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Participaciones del usuario m1carmen

m1carmen 18/10/16 12:22
Ha respondido al tema Declaracion informativa anual
Buenos dias, siento no haberme explicado bien, he recibido una notificación de hacienda que empieza asi: "En relación con su Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, relativa al ejercicio 2015, no consta que haya presentado la citada declaración estando obligado a ello según los datos y antecedentes que obran en esta oficina. Por ello se acuerda realizar este requerimiento con el fin de que proceda a presentar la citada declaración informatifa." -Como he dicho el local pertenece a dos hermanos, se hace la CB y una cuenta bancaria a nombre CB para pagar impuestos y cobrar en caso de alquilarlo y demas gastos. -En 2013,2014,2015 y a dia de hoy el local no ha sido alquilado por los hermanos, mejor dicho por la comunidad de bienes que han formado, asi que ingresos ninguno -Se presentan los modelos 303 (los cuatro periodos T1,T2,T3,T4 sin actividad) y el resumen de IVA modelo 390. No se presenta el 184 porque habiendo preguntado en hacienda, no se superan los 3000€ de ingresos anuales y no hay obligacion de presentarlo. -Cada hermano pone la parte de local que le corresponde en la declaracion de la renta con su referencia catastral y se imputa una renta (esto es asi al no haberse alquilado el local) Yo creo que se hace todo correcto pero como ha venido esa notificacion empezamos a rellenar el modelo 184 para presentarlo y los hermanos esta claro que no hacemos una actividad empresarial con el local, a mi entender, la duda al rellenar el 184 se planteaba e el 3. Tenencia y administracion de bienes inmuebles, si señalar ese aunque los hermanos sean ambos dueños del local o el 5. Otros. Perdon si no me explique bien, es que a veces por cosas simples de señalar una cosa u otra he tenido algun problema con hacienda y hasta que se aclara. Gracias de nuevo
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m1carmen 17/10/16 21:56
Ha respondido al tema Declaracion informativa anual
La cuestion es que para ser actividad empresarial se necesita un local y un empleado que se dedique a alquilar dicho local(segun me han comentado) El local es uno no existen mas locales para alquilar, los dueños son dos hermanos,los hermanos han hecho una CB para alquilar el local como CB y para repartir ganancias, declarar IVA (modelo 303), resumen anual IVA (modelo 390), declaracion informativa (modelo 184) Tengo la duda entre el 3.Tenencia y administración de bienes inmuebles y el 5.Otras Mi duda es porque no entiendo muy bien el 3.Tenencia y administración de bienes inmuebles ¿podeis ayudarme? Gracias
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m1carmen 05/10/16 18:27
Ha respondido al tema ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?
Buenas tardes: Lorena Romero, gracias por los enlaces que me has dejado en el mensaje anterior, los he leido y me voy aclarando un poco mas, releyendo el contrato de compraventa en una clausula pone que una vez que nos han informado de la posibilidad de subrogarnos , la parte compradora opta por no subrogarse en dicho préstamo hipotecario, asi queda claro que soy libre de negociar con el banco que quiera. Y el punto 4.3 y 4.3.1, con que empece estas consultas en vuestro foro, estan dentro de la clausula 4 que se titula "subrogación en el prestamo hipotecario suscrito por la parte vendedora" y como no me subrogo ¿esa clausula no tiene que ver conmigo? Además en la clausula novena "tributos y otros gastos " pone: son de centa de la parte vendedora "....Los gastos correspondientes a la constitución y división de la hipoteca que garantiza el préstamo, así como los e cancelacion en el caso de que no se produzca la sibrogación por la parte copradora en dicho préstamo y ello sin pejuicio de lo previsto en la condición general cuarta, número 4.3.1 ¿podrías decirme si lo he interpretado bien? Gracias,un saludo
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m1carmen 03/10/16 16:15
Ha respondido al tema ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?
Buenas tardes: Voy a explicar lo que yo entiendo sobre las dudas que tenía, si estoy equivocada porfavor que alguien me corrija. La hipoteca es de 112800€,si me subrogo a Ibercaja, el promotor de las viviendas ya tiene abierta una hipoteca con dicha entidad, por tanto simplemente pasaria yo a ser la deudora de dicha hipoteca, negociariamos modificar condiciones de la hipoteca con Ibercaja, se elevaria a escritura el contrato de compraventa y se pagarían los gastos e impuestos oportunos (gestoria, notario, AJD) Eso 4600€ que menciono en mi primer mensaje se refieren a todos estos gastos, pero además si no me subrogo con Ibercaja a este desembolso monetario tendria que sumar los gastos, notaria y los impuestos de pedir dicha hipoteca a otro banco que me mejorase las condiciones. La cancelacion de la hipoteca pedida por el promotor la haría él mismo. Espero haberme explicado bien y estar en lo cierto. Gracias
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m1carmen 29/09/16 11:24
Ha respondido al tema ¿Rechazar hipoteca del banco que trabaja con la promotora de viviendas?
Buenos dias: Si es la compraventa de un piso de nueva construccion y lo que no quiero es asumir o subrogarme a la hipoteca que el promotor tiene con Ibercaja, la hipoteca asciende a 112800€, si yo no me he subrogado con Ibercaja entiendo que no tengo que cancelar ninguna hipoteca ya que todavia no la tengo, otra cosa es lo que la promotora haya pedido para construir los pisos, además creo que es ilegal que me pidan cancelar una hipoteca que no he pedido todavía. En concreto Ibercaja me pide 4600€ por No subrogarme con ellos, me gustaria entender en concepto de qué y me parece demasiado. Si alguien tiene una explicación. Gracias, un saludo
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m1carmen 18/05/16 12:23
Ha respondido al tema Reduccion en impuesto de sucesiones por parentesco por afinidad
Ante todo dar las gracias, me esta yudando mucho a entender todo este lio. Yo en principio también aconsejé a mi padre que primero pagara y luego ya se veria, porque son 11 los sobrinos en esa situación y todos no reciben la notificacion a la vez, son de distintas ciudades y te dan un plazo de diez dias para alegaciones, me puse en contacto con la gestoria que hizo la primera liquidacion y me dijeron que ellos habian hecho todo correctamente, cosa que no dudo, y que les parecía incongruente que la propia Administración en su programa de ayuda (GOTA), al introducir el parentesco de "sobrinos por afinidad" lo encuadren automáticamente en el grupo III de parentesco (sin posibilidad de modificarlo manualmente) y ahora invocando una consulta de la dirección general de tributos, digan el el grupo al que pertenece es el IV. Creen que se debería recurrir alegando que el progama no da otras opciones, levantando un acta notarial dando fe de como funciona el programa, antes de que lo cambien claro esta, en vista de todo lo que he leido anteriormente no parece que sea un alegato de mucha fuerza para congeguir ganar y meterse en historias teniendo que recurrir no se sabe cuantas veces hasta llegar al contencioso y gastar a lo mejor mas dinero del que estas defendiendo aunque sea entre 11 personas, no tengo ni idea de lo que puede costar ahora la justicia y los gestores, abogados etc. no se si merece la pena. Un saludo
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