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Participaciones del usuario Tebar

Tebar 30/07/10 02:56
Ha respondido al tema Deposito BBVA 4% un año
Es cierto que la nómina la tengo allí, pero no está vinculada. Si quiero mañana la cambio al banesto a cambio de una botinina hinchable.
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Tebar 28/07/10 18:57
Ha respondido al tema Deposito BBVA 4% un año
Hola Nimrod, te paso los detalles: - Soy cliente, pero casi no tenía dinero en el BBVA porque no me rentaba mucho y lo tenía en otros.Por lo que el depósito lo iba a constituir con dinero de fuera. - Ví por internet que había un depósito que en función de la vinculación (nómina, recibos, planes de pensiones, seguros, etc) te subía más o menos al 4% como máximo. - Al ir al banco el agente me comenta que a él le gusta más uno al 4% (TAE 4.061%), sin vinculación (ni siquiera traer dinero de otro banco). Se llama depósito lider-oferta R 12 meses. - Los intereses los pagan cada tres meses. Te lo ingresan en la cuenta habitual y no se suma al depósito. - La oficina es de una gran población. - Sé que no lo ofertan en todas las oficinas, de hecho no sabía nada de ese depósito hasta que me lo ofrecieron. Un saludo.
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Tebar 27/07/10 23:55
Ha respondido al tema Deposito BBVA 4% un año
Os puedo decir que acabo de hacer un depósito en BBVA al 4% a un año. Y sin vinculaciones de ningún tipo. Saludos.
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Tebar 19/07/10 01:03
Ha comentado en el artículo ¿Posesión o allanamiento?
Fcalvo, no soy experto en derecho, pero aparte de la condena que te pusieron, lo normal es que volviera todo al estado anterior a tu entrada en el piso, osea a la posesión del piso por parte de los extorsionadores. Cuando sea mayor quiero ser como Tristán y tú. ja,ja,ja. Un saludo.
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Tebar 10/07/10 13:22
Ha comentado en el artículo Embargos que juegan al escondite
Gracias Rastamán, esa duda me surgió a raiz de cancelar la hipoteca de mi casa, en Hacienda no pagué nada pero en el registro liquidaron por el valor total. Me temía que pudiera ocurrir igual en el caso de cancelar cargas de cualquier subasta.
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Tebar 10/07/10 04:06
Ha comentado en el artículo Embargos que juegan al escondite
Hola Tristán, ya que en este blog se trata bastante el mandamiento de cancelación de cargas, tengo una duda que expondré, aunque quizás corresponda tratarlo en otro blog: Supongamos que uno se adjudica una subasta por 10.000€ correspondiente al embargo A ( de 250.000€). Pide el mandamiento de cancelación de cargas de los embargos B ( de 300.000 €) y embargo C ( de 1 millón de €) y otras de ..... Por lo que se ha expuesto en blogs anteriores NO hace falta ir al notario sino que directamente se liquida mediante el modelo 600 la adjudicación por esos 10.000 € y se lleva al registro, que nos aplicará el arancel de esos 10.000. La duda que tengo es referente al mandamiento de cancelación de cargas: ¿Hay que hacer algo en Hacienda respecto a la carga del embargo A y al resto de cargas B,C .. o se liquidan en modelo 600 con valor cero? Y en el registro de la propiedad ¿Nos cobran arancel según el valor de las cargas o el costo es cero (o el equivalente a un documento sin cuantía)? He puesto el ejemplo con una cantidad de 10.000 € porque como haya muchos gastos en Hacienda o en el registro igual no sea conveniente acometer ciertas subastas. Gracias por vuestra atención.
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