Manuel alicante
14/06/11 10:17
Ha comentado en el artículo El poder notarial en las subastas judiciales
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Buenos días.
Yo me pregunto si al hablar de "fincas rústicas o urbanas" no habrá algún Secretario que diga que se trata únicamente de "terrenos".
Quizá la palabra "inmuebles" sea un poco más genérica.
Al hablar de "subastas judiciales", supongo que el poder no permitiría comprar en la Tesorería o en Hacienda.
De todas formas, costando un poder notarial no más de 40 Euros, para los más desconfiados, se pódría poner una clausula del estilo: "este poder tiene una validez de un año desde su firma", por ejemplo.
Pienso que otra forma de seleccionar a los clientes es cobrarles una pequeña cantidad fija al principio, como gastos de administración. El que dice que quiere gastarse 100 o 200 mil euros en un inmueble, y no está dispuesto a pagar 300 euros a fondo perdido, quizá es que tampoco tenga demasiado interés en comprar.
Un saludo