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Participaciones del usuario Panconqueso - Fiscalidad

Panconqueso 13/03/26 10:42
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
También comparto esa opinión. Sin que termine marzo...
Panconqueso 12/03/26 22:34
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Comorrl? Si no hay solución política… la solución la darán los Tribunales. Claro que se les espera… afilando los cuchillos.
Panconqueso 12/03/26 22:27
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Si lo que quieres decir es que si en la Resolución te aplican los coeficientes generales sobre la PMax, cuándo a ti podría serte de aplicación la DT34-3, lo aconsejable sería que en la Reclamación previa expusieras (profusamente) las razones de porqué deberían aplicarte ese apartado, pero también exigir el doble cálculo con los coeficientes transitorios de la DT34-2. Y también indefensión y arbitrariedad y otras líneas que ahora no se me ocurren…Ten en cuenta que si tuvieras que llegar al contencioso administrativo tendrás que defender los argumentos que hayas presentado en la Reclamación Previa, sin poder añadir otros…
Panconqueso 12/03/26 14:29
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Bien no se explican, no…
Panconqueso 10/03/26 23:09
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Decidieron que con que el peor caso posible (-de 38,5 años cotizados y 24 meses de anticipación) no “cumpliera”, seguiría siendo de aplicación para todos. Menos mal en eso. Si no hubiera sido así no habrían podido acogerse a la DT34-2 muchos compañeros en el 24 y el 25…
Panconqueso 10/03/26 22:43
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Welcome to club… Por eso nos toman…
Panconqueso 10/03/26 22:42
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En realidad, ya se ha comentado aquí, cuando se introdujo el apartado 1 de la DT34, que fue el último en incorporarse, se hizo precisamente como una salvaguarda para que el apartado 2 durara los 10 años para los que estaba previsto. Se refería cuando se cita…”sólo resultará de aplicación en la medida en que la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento de coeficientes respecto a los vigentes en 2021” precisamente a eso, a la evolución de la pensión máxima, pero no por IPC, sino a la que se refiere la DT39, que dada su reciente reinterpretación se queda en un ridículo 0,115% anual.Aunque la interpretación correcta de la DT39, dado como se redactó, hubiera sido la que expuso @Jalcper, y muchos (al final todos ; ) estuvimos de acuerdo, de que ese 0,115% tendría que haber sido acumulativo, aúnque se hubiera aplicado así, tampoco hubiera puesto en peligro los 10 años de transitoria amparados en la DT34-2.Ay, pero al interpretador de la DT34 que peor lo interpretó y mal interpretador será le dio por meter en la ecuación el IPC sin considerar que la PMax, por sí misma no había subido una mierda. A partir de ahí… lo que ya sabemos. Haciendo así los cálculos ( Informe de la DGOSS de octubre 2023) no da más que para dos años lo que pergeñó y se pactó para 10 años.
Panconqueso 10/03/26 12:42
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Gracias por leerme Josan. Ya dejé claro que no tengo ni idea de lo que realmente está retrasando la vuelta a la normalidad de la aplicación de la DT34-2. Solamente aventuro una explicación...De las conclusiones de la IA sobre temas tan complejos no puede hacerse mucho caso.De los informes internos que cita la IA, informes de la DGOSS hacia la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica, que es quien publica, en base a esos informes, los Criterios de Gestión, conocemos (ya se ha colgado varias veces por aquí) el de octubre de 2023 que dio origen al Criterio de Gestión 4/2024, el último que tenemos hasta la fecha.Nos falta por conocer el informe de la DGOSS de finales de diciembre de 2025. Presumiblemente sería continuista con las mismas tesis del anterior y hubiera dado lugar al finiquito definitivo de la DT34-2, mediante un nuevo Criterio de Gestión, que lo mas probable es que ya estuviera publicado en estas fechas.Ese informe de finales de diciembre ya lo tienen reclamado al Portal de Transparencia @Jalcper y @Baltoro, aunque, a mi parecer, no creo que contenga ninguna sorpresa...La protesta sindical y de otros estamentos paralizó las intenciones del INSS y con la reunión con la Ministra de los sindicatos, la patronal y la prensa del 24 de febrero,  se anuncia la marcha atrás de la anulación del periodo transitorio... la DT34-2.Esto supone un cambio total de paradigma para los encargados de confeccionar esos informes de la DGOSS. Una decisión política les obliga a emitir un informe contrario al anterior.Podría ser, ya digo que no tengo ni idea, que esto hubiera causado cierto escozor en algunos estamentos de la SS...Las IAs, en alguno de los interrogatorios a los que las habéis sometido citan un informe interno de finales de febrero, se supone que de la DGOSS, que no creo que en esa fecha se hubiera producido. Si el paso atrás de la Ministra fue el 24 de febrero parece raro que hubieran emitido ya ese informe...Ayer, el jefe de unidad del CAISS, solo me hizo mención y de soslayo del de finales de diciembre, dándome a entender que ya era público y que podía solicitarse...
Panconqueso 10/03/26 00:12
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Me gusta todo lo que decís, compas. Me gusta el espíritu indomable de este foro… La razón está de nuestra parte.Hoy he estado en un CAISS.Los que lleváis tiempo por aquí, y por tanto me habéis leído muchas veces, sabéis que escribo, además de con otros órganos, con la microbiota en el tintero.Os contaré mis impresiones. Sin entrar en asuntos personales. En la mesa de atención nada. Quiero decir que no pude llevarme ninguna información relevante para lo nuestro. En la mesa del jefe de unidad, un tipo majete y competente, si tuve ocasión de comentar sobre la DT34-2 y sobre las noticias que aparecen en los periódicos sobre la vuelta atrás del INSS y la reactivación de los coeficientes transitorios. Y que para cuando se implementaría en el simulador…Su respuesta es que iba a ser muy complicado… Por temas informáticos, interpelé inocente… No, no, por  la cobertura legal que hay que darle a ese cambio interpretativo, fue su conclusión.Gran parte de mi vida laboral la he pasado interaccionando con toda clase de organismos, locales, autonómicos y estatales, generalmente con los técnicos, alguna con políticos.Mostradores, ventanillas, sillas de oficina, despachos, mejores, peores y algo de moqueta. Conozco el medio.Ahora ya todo tripas. Queda dicho. Sin ninguna información que lo demuestre. Es posible que el retraso en que no se materialice, de una vez por todas, la vuelta a la normal aplicación de la DT34-2 se deba a ese desacuerdo congénito entre políticos y técnicos. Y a las mil y un maneras con que cuenta el cuerpo técnico de altos funcionarios (no los de “confianza”, que ya serían más fácilmente moldeables) para zancadillear, obstaculizar y/o demorar cualquier orden política. ¿Las razones? Variopintas. Abarcarían todo el espectro de la condición humana.
Panconqueso 09/03/26 15:00
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Jalcper, ¿te han contestado los del Portal de Transparencia sobre ese informe de la DGOSS?