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Participaciones del usuario Panconqueso - Fiscalidad

Panconqueso 13/02/26 00:01
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Muchas gracias Helena
Panconqueso 12/02/26 23:32
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Gracias Helena. ¿Podrías capturar también la página 2?
Panconqueso 12/02/26 23:10
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Gracias Helena. Te lo he pedido porque no lo encuentro. Y por otro lado me llega información contradictoria con ese comunicado.
Panconqueso 12/02/26 21:45
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Helena, puedes poner el enlace porfa…
Panconqueso 10/02/26 12:58
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Pues no. No va a haber esa coincidencia. Ya ha salido el Criterio de Gestión 4/2026 y no es el nuestro...Criterio de gestión: 04/2026Fecha: 9 de febrero 2026Materia: Derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor antes de agotar otra anterior.
Panconqueso 08/02/26 23:17
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Es muy complejo, si. Pero hay que empezar por algo. @Pntrpb ya no pierde nada. Ayúdale a formular la reclamación.Te diré más. También me es de aplicación la DT34-3. Con los viejos coeficientes reductores, los anteriores a la entrada en vigor de la Ley 21/2021, que son los que tú crees que deberían aplicarnos, podría haberme jubilado en diciembre con PMax-4%.
Panconqueso 08/02/26 21:36
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si crees que podrías armar una reclamación previa, adelante…
Panconqueso 08/02/26 21:29
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
A mí también se me ocurrió esa idea. Todavía estás en plazo. Si @Detero34 cree que podría redactar una reclamación previa plausible con esos argumentos… para ti (de perdidos al río) sería una manera de ganar tiempo, como ya hemos hablado.
Panconqueso 08/02/26 17:18
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Esto es lo que se aplicó y porqué en los años 2022 y 2023...2ª. En relación con el último inciso del apartado 2 de la DT34ª que establece que “hasta esa fecha (1 de enero de 2024) permanecerá vigente el párrafo segundo delartículo 210.3 en la redacción establecida por el Real Decreto-legislativo 8/2015,de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de laSeguridad Social”, ha se señalarse que la redacción actual del artículo 210.3 delTRLGSS no contempla un segundo párrafo, por lo que la referencia al mismo debeentenderse referida al último inciso del apartado 3 del artículo 210 del TRLGSS,según el cual,una vez aplicados los coeficientes reductores correspondientes poranticipar la edad de jubilación, “el importe resultante de la pensión no podrá ser2superior a la cuantía que resulte de reducir el tope máximo de pensión en un 0,50 porciento por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación.”En consecuencia, según el citado informe de la DGOSS,“desde el 1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023 permanecería vigente el actual apartado 3 delartículo 210 del TRLGSS, debiéndose aplicar los coeficientes reductores y el resto delas condiciones contempladas en el apartado siete del artículo 1 de la Ley 21/2021, de28 de diciembre, por no estar condicionada la entrada en vigor de este apartado a unmomento posterior en la disposición final octava de dicha Ley."Respecto a la Resolución de @Pntrpb no entiendo como iban a aplicarle unos coeficientes reductores que fueron sustituidos por los de la  tabla general de la Ley 21/2021.De todos modos cada uno es muy libre de interpretarlo como le parezca. Otra cosa es que  el INSS te haga caso.A mi los textos legales me gustan tanto como la comida de hospital...
Panconqueso 07/02/26 14:26
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Esto era para Jaumesg. Me equivoque