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Exención IRPF por venta de vivienda
Magnifico! porque estaba muy inquieto por este asunto. Lo celebraramos aunque sea "digitalmente". Un saludo
rasupa22/06/26 17:18
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Exención IRPF por venta de vivienda
Muchas gracias, Rucko. La vivienda constituyó mi vivienha habitual y permanente desde su compra (año 1985) hasta su venta el día 28 de octubre de 2025 y el 1 de noviembre de 2025 cambié el lugar de empadronamiento.Comencé el anuncio de su venta 15 meses antes y durante ese periodo, la habitabilidad no fue constante, dado que tenía que estar presentable para visitas de compradores, reparaciones etc, por ello, el consumo eléctrico bajó hasta los 1.200 Kwh anuales.Digo esto porque leo que Hacienda se fija en el gasto energético pero no me aclaro con los Kwh que pone como mínimo.El resto de los contratos de suministros municipales, IBI, seguro hogar, alarma etc, se mantuvo hasta su venta. Un saludo
rasupa22/06/26 13:37
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Exención IRPF por venta de vivienda
rasupa21/01/25 17:41
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ISD prescrito
Gracias!. Se meterá el fondo, porque los terrenos tienen una valoración inferiores a 100€. Un saludo!
rasupa19/01/25 17:28
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ISD prescrito
Acabo de descargar el formulario 650 y después de numerosas páginas donde hay que meter los datos de propiedades, valores etc, en la hoja de Autoliquidación aparece, por primera vez, la casilla de PRESCRITO, aunque también hay que meter numerosos datos. Quiere decir esto que las página anteriores hay que cumplimentarlas o simplemente tachar la casilla de Prescrito sin cubrir nada de lo anterior, excepto los datos personales ?. Gracias!
rasupa19/01/25 16:47
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ISD prescrito
Muchas gracias, JuanA la vista del extensísimo formulario, no sé si hay o no, que indicar los bienes y si no se rellena nada, donde poner que está prescrito.Un saludo
rasupa19/01/25 13:40
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ISD prescrito
rasupa04/12/24 13:25
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Rebajar plusvalía municipal
Gracias!, pero eso se presta a pillería en el sentido que el valor de venta puede ser distinto del de "cobro". No sería más lógico hacer como por ejemplo, un vehículo, que tiene su valor fiscal y sobre él, de declara, independientemente de la cantidad por la que se venda?Saludos (y sin ánimo de defraudar, ojo, sólo que a la AEAT es difícil engañar)
rasupa02/12/24 13:26
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Rebajar plusvalía municipal
Pues muchas gracias a todos. Habéis sido muy amables. Ahora, cuando se venda, toca hacer las cuentas, porque sólo tengo el valor catastral (muy bajo) y el de referencia (pone: sin valorar) y por lo que os he entendido, habría que valorar el inmueble por el mayor de los precios: el que pone Hacienda y el de venta, con lo cual, el cálculo habrá que hacerlo por el primero.Un saludo!
rasupa26/11/24 19:00
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Rebajar plusvalía municipal
Gracias!Conozco el valor que figura en Registro propiedad y tengo que tenerlo en cuenta a la hora de la venta. Mi duda es si el precio de venta se declara por el valo9r que Hacienda le de o por el real. Lo digo porque en venta de vehículos, por ejemplo, Hacienda se conforma con declarar el valor tributario y sobre el, pagar el impuesto.Por otro lado me ha surgido un problema con el que no contaba.La superficie que figura en Registro es de 150 metros cuadrados y la catastral 245 metros cuadrados. Realmente no me acordaba que en el proyecto inicial figura la primera y durante la obra se amplió a un sótano.Esto supone algún problema?Un saludo y disculpad por tanta pregunta