y tu si quieres comprar, pues dependiendo de como estes tu económicamente, preguntale a un abogado cuanto puede costar la disolucion del condominio. es una opción, no la mejor seguramente, pero pagar para solo adquirir la mitad de la casa. Un saludo
villiquera 27/03/13 11:26
Ha respondido al tema Posible herencia desde alemania, ciudadano aleman residente en catalunya ..¿que hacer para que no sea una ruina?
Supongo que te has equivocado de persona, yo no he criticado a cachilipox. Un saludo
villiquera 27/03/13 10:38
Ha respondido al tema Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Asturias
no se el reparto que hareis pero pongamos un ejemplo sencillo, supongamos que tu padre dejara como herencia solo dinero por valor de 90000 €. Si a tus hijos les correspondiesen 2/3 y a tu mujer 1/3 cada uno recibiria la cantidad de 30000€ el efecto impositivo seria el siguiente para cada uno de tus hijos al aplicarseles el siguiente apartado: Reducción autonómica para cónyuge y parientes directos cuando el valor de los bienes y derechos adquiridos no exceda de 175.000 La reducción consistirá en una cantidad variable, cuya aplicación determine una base liquidable de importe cero. Sujetos pasivos incluidos en los grupos de parentesco I y II Si su patrimonio preexistente está comprendido en el primer tramo de la escala establecida en el artículo 22 de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. luego ellos no pagarian nada sin embargo tu mujer esta en el grupo III (resto de afines) y pagaria 30000-(7999,46 reduccion para ese grupo)= 22007 esta seria su base liquidable aqui nos iriamos a la tarifa y obtendriamos la couta para 22007 seria aplicando la tarifa por 15980.81 1290.43 por el resto 6026.09 563.43 total cuota 1853.86 y a esta para determinar la deuda hay que aplicarle el coeficiente multiplicador que para el grupo III seria 1.5882 ( si su patrimonio preexistente es inferior a 402000) el total a pagar seria 1853.86 x 1.5882 = 2944.30 cuanto mayor fuera su participacion en la herencia mas pagaria Un saludo
villiquera 27/03/13 10:11
Ha respondido al tema Posible herencia desde alemania, ciudadano aleman residente en catalunya ..¿que hacer para que no sea una ruina?
En principio, salvo mejor opinion, en los tratados de doble imposicion con Alemania no se regula el impuesto de sucesiones. Luego lamentablemente en principio os tocaria pagar en los dos paises. Aqui tienes el enlace http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Fiscalidad_Internacional/Convenios_de_doble_imposicion_firmados_por_Espana/Alemania/Alemania.shtml Un saludo
villiquera 26/03/13 11:24
Ha respondido al tema Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Asturias
Lo de la desheredación no creo que sea buena idea, salvo que haya causa. A mi entender la donacion no es buena opcion lleva mas impuestos que la sucesion mortis causa. Creo que lo mejor visto la normativa actual( ojo con esto puede cambiar) es que tu padre nombrara a ti y a tus hijos herederos en los 2/3 de la herencia y a tus hijos ademas les dejara el tercio de libre disposicion. Con esto se trata de dividir la herencia entre mas herederos a fin de que no se pague nada. La vivienda de tu padre deberia domiciliar a tus hijo alli para poder beneficiaros de la reduccion que ahora existe. Me Olvido de tu mujer pues lo que ella recibiera habria que pagar mas al no pertenecer a los grupos I y II. En este enlace puedes ver la normativa actual http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/impuestos/cedidos/anexo650.htm#reducciones-a UN saludo
villiquera 26/03/13 09:55
Ha respondido al tema Derecho a herencia de un nieto
en principio si tu nieto, no se si es menor o no; tiene derecho a 2/3 de la herencia como legitimario, pues tiene derecho a representar a su padre. lo primero que debes hacer es deshacer la sociedad de gananciales, si estabais en este regimen, la mitad de los bienes directamente son tuyos, de la otra mitad la de tu mujer en funcion del testamento que hayais dejado a tus hijos o descendientes les corresponde 2/3 de los bienes y a ti 1/3 como usufructo. Pero todo depende de si hicisteis o no testamento. En cuanto al asunto de la filiacion de tu nieto, en principio no tiene buena pinta, sobretodo si es menor,. NO obstante puedes reclamarle la filiacion, es decir, si es descenciente de tu hijo, pero va a ser un juicio feo y costoso. Pero en principio tiene derecho a la herencia y salvo que plantees el juicio y el juez te admita la prueba, le vas a tener que dar su parte. Un saludo
villiquera 25/03/13 12:16
Ha respondido al tema Piso de banco sin deudas?
como titular del piso en la escritura podeis poneros los dos, si estais de acuerdo. si os vais a hipotecar el credito se lo dara el banco al que se lo pida y podra exigir avalistas. Lo normal es que figure como titular del bien (propietario) el que vaya a pagar el bien y si sois pues los dos. Un saludo
villiquera 25/03/13 12:09
Ha respondido al tema Nulidad de las cláusulas del suelo en los casos de falta de transparencia
ahora mismo hay dos cosas en juego, segun mi entender: 1ª si el juez que esta tratando el desahucio puede o no paralizar la ejecuciónn alegandole abuso en las condiciones de las hipotecas, esto hasta ahora lo impedía la L.E.C ( ley de enjuiciamiento civil que en su parte de ejecución de bienes inmuebles se la denominada ley de desahucios) y obligaba a interponer otro juicio( mas dinero) para poder alegarlo. Que esto se reconociera, dado la lentitud de la justicia suele dar lugar a que se llegue tarde y las casas ya estén adjudicadas. 2ª Quien tiene la carga de la prueba, es decir, quien debe probar la que las clausulas son abusivas y los efectos de una admisión de la abusividad. La idea es que la ley de los derechos de los consumidores impone dicha carga al banco, es este quien debe probar que no ha habido abuso y si no lo hacen suficientemente para convencer al juez este decretara su nulidad pero debe ser el juez el que lo indique. Un saludo
villiquera 25/03/13 11:48
Ha respondido al tema Piso de banco sin deudas?
Lo normal es que no tengan deudas, si tienes dudas pide una nota simple del bien que quieres comprar. Si vas a comprar un piso de un banco exigeles , a parte del correspondiente certificado de cargas donde se vea que el piso esta libre de las mismas, que te den certificado de la comunidad de vecinos de estar al corriente de cuotas y certificado de estar al corriente del I.B.I. ( IMPUESTO BIENES INMUEBLES). Si no lo tienen pagado y compras el piso, deberas tu, pagar a la comunidad las cuotas que se le deban de los dos últimos años. Lo mismo ocurre con los pagos del I.B.I. de los dos ultimos años. Un saludo