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Participaciones del usuario Unaopiniónmás

Unaopiniónmás 30/04/24 17:06
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Estoy registrado a efectos del IVA con mi Número de Identificación Fiscal (NIF) (documento nacional de identidad)Yo entiendo que si respondes que sí a esta pregunta, estás diciendo que eres autónomo o has emitido facturas de IVA con tu NIF, como no es mi caso yo puse que no y el cuestionario me aparece validado desde hace meses.De todos modos, yo creo que sea como sea, la mitad lo habrá hecho mal y no creo que pase nada. Aquí de lo que se trata es de que hacienda tenga los datos suficientes para saber quién eres y poderte enviar una paralela si no declaras lo que dice el informe de Amazon.
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Unaopiniónmás 28/04/24 16:24
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Eso que dices no es del todo cierto, porque las condiciones de Amazon te dan la posibilidad de destruir el producto una vez transcurridos los 6 meses de "custodia" si es que ya no lo quieres e igualmente sigues sin poder venderlo ni transferirlo a terceros. ¿Qué pasa si yo argumento que a los 6 meses de recibir los productos los tiro todos a la basura porque no me valen para nada? No creo que envíen un inspector de hacienda a mi casa a comprobar si aún los tengo.Igualmente, yo creo que Amazon se pega un tiro en el pie no dejando que devuelvas los productos, ¿Qué más les da si la gente devuelve los productos al cabo de unos meses? Que se los quiten de la lista de impuestos y ya está.
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Unaopiniónmás 28/04/24 14:19
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Yo realmente no es que quiera devolver nada, aunque algunos productos que he recibido de Vine los tiraría directamente a la basura.Sólo busco algún resquicio legal para poder declarar menos, si podemos demostrar que en realidad la propiedad no es nunca nuestra sino que la titularidad sigue siendo de los terceros que nos han cedido el producto y que además pueden pedir su devolución, quizás podemos conseguir que sólo nos cuente como un alquiler de 6 meses.
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Unaopiniónmás 27/04/24 18:33
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
En relación a esta respuesta vinculante, he encontrado algo en los términos y condiciones de Amazon que quizás pudiera servirnos:Durante los seis meses siguientes a la opinión de un Producto de terceros, devolver dicho Producto de terceros y toda la información correspondiente a Amazon si se te solicita.No vender ni transferir la posesión de ningún Producto Vine a ninguna otra persona ni delegar en nadie la oportunidad de escribir o publicar una opinión Vine.El proveedor de los productos conservará todos los derechos, titularidad e interés sobre el Producto de terceros hasta que hayan transcurrido seis meses desde la fecha de la opinión que hagas del mismo. A partir de entonces, puedes conservar o destruir el Producto de terceros según consideres adecuado, aunque no podrás transferirlo a terceros.Dado que el producto puede tener que devolverse si Amazon lo solicita, ¿no cabría la posibilidad de considerarlo un préstamo para escribir la reseña?
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Unaopiniónmás 27/04/24 17:38
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Parece que ha aparecido una respuesta vinculante de hacienda: En relación con la cuestión planteada, procede referir aquí —con carácter previo— que el criterio que viene manteniendo este Centro respecto a las compensaciones que se puedan satisfacer por la participación de voluntarios en encuestas, sondeos de opinión y similares viene determinado por la condición en la que se participe en los mismos (consultas V0962-13 y V3667-15, entre otras). Así, y siempre que la colaboración de los participantes responda a un hecho circunstancial (es decir, que su participación lo sea exclusivamente en función de la mera condición de encuestado) y no sea consecuencia de una relación laboral (o que procediera calificar como tal, por desarrollarse una prestación de servicios retribuidos por cuenta ajena, bajo el ámbito de organización y dirección del empleador) ni del ejercicio profesional o empresarial de una actividad (esto es, que la colaboración no sea una consecuencia de su perfil empresarial o profesional), la gratificación o compensación que se entregue a los participantes procederá calificarla, a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como ganancia patrimonial, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, donde se establece lo siguiente: “Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos”. Por tanto, esta será la calificación que procede otorgar en el presente caso respecto a las compensaciones (en este caso, los propios productos —o la utilización de los mismos, en caso que tengan que devolverse— objeto de reseña u opinión, desde su consideración como rentas en especie, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley del Impuesto, valorables, por tanto, según lo establecido en el artículo 43 y 34 de la misma ley) que se perciban, pues cabe entender (conforme con los términos en que se formula la consulta) que la opinión expresada por el consultante sobre el producto, mediante la realización de una reseña en la página web que se los suministra, no deriva de relación laboral alguna ni del ejercicio profesional o empresarial de una actividad en los términos arriba señalados, sino que la reseña se realiza como mero consumidor dentro de ámbito de la relación con obligaciones recíprocas que se establece entre los suministradores de los productos (entrega o utilización de los mismos) y entre el consultante (expresar sus opiniones como consumidor). Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 
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Unaopiniónmás 25/04/24 16:41
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Es interesante esa interpretación que hace tu gestor de que hay que declararlo como si de un premio en un concurso se tratara. La pregunta del millón es cuánto hay que pagar por eso de la casilla 293. He leído buscando en Google que a los premiados de concursos de televisión se les aplica una retención del 19%. ¿Es eso cierto?
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Unaopiniónmás 24/02/24 14:31
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Falsa alarma. Si que parece que tengo una notificación de hacienda pero sólo es para informarme que de los 1000 euros que yo pedía que me devolvieran de mi declaración del año pasado sólo me van a devolver 200 los muy caraduras, pero en definitiva nada grave ni que tenga que ver con Vine.
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Unaopiniónmás 22/02/24 19:01
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Pues yo acabo de recibir un email de hacienda que dice:"La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida a XXXXXXX con NIF XXXXX, que usted recibe en calidad de Titular Por favor, no responda a este mensaje. Se trata de un envío automatizado desde una dirección de correo no atendida."¿Alguien más ha recibido este mensaje?
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