Totalmente. Y creo que el hecho de querer mantener la residencia en España va justo por el ejemplo que has puesto. La forma de regularizar su situación, ya que indica que es no residente, es presentar IRNR de los ejercicios no prescritos, tal y como dices
Cuidado con esto que comentas. Tu intención es destinar el inmueble al alquiler de vivienda? si es así, no podrás deducir ninguna cuota de IVA, en tanto que el arrendamiento destinado a vivienda se encuentra sujeto y exento del Impuesto. Puedes llevarte una buena sorpresa a posteriori..
Es tal como te dice Bacalo. Respecto de los “gastos financieros que hablas”, no debes incorporarlos tal y como dices. Sólo son deducibles gastos por custodia de valores, no por tener dinero en una cuenta remunerada.
Suerte con ese argumento, no te va a servir de mucho 😂 Pero estate tranquila, Amazon va a enviar información de todos los ejercicios no prescritos, estoy bastante seguro de ello, así que antes o después, una gran mayoría acabará pagando lo que en su momento ocultó
1. Los intereses generados debes incorporarlos como rendimientos del capital mobiliario, casilla 27. 2. Para la transmisión de acciones, tal como lo has puesto. No debes incorporarlo en “cartera de valores”.Debes declarar todos tus rendimientos mundiales y tributar por ellos en el lugar en el que seas residente fiscal, sin perjuicio de que puedas aplicar, en su caso, la deducción por doble imposición internacional. Que no te aparezca la cuenta y/o rendimientos en el borrador se debe a que, al tratarse de cuenta en otros país, la información no la envían ahora, pero la acaban enviando en el futuro (DAC2)