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Participaciones del usuario Sreko - Fiscalidad

Sreko 27/04/24 19:24
Ha respondido al tema IRPF. Piso heredado y arrendado. Valor adq. más Obras de Mejora inferior a V. Cat. Constr. ¿Deducción posible?
Buenas tardes. Por partes:- Hasta donde se, no hay deducción estatal por mejoras en inmuebles. Deberás acudir a las deducciones autonómicas por si hubiese alguna.- La amortización máxima total será el coste de adquisición de la construcción. NO puedes amortizar más de lo que te costó el bien. Como dije, la amortización supone la recuperación del coste del bien. Solo podrás amortizar hasta que su valor sea cero. En consecuencia, no, no puedes amortizar de forma indefinida.
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Sreko 27/04/24 14:54
Ha respondido al tema IRPF. Piso heredado y arrendado. Valor adq. más Obras de Mejora inferior a V. Cat. Constr. ¿Deducción posible?
La diferencia es que ahora vas a poder amortizar un total de 95.000€ en lugar de 75.000€. Ten en cuenta que, aunque calcules la amortización sobre 150.000€, este concepto (amortización) no es más que la recuperación del coste del bien, en tu caso 75+20. Por otra parte, esa mejora va a suponer también una menor ganancia patrimonial en caso de transmisión del inmueble.
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Sreko 26/04/24 17:37
Ha respondido al tema Amortizaciones a contabilizar en la venta de vivienda alquilada
Desde que se publicó el reglamento del irpf en 2007, el artículo 14 establece un porcentaje de amortización del 3. Previamente no sabría decirte el porcentaje…Yo, por prudencia, calcularía la amortización de todo el periodo que comentas utilizando el 3% del valor indicado en el artículo 14 del reglamento y, para los años que sí tienes el importe en la declaración presentada, el que aparezca. Debes tener en cuenta que la suma de estas cantidades no puede ser superior al coste de adquisición del bien.
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Sreko 22/04/24 16:06
Ha respondido al tema Impuesto de Sucesiones en IRPF debido a ganancia/perdida patrimonial
Ganancia/Pérdida Patrimonial = [Valor Transmisión-Gastos inherentes a la venta] - [Valor adquisición + Gastos Inherentes a la compra - Amortizaciones (si el inmueble ha sido arrendado)].Un buen criterio para sumar el Impuesto pagado es el que comentas: Cantidad total pagada x %En función del valor del bien respecto del total.
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Sreko 22/04/24 15:53
Ha respondido al tema Donación a madre
Cuidado con los préstamos intereses 0 porque se miran como donaciones encubiertas, y más en el caso que estás indicando (20€/mes)
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Sreko 21/04/24 14:07
Ha respondido al tema Compraventa con IVA o sin IVA?
Dado que no actúas como empresario o profesional y, a efectos de la Ley de IVA, tampoco tienes tal consideración, debes hacer un contrato de compra-venta y no una factura. La transmisión estaría sujeta a TPO y no a IVA. Imagino que la empresa quiere que le emitas factura para deducirse un IVA que no corresponde.
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