Pimiento
21/01/12 09:41
Ha respondido al tema
Poderes notariales y bancos ¡Ya está bien de tomar el pelo!
Yo no soy jurista, pero en ese párrafo veo mucha 'migaja'.
Primero porque no has citado ni una norma legal aplicable al caso en cuestión (Poderes de representación en ámbito civil ante una entidad bancaria; en mi caso no hay ninguna entidad pública, no podemos regirnos por el derecho administrativo, pero lo más importante es que no hay ninguna ley que le otorgue a los bancos la capacidad de dilatar el bastanteo [cosa que sí pasa en determinados ámbitos administrativos]), ni una sentencia, y la supuesta analogía de las testamentos no puede llamarse ni analogía. Es que las comparaciones carecen similitud.
Y un detalle; nadie dice que no bastanteen los poderes sino que yo como cliente no tengo porque esperar X días a que ellos hagan el trámite; que lo hagan en el acto. Es su responsabilidad. Además estás comparando admistraciones públicas CON UNA LEY EN VIGOR (como el caso de Andalucía) que les permite tener un plazo para bastantear con los bancos que NO TIENEN A SU FAVOR LEY ALGUNA.
Mis fuentes son las que son y ya las he dicho; si no llevara razón ¿cuál seria la razón de admitir a trámite una querella por apropiación indebida en un caso de negar una transferencia con poderes suficientes y vigentes? Entonces ¿por qué cuando llamas a que un notario levante acta de la situación en un altísimo porcentaje de casos te admiten el poder de forma inmediata?
Y ya que estamos con las analogías ¿por qué no 'bastantean también' los DNI's? Porque podría ser que el DNI mostrado sea falso y quien está tras la ventanilla sea el titular no lo sea en realidad ¿Esperamos también 3 días a que corroboren con la policía nuestros datos?
Y con todos los respetos a tus argumentos, desde luego me suelo fiar más del catedrático-magistrado que me dijo en sólo 2 palabras y para gente no experta en derecho que puedes hacer LO MISMO y en el mismo lapso de tiempo que el poderdante para el supuesto que yo le estaba preguntando.