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Participaciones del usuario Lucanor

Lucanor 12/11/13 21:46
Ha respondido al tema ¿La filatelia de Afinsa estaba sobre – valorada? (y … otra más sobre sellos)
Para recordarte que la Sentencia de la APM también manifiesta que los Clientes adquirieron un DERRECHO DE CREDITO contra Afinsa desde el mismo instante de suscribir los contratos, y a la inversa, ello quiere decir que Afinsa era deudora de la cantidad de dinero preestablecida en cada contrato, cantidad que era exiginle en la fecha pactada en cada contrato (la de su finalización), y que yo sepa, el deudor debe figurar en el PASIVO DE SU BALANCE EL IMPORTE DE ESA DEUDA CIERTA, LÍQUIDA Y EXIGIBLE EN FECHA FIJA PACTADA (obligaciones A CORTO, MEDIO O LARGO PLAZO, SEGÚN LA DURACIÓN DE LOS CONTRATOS). No figurar esas deudas de dinero - contrapartida de los créditos de los Clientes - en las equivale a que la contabilidad de Afinsa, supone que la contabilidad de ésta "no representa la imagen fiel financiera ni patrimonial de la empresa", y esto puedes consultarlo con cualquier economista o técnico contable a tu elección.
Lucanor 06/11/13 20:16
Ha respondido al tema Sobre la opción entre sellos o dinero.
LOS CONTRATOS Y ACTIVIDAD DE ESAS TRES EMPRESAS NO CUMPLEN CON LOS REQUISITOS DE HECHO O PRESUPUESTOS FÁCTICOS QUE CONTEMPLAN LA da4ª. DEL PP (A LA QUE SE OPUSO EL PSOE POR CONSIDERAR QUE LOS CONTRATOS Y LA ACTIVIDAD ERAN FINANCIERAS), y la posterior Ley 43/2007 (aprobada 18 meses despues de haberse intervenido a las empresas y liquidado el sector. El PP (a velocidad de crucero, sin Informes Técnicos preceptivos y eludiendo el debate en el Congreso de esa D.A. 4ª )
Lucanor 06/11/13 11:55
Ha respondido al tema Sobre la opción entre sellos o dinero.
Créeme si te digo que no defiendo ninguna teoría de la conspiración ni estoy paranoico como tú me descalificas, sino que simplemente soy una persona RACIONAL AMANTE DE BUSCAR LA "VERDAD RACIONAL" ES DECIR, LA VERDAD QUE CUADRE Y QUE PERMITA EXPLICAR TODAS O LA MAYORÍA DE LAS DUDAS E INCOGNITAS QUE PLANTEA UN CASO. Tampoco soy adivino y como todos los Clientes, me creí hasta el día de la intervención, que las empresas de bienes tangibles se dedicaban a una actividad muy rentable, que los sellos y obras de arte daban tal rendimiento a las empresas que éstaS OBTENÍAN BENEFICIOS TAN ELEVADOS COMO PARA PODER PAGARNOS ESOS INTERESES SIEMPRE UN PAR DE PUNTOS PORCENTUALES SUPERIORES A LOS QUE ABONABAN LOS bANCOS Y cAJAS A SUS DEPOSITANTES. hA SIDO TODO EL ALUVIÓN DE INFORMACIONES QUE SE HAN IDO CONOCIENDO EN LOS DÍAS, MESES Y AÑOS POSTERIORES A LA iNTERVENCIÓN jUDICIAL LO QUE A MÍ, EN CONCRETO, ME HAN ABIEFRTO LOS OJOS COMO PARA COMPRENDER QUE HABÍA CAIDO EN UNA "TRAMPA organizada por quienes tienen poder para organizar este tipo de safaris contra los ahorradores. Me refiero a los Dictámenes y Respuestas de la Dirección General de Tributos y del ICAC; Informes de Inspección erfectuada durante tres largos años a Afinsa y Foru, ; Querellas de la Fiscalía Anticorrupción; Informes detallados de los Administradores Concursales, Sentencias de los Juzgados Mercantiles 6 y 7 de Madrid, Dictámenes Periciales de los Catedráticos de Derecho Mercantil, Civil y de Contabilidad, de la Universidad Complutense; artículo peridístico del hoy Secretario de Estado D. Jaime Legaz - Economista del Estado - diciendo que estas empresas funcionaban como Bancos de hecho captando fondos dinerarios de los clientes con promedsa de una remuneración y compromiso de reembolso (publicado el 11 de junio 2006 en el Economista); Declaraciones tajantes del entonces Presidcente de la CNMV D. Manuel Conthe ante la Comisión de conomía del Congreso; Informes de los Peritos Judiciales Penales, Autos de Procesamiento de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, etc). Todos ellos coinciden en que los contratos eran realmente depósitos similares en todo a las imposiciones bancarias a plazo fijo y en que la actividad de las empresas era financiera. Por último, la propia Sala de lo Contencioso del TS ha dicho bien claro en varias sentencias que los sellos carecen de valor y salvo casos muy excepcionales, apenas se revalorizan por lo que sólo podrían servir como foerma de inversión a muy largo plazo y rendimiento muy escaso; y añade que las empresas hacían creer a los Clidentes que los sellos eran un negocio; y que los contratos eran oscuros y poco claros, y esta poca claridad y confusión estaba VINCULADA A LA ACTIVIDAD PIRAMIDAL DENUNCIADA POR LA FISCALIA. eSTOY HABLANDO DE sENTENCIAS DE 2012 Y NO DE sENTENCIAS DEL AÑO DE LA pEPA Y REFERIDAS A OTRO TIPO DE DEBATE. TODOS estos Organismos Públicos y Autoridades del Estado, ni están locos ni sustentan una teoría de la conspiración sobre estas empresas, sus contratos de adhesión y su actifidad financiera de tipo piramidal. Yo me limito a seguir la cordada delo que dicen todos estos Organismos porque es del todo racional y apoyado en múltiples pruebas y razonamientos. ¿ Me puedes enumerar EN QUE PRUEBAS Y HECHOS PROBADOS TE APOYAS TU Y ESOS TRIBUNALES QUE NOS HAN DADO CON LA PUERTA EN LAS NARICES, PARA SOSTENER FUNDADAMENTE QUE LOS CONTRATOS SON COMPRAVENTAS Y LA ACTIVIDAD ERA MERCANTIL (COMPRAR Y VENDER SELLOS EN EL MERCADO), Y NO ME VALE QUE EN LOS CONTRATOS se calificase los contratos por las empresas (autoras de los mismos) como mandato de compra, mandato de venta, compromiso de comprar para sí, etc, pues te repito que ls empresas ni los Tribunales contensioso administrativos NO TIENEN NINGUNA ATRIBUCION LEGAL PARA CALIFICAR LOS CONTRATOS Y LA ACTIVIDAD DE LAS EMPRESAS, pues esta atribución corresponde a los Jueces de lª. Instancia en base a las pruebas practicadas en el juicio y a los hechos fijados como PROBADOS EN LA sENTENCIA DE LOS jUECES mERCANTILES, QUE ECHAN POR TIERRA LA TEORIA DE LOS TRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO QUE, !CURIOSAMENTE¡ es la que conviene a los intereses de los dueños de las dempresas y de los políticos con quienes están conchabados, como parece más que evidente. Quitaos la máscara: Los servidores de los intereses económicos de las empresas no trabajais para nada en beneficio de los Clientes damnificados por este presunto y monumental fraude, sino que dascaradamente actuais contra el sentido común, las pruebas acumuladas , contra la razón y contra los legítimos derechos de los expoliados. Eso si debo reconocer: Como actores y como vendedores de humo, mereceis el sobresaliente cum laucdem.
Lucanor 05/11/13 19:54
Ha respondido al tema Sobre la opción entre sellos o dinero.
Tu no haces otra cosa que remitirte a las Sentencias que dictaron los de lo contencioso-administrativo, y yo te digo que esas Sentencias, como así lo manifestaron todos los juristas que no tenían intereses vinculados a las empresas, eran un DISPARATE JURÍDICO, y constitutivas de presuntos delitos. Echaron al cesto de la basura todas las pruebas aportadas que demostraban claramente la naturaleza financiera de la actividad, y sin pruebas ni hechos probados, las Sentencias fueron guiadas por la Administración. Los mAGISTRADOS, degignados por los políticos, se plegaron a los intereses de éstos en tapar toda la porquería de este nauseabundo asunto. El Estado - para eludir su responsdabilidad cuando vió que la bola de nieve de estas empresas PIRAMIDALES HABÍA QUE PARARLA y que en años próximos se iban a producir miles de reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el Estado Central, tuvieron la "idea genial y absurda" de introducir a la velocidad del rayo y con la urgencia que el caso requería , en la Ley cde Instituciones de Inversión Colectiva, una Disp. Adicional 4ª. y una 5ª., que no tenían nada que ver con esa Ley pero que les permitía eludir todos los trámites exigidos para la elaboración y aprobación de una Ley (meses de tramitación, Informes Técnicos de legalidad y oportunidad, debate de la Ley en el Congreso de los Diputados, etc, etc . De este modo, en un pisplás y burlando el debate en el Pleno del Congreso, pusieron en el BOE esa D.ADicional 4ª (la 5ª. la suprimieron practicamente pues en su primera redacción hacía responsable al Estado por falta de supervisión y control del Ministerio de Sanidad y C.). Y Además, esa D.A. 4ª. ni regula el sector de tangibles, ni establece de modo inteligible qué Organismo debe supervisar a estas empresdas, etc. Sólo pretende calificar UNOS CONTRATOS PRIVADOS ENTRE PARTICULARES (LAS EMPRESAS Y SU CLIENTELA), desconociendo que la labor de interpretación y calificación de los contratos privados entre particulares CORRRFRESPONDE EN EXCLUSIVA A LOS JUECES Y TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA Y SIEMPRE EN BASE A LAS PRUERBAS PRACTICADAS Y A LOS HECHOS QUR RESULTEN PROBADOS EN JUICIO A RESULTAS DE LA PRUEBA ADMITIDFAS Y PRACTICADA. En fin, que los animales de la Administración consiguieron lo que se proponían: Colgar en el BOE - mediante tales artimañas y fullerías - una disposición (adulterina y bastarda) que decía lo que luego les serviría a los Tribunales de lo Contencioso Administrativo para fundar sus Sentencias en defensa de la Administración, limitándose a afgirmar que los contratos eran compraventas, algo a lo que ajustaron su guión a pies juntillas - como no podía ser de otro modo - los Organismos del Estado que emitieron Informes en el expediente, redactados a conveniencia del Estado por la Abogacía y el Abogado General del Estado.. Claro está, como los escritos de los Abogados que defendían que la correcta calificación de los contratos era la de depósitos remunerados de dinero sujetos al régimen legal de los préstamos retribuídos, los Magistrados de lo Contencioso pusieron el piloto automático y ni leyeron los escritos de los Letrados, ni valoraron sus numerosas y contundentes pruebas y razonamientos jurídicos, y se limitaron, en una sóla Sentencia (CAFE PARA TODOS) A afirmar - sin apoyo en pruebas practicadas ni fijacion de hechos probados - que los contratos eran compraventas y la actividad era comercial, y eso sí, dejando a salvo que SERÁN LOS TRIBUNALES COMPETENTES (LA JURISDICCIÇÓN CIVIL y la penal a efectos represivos de los presuntos delitos ) QUIENES HABRÁN DE DETERMINAR LA EXACTA RELACION JURIDICA ENTRE LOS CLIENTES Y LAS EMPRESAS. dE ESTE MODO DEJAN ABIERTA LA PUERTA A QUE la jurisdiccion competente califique de otro modo los contratos, pero que como su función y misión es la de eximir de responsabilidad a la Administración Central, ellos creen (sólo para salvar a la Administración), que los contratos son compraventas y la actividad es comercial. ¿ Escandalosa forma de ser imparcial, no os parece ?. Y ¿qué quieres que te diga de la pequeñísima - pero sumamente perjudicial para los afectados - matización que introduce la Audiencia Provincial de Madrid , al señalar que los acreedores lo somos en virtud cdel compromiso de recompra, cuando: -- Todo ese jaleo de compra, venta, vendedor, mandante, mandatario, etc no era más que mera jerga empleada por Afinsa en sus CONTRATOS DE ADHESION PARA HACERNOS CREER QUE REALMENTE SE DEDICABA A UNA ACTIVIDAD LUCRATIVA DE COMERCIAR CON FILATELIA Y QUE NADIE SOSPECHASE QUE EN REALIDAD TODO ESO ERA PURA MANDANGA Y SIMPLEMENTE EL NEGOCIO NO PRODUCÍA VALOR AÑADIDO ALGUNO SINO QUE CON NUESTRO DINERO SE FINANCIABAN ESTAS EMPRESAS (con las aportaciones económicas de los clientes entrantes se pagaban los rendimientos prometidos a los inversores; se pagaba la compra de los edificios que hoy deben ser liquidados por los concursales, se pagaban las nóminas, cargas sociales y comisiones del personal, se financiaba a las empresas filiales constituídas en el extranjero, etcy se reembolsaba el importe de los contratos que no se renovaban a su vencimiento, lo que sólo ocurría en el 20% de los casos pues en el 80% de los casos los contratos vencidos eran renovados por otro periodo. Si añadimos que el número de clientes entrantes se incrementaba en proporción geométrica y muy en especial en los últimos cinco años (2000 a 2005 inclusive) debido a la brusca reducción de los intereses que pagaban los Bancos por depósitos dimilares a los de estas empresas. Así se explica que las empresas siempre tenían liquidez abudante que les permitía cumplir puntual e integramente TODAS SUS OBLIGACIONES ECONOMICAS CON LOS CLIENTES NACIDAS DE LOS CONTRATOS. Todo esto lo han visto con pruebas encima de la mesa los Magistrados que hasta ahora han dicho que los contratos eran compraventas y la actividad mercantil, PERO HAN PREFERIDO SER DOCILES AL PODER Y NO ARRIESGAR SU CARRERA Y ESTATUS. ¿sABES PORQUÉ RAZÓN STALIN Y hITLER HICIERON TODAS LAS BARBARIDADES QUE HAN PASADO A LA HISTORIA ?. pUES PORQUE TODO EL MUNDO A SU ALREDEDOR DE ELLOS (MANDOS MILITARES, MAGISTRADOS, cATEDRÁTICOS, ECLESIÁSTICOS ETC, PREFIRIERON oir, VER Y CALLAR para no arriesgar su estatus privilegiado, y esto mismo es lo que viene ocurriendo con este asunto del escandaloso expolio de los ahorros a 48o.000 femilias españolas. HACES MAL EN RESTREGARNOS - COMO UN TRIUNFO DE TUS JEFES - UNAS SENTENCIAS QUE SON UN SUBPRODUCTO DE UNA EPOCA SIN PRINCIPIOS, SIN MORAL , SIN ETICA Y SIN ESTADO DE DERECHO. HACES MUY MAL Y tú mismo te pones la cuerda al cuello ante todas las personas expoliadas. sI REALMENTGE QUIERES COLABORAR A QUE SE HAGA JUSTICIA Y SE NOS REINTEGRE NUESTRO DINERO (nuestro, PRODUCTO SE NUESTRO SACRIFICIO Y ESFUERZO) y no estais contrabados con la Administración desde hace muchos años, respóndeme: -- Es seguro que Afinsa, como las otras empresas, tienen la lista de clientes a quienes se les devolvieron , meses antes de laintervención de los jueces penales der la AN, los importes de sus contratos de más de 100.000 euros. Si las empresas, la tuya también, nos facilitan esa lista que tienen en su poder, los Abogados darían un vuelco total a este asunto. --- Serías tan amable de facilitarnos información de cuánto dinero se pasó a ciertos partidos políticos - si es el caso - autoridades y funcionarios que loaban la actividad de AFINSA Y FIRMABAN EN SU lIBRO DE HONOR?, PUES NI UN BEBÉ SE CREE QUE ESTOS FAVORES SE HACEN A TITULO GRATUITO Y POR AMOR AL ARTE. --- ¿ ES o NO CIERTO QUE ESTÁ PACTADO DESDE ANTES DE LA INTERVENCIÓN QUE TODO EL PROCESO PENAL ERA UN MONTAJE , QUE ALGUIEN DEBÍA FIGURAR COMO CABEZA DE TURCO PERO QUE AL FINAL LA PENA IBA A SER MÍNIMA DE LAS QUE NO CONLLEBAN INGRESO EN PRISIÓN?
Lucanor 05/11/13 19:32
Ha respondido al tema Sobre la opción entre sellos o dinero.
Tu no haces otra cosa que remitirte a las Sentencias que dictaron los pelucones de lo contencioso-administrativo, y yo te digo que esas Sentencias, como así lo manifestaron todos los juristas que no tenían intereses vinculados a las empresas, eran una puñetera caca, y constitutivas de presuntos delitos de prevar.... Echaron al cesto de la basura todas las pruebas aportadas que demostraban claramente la naturaleza financiera de la actividad, y sin pruebas ni hechos probados, las Sentencias fueron guiadas pofr la Administración. Los pelucones, degignados por los políticos, se plegaron a los intereses de éstos en tapar toda la porquería de este nauseabundo asunto. Y si esos pelucones duermen en su casa y no en el sitio quie les correspondería, es porque sus compañeros de profesión les salvaron el cu.... El Estado - para eludir su responsdabilidad cuando vió que la bola de nieve de estas empresas PIRAMIDALES HABÍA QUE PARARLA y que en años próximos se iban a producir miles de reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el Estado Central Españolo, tuvieron la "idea genial y absurda" de introducir a la velocidad del rayo y con la urgencia que el caso requería , en la Ley cde Instituciones de Inversión Colectiva, una Disp. Adicional 4ª. y una 5ª., que no tenían nada que ver con esa Ley pero que les permitía eludir todos los trámites exigidos para la elaboración y aprobación de una Ley (meses de tramitación, Informes Técnicos de legalidad y oportunidad, debate cde la Ley en el Congreso de los Diputados, etc, etc . De este modo, en un pis plás y burlando el debate en el Pleno del Congreso, pusieron en el BOE esa D.Aicional 5ª (la 5ª. la suprimieron practicamente pues en su primera redacción hacía responsable al Estado por falta de supervisión y control del Ministerio de Sanidad y C.). Y Además, esa D.A. 4ª. ni regula el sector de tangibles, ni establece de modo inteligible qué Organismo debe supervisar a estas empresdas, etc. Sólo pretende calificar UNOS CONTRATOS PRIVADOS ENTRE PARTICULARES (LAS EMPRESAS Y SU CLIENTELA), desconociendo que la labor de interpretación y calificación de los contratos privados entre particulares CORRRFRESPONDE EN EXCLUSIVA A LOS JUECES Y TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA Y SIEMPRE EN BASE A LAS PRUERBAS PRACTICADAS Y A LOS HECHOS QUR RESULTEN PROBADOS EN JUICIO A RESULTAS DE LA PRUEBA ADMITIDFAS Y PRACTICADA. En fin, que los animales de la Administración consiguieron lo que se proponían: Colgar en el BOE - mediante tales artimañas y fullerías - una disposición (adulterina y bastarda) que decía lo que luego les serviría a los Tribunales de lo Contencioso Administrativo para fundar sus Sentencias en defensa de la Administración, limitándose a afgirmar que los contratos eran compraventas, algo a lo que ajustaron su guión a pies juntillas - como no podía ser de otro modo - los Organismos del Estado que emitieron Informes en el expediente, redactados a conveniencia del Estado por la Abogacía y el Abogado General del Estado.. Claro está, como los escritos de los Abogados que defendían que la correcta calificación de los contratos era la de depósitos remunerados de dinero sujetos al régimen legal de los préstamos retribuídos, los Magistrados de lo Contencioso pusieron el piloto automático y ni leyeron los escritos de los Letrados, ni valoraron sus numerosas y contundentes pruebas y razonamientos jurídicos, y se limitaron, en una sóla Sentencia (CAFE PARA TODOS) A afirmar - sin apoyo en pruebas practicadas ni fijacion de hechos probados - que los contratos eran compraventas y la actividad era comercial, y eso sí, dejando a salvo que SERÁN LOS TRIBUNALES COMPETENTES (LA JURISDICCIÇÓN CIVIL y la penal a efectos represivos de los presuntos delitos ) QUIENES HABRÁN DE DETERMINAR LA EXACTA RELACION JURIDICA ENTRE LOS CLIENTES Y LAS EMPRESAS. dE ESTE MODO DEJAN ABIERTA LA PUERTA A QUE la jurisdiccion competente califique de otro modo los contratos, pero que como su función y misión es la de eximir de responsabilidad a la Administración Central, ellos creen (sólo para salvar a la Administración), que los contratos son compraventas y la actividad es comercial. ¿ Escandalosa forma de ser imparcial, no os parece ?. Y ¿qué quieres que te diga de la pequeñísima - pero sumamente perjudicial para los afectados - matización que introduce la Audiencia Provincial de Madrid , al señalar que los acreedores lo somos en virtud cdel compromiso de recompra, cuando: -- Todo ese jaleo de compra, venta, vendedor, mandante, mandatario, etc no era más que mera jerga empleada por Afinsa en sus CONTRATOS DE ADHESION PARA HACERNOS CREER QUE REALMENTE SE DEDICABA A UNA ACTIVIDAD LUCRATIVA DE COMERCIAR CON FILATELIA Y QUE NADIE SOSPECHASE QUE EN REALIDAD TODO ESO ERA PURA MANDANGA Y SIMPLEMENTE EL NEGOCIO NO PRODUCÍA VALOR AÑADIDO ALGUNO SINO QUE CON NUESTRO DINERO SE FINANCIABAN ESTAS EMPRESAS (con las aportaciones económicas de los clientes entrantes se pagaban los rendimientos prometidos a los inversores; se pagaba la compra de los edificios que hoy deben ser liquidados por los concursales, se pagaban las nóminas, cargas sociales y comisiones del personal, se financiaba a las empresas filiales constituídas en el extranjero, etcy se reembolsaba el importe de los contratos que no se renovaban a su vencimiento, lo que sólo ocurría en el 20% de los casos pues en el 80% de los casos los contratos vencidos eran renovados por otro periodo. Si añadimos que el número de clientes entrantes se incrementaba en proporción geométrica y muy en especial en los últimos cinco años (2000 a 2005 inclusive) debido a la brusca reducción de los intereses que pagaban los Bancos por depósitos dimilares a los de estas empresas. Así se explica que las empresas siempre tenían liquidez abudante que les permitía cumplir puntual e integramente TODAS SUS OBLIGACIONES ECONOMICAS CON LOS CLIENTES NACIDAS DE LOS CONTRATOS. Todo esto lo han visto con pruebas encima de la mesa los Magistrados que hasta ahora han dicho que los contratos eran compraventas y la actividad mercantil, PERO HAN PREFERIDO SER DOCILES AL PODER Y NO ARRIESGAR SU CARRERA Y ESTATUS. ¿sABES PORQUÉ RAZÓN sTALIN Y hITLER HICIERON TODAS LAS BARBARIDADES QUE HAN PASADO A LA HISTORIA ?. pUES PORQUE TODO EL MUNDO A SU ALREDEDOR DE ELLOS (MANDOS MILITARES, MAGISTRADOS, cATEDRÁTICOS, ECLESIÁSTICOS ETC, PREFIRIERON CALLAR O COLABORAR, O DEJAR HACER (QUE ES UNA FORMA PASIVA DE COMPLICIDAD CON LAS BARBARIES QUE ORDENAN LOS DICTADORES). eN UNA PALABRA, SI ALGUIEN SE ENCUMBRA A BASE DE BARBARIDADES ATROCES, ES PORQUE ESTÁ RODEADO DE SAPOS COBARDONES QUE OPTAN POR MANTENER SU ESTATUTOS A COSTA DE PERDER TODOS SUS PRINCIPIOS Y MORALIDAD, Y ESTO MISMO ES LO QUE ESTÁ OCURRIENDO EN eSPAÑA CON NUESTRO ASUNTO - APARTE DE OTROS QUE NO VIENEN AL CASO -. HACES MAL EN RESTREGARNOS - COMO UN TRIUNFO DE TUS JEFES - UNAS SENTENCIAS QUE SON UN SUBPRODUCTO DE UNA EPOCA SIN PRINCIPIOS, sin moral , SIN ETICA Y SIN ESTADO DE DERECHO. HACES MUY MAL Y SE TE VE EL PLUMERAZO. sI REALMENTGE QUIERES COLABORAR A QUE SE HAGA JUSTICIA Y SE NOS REINTEGRE NUESTRO DINERO (nuestro, PRODUCTO SE NUESTRO SACRIFICIO Y ESFUERZO) y no estais contrabados con la Administración desde hace muchos años, respóndeme: -- Es seguro que Afinsa, como las otras empresas, tienen la lista de clientes a quienes se les devolvieron los importes de sus contratos de más de 100.000 euros. Si las empresas, la tuya tambien, nos facilitan esa lista que tienen en su poder, los Abogados darían un vuelco total a este asunto. --- Serías tan amable de comprobar u obtener información de la empresa y decirnos, cuanto dinero se pasó a ciertos partidos políticos - si es el caso - autoridades y funcionarios que loaban la actividad de AFINSA Y FIRMABAN EN SU lIBRO DE hONOR?. eSTAS COSAS NO SE HACEN POR AMOR AL ARTE. ¿cUANTO DINERO Y DE DÓNDE PROCEDÍA ESE DINERO ?. --- ¿ ES o NO CIERTO QUE ESTÁ PACTADO DESDE ANTES DE LA INTERVENCIÓN QUE TODO EL PROCESO PENAL ERA UN MONTAJE , QUE ALGUIEN DEBÍA FIGURAR COMO CABEZA DE TURCO PERO QUE AL FINAL LA PENA IBA A SER MÍNIMA DE LAS QUE NO CONLLEBAN INGRESO EN PRISIÓN?
Lucanor 05/11/13 11:52
Ha respondido al tema Sobre la opción entre sellos o dinero.
Resulta poco menos que imposible, a priori, llegar a nin sobre un proyecto de solución generalizada para todos los afectados de las empresas de tangibles (Afinsa, Forum y Arte y Naturaleza) por la pluralidad y variedad de intereses y facciones que intervienen en este affaire de los tangibles. UNA SOLUCION NO JUDICIAL Y ACEPTADA POR LA CASTA POLÍTICA A A SER IMPOSIBLE por razones que considero obvias, de manera que quienes insisten en presentar planes de solución a los políticos, siempre se enfrentan con un muro infranqueable. Por otra parte están los propietarios de las empresas e imputados/procesados en vía criminal por los Juzgados de la Audiencia Nacional: A estos rójimos lo único que les interesa es que el asunto siga abierto durante muchos años, endiñar los tangibles a los inversores y, caso de que algún día lejano les juzga un Tribunal penal (pues los políticos necesitan unos caBEZAS DE TURCO PARA ELLOS PODER "ESCURRIR EL BULTO", les caiga una pena mínima y a ser posible, sin ingreso en prisión, con lo que se habrán tirado toda su vida viviendo opíparamente con nuestros ahorros. !Cosas que pasan en este país de maleantes y salteadores de caminos!. Tal vez eso es lo que los directivos tienen pactado con la casta política desde hace muchos años. Luego están las OCUS, Adicae y Ausbanc, cada una de una inclinación política, y unas recibiendo fondos públicos y otras fondos de los dueños de las empresas. !Menudo mercadillo!. Luego están los múltiples despachos de Abogados que, por regla general, tienen miedo a enfrentarse con la Administración a campo abierto y usando todas las armas que el caso requiere (querellaS CRIMINALES POR PRESUNTOS DELITOS DE PREVARICACIÓN DE FUNCIONARIOS, AUTORIDADES Y MAGISTRADOS, DEMANDAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL etc), por miedo a las represalias del !ESTADO DEMOCRATICO y dE DERECHO!...........!Menuda obra de teatro!. Mi postura es muy clara, si alguien te roba en plan bestia - como nos ha ocurrido -, sólo podremos recuperar nuestro dinero y los rendimientos que debíamos percibir de los contratos válidos y legales, UTILIZANDO TODAS LAS MEDIDAS QUE NOS CONCEDE EL ESTADO DE DERECHO ESCRITO, INCLUÍDAS LAS QUERELLAS Y LAS DEMANDAS CONTRA LAS PERSONAS DE LA aDMINISTRACIÓN Y DCE LA jUDICATURA QUE VIENEN SISTEMÁTICAMENTE COMETIENDO PRESUNTOS DELITOS DE PREVARICACIÓN DESDE 2007 HASTA HOY Y LAS QUE SEGUIRÁN. a estas alturas es hora de ponerse muy serios, pues la INMENSA MAYORÍA de los afectados están defendidos por algún Abogado o despacho de Abogados, así que los afectados tienen que hablar muy claro a sus Letrados, y preguntarles si se van a andar con "paños calientes" (y no llegar a ninguna parte, salvo las cuatro migajas que se obtengan con la liquidación concursal de todos los bienes de las concursadas, que no creo llegue a cubrir en los prímos años el 15%, más o menos , de lo invertido hace ya 8 ´0 9 años), o si están dispuestos a enfrentarse en duelo a primera sangre con los presuntos prevaricadores, pues sólo de este modo se conseguirá abrir una brecha en la muralla de acero tras la que se han parapetado los nefandos e inútiles políticos que son los verdaderos responsables de nuestra pasión, calvario y desaparición de nuestros ahorros. Yo lo que postulo ,sería una alianza entre Abogados para concertar un plan de actuaciones judiciales para atacar a la Administración, sus Autoridades, funcionarios y Magistrados, por varios frentes y con multiples acciones penales, civiles, denuncias ante todos los Organismos Europeos de lo que nos han hecho y están haciendo (Parlamento CEE, Comisión; Consejo, periódicos alemanes, ingleses, franceses, y, si procede, demanda conjunta y única ante el Tribuinal dce Derechos Humanos de Esdtrasburgo. En una palabra, freirles vivos en aceite hirviendo para que al final tengan que indemnizarnos para poder vivir tranquilos y encontrar un alivio a su mente y alma, si es que la tienen, que lo dudo, pero ya se sabe que ! A los arrepentidos quiere Dios !.
Lucanor 04/11/13 22:01
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Está en marcha desde Canal Afinsa una macrooperación de engaño a los clientes/inversores, basada en varias mentirijillas muy sobresalientes: - La primera es presentar la opción como una elección entre percibir un 5% o los sellos que le adjudicó unilateralmente Afinsa. La ocultación de la verdad consiste en callar que ese 5% no es más que una entrega "a cuenta" o primer pago, al que probablemente sigan en el futuro otros pagos , cuando llegue el momento de vender la filatelia que quede en el ACTIVO DE LA cONCURDSADA (LA DE SU PROPIEDAD Y LA ADJUDICADA ALOS NUMEROSÍSIMOS CLIENTES que, sin duda, querraán seguir en la Lista de Acreedores, pues, como muy bien dices, "el que no esté en la Lista es como si se da por pagado a todos los efectos con la retirada de lafilatelia y, no figurando como acreedor concursal, no tiene ya más legitimidad para reclamar responsabilidad al Estado que la ue pueda tener cualquier ciudadano de este país. Emulando a Alfonso Guerra puede decirse que ! QUIEN NO ESTE EN LA LISTA DE ACREEDORES NO SALE EN LA FOTO ! y, en consercvuencia, pierde toda legitimidad y derecho a ser indemnizado en la vía penal, bien con bienes patrimoniales de los procesados - caso de wue fueren condenados por alguno de los delitos - o por responsabilidad civil subsidiaria del Estado; o si al final hubiere un Fondo de Compensación, en todos los casos se tirará de la Lista dce Acreedores. -- La segunda mentira es sacarse de la manga la !zanahoria! de una próxima reclamación patrimonial por parte del Abogado Gordillo. Es seguro que si dicha reclamación llega a presentarse, merecerá la misma suerte que la de anteriores "!zanahorias presentadas por la Empreda y me refiero a las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de Ausbanc y luego de Manos Limpias. Ahora la empresda cambia de caballo, como si eso va a servir de algo. La reclamación saldráexitosaa si se presenta en el momento y lugar oportuno, y fundada en los hechos y argumentos de Derecho adecuados a tal efecto. Lo demás son "liebres" que lanzan los procesados para distraer a los galgos, pero que no conducen a nada. Estoy hablando en contra de mis intereses personales, pues mirando por estos, el consejo que doy es que todos pidan los sellos y renuncien a seguir como acreedores, pues de ocurrir tal cosa, los pocos acreedores que queden en la Lista podrían cobrar con la liquidación de bienes de Afinsa en el concurso, el 100 de sus crñeditos, más los intereses que debieron percibir a tenor dce los contratos , PERO ESA BREVA NO CAERA, !QUE MÁS QUISIERA YO !.
Lucanor 30/10/13 11:07
Ha respondido al tema ¿La filatelia de Afinsa estaba sobre – valorada? (y … otra más sobre sellos)
Aunque es una corazonada mía y dealgún otro acrfeedor, lo que estoy sugiriendo se puede deducir con las TRES pistas que te doy: Primera pista: En la Edad Media un ejercito podía tomar una ciudad amurallada de varias maneras: mediante escaleras para superar las murallas; mediante torres de asalto que se acercaban hasta las murallas; lanzando carros ardiendo contras la puerta de la murralla; o asediando la ciudad hastas RENDIRLA POR SED Y HAMBRE. lA SEGUNDA PISTA es, que los AA.CC. NO SEÑALAN UN PLAZO PARA RESPONDER A LA propuesta de dación en pago; Y LA TERCERA PISTA es que todos los procedimientos en marcha HAN SIDO PARALIZADOS Y HAN ENTRADO EN UNA ESPECIE DE LETARGO que no puede ser casual sino que ha de obedecer a una directriz de la superioridad (Ministerio de Justicia/ Gobierno). El que con estos tres ingredientes no sea capaz de intuir el juego al que nos están sometiendo y el objetivo final que persiguen, es que debe permanecer en su limbo mental.
Lucanor 29/10/13 19:38
Ha respondido al tema ¿La filatelia de Afinsa estaba sobre – valorada? (y … otra más sobre sellos)
En este asunto de los sellos ya está todo hablado y cada uno de los actores que intervienen en el teatro tienen muy claros cuáles son sus intereses y objetivos, de manera que es inútil y ocioso seguir machacando con lo de (tus) sellos, (mis) sellos, (nuestros) sellos . La última palabra la tienen los Tribunales nombrados por el poder (ejecutivo-legislativo-jucicial-económoc) pues todos los poderes están concrentrados en uno , y que además y por lo que ya se lleva visto, ni son imparciales, ni independientes ni objetivos. Respecto a la famosa opción sellos o seguir en la lista de acreedores que nos ha propuesto la Administración concurdal con autorización del Juzgado, dicha opción no se contempla expresamente en ninguna cláusula de los contratos. Lo que nos proponen éstos (siguiendo seguramente instrucciones de la Administración) es una DACION EN PAGO en toda regla (aceptar los sellos adjudicados por la empresa en lugar de la suma cierta de dinero prefijada en el CMV. El deudor puede proponer al acreedor una dación en pago y el acreedor puede haceptarla o rechazarla (yo debo a alguien 10.ooo euros y le propongo al acreedor que en vez de saldar la deuda en dinero acepte en pago un coche de marca Citroen de mi propiedad seminuevo), pero lo que resulta cómico y disparatado es que quienes nos proponen la deción en pago sean los administradores concursales que no son los deudores ni son parte firmante de los contratos. ¿A qué juegan o qué se propone la Administración política con este tipo de jueguecitos ?. Yo lo tengo muy claro y hay gente perspicaz que también lo adivina.
Lucanor 25/10/13 19:12
Ha respondido al tema ¿La filatelia de Afinsa estaba sobre – valorada? (y … otra más sobre sellos)
Buena noticia nos das a todos los afectados. Si, como dices, el valor dela filatelia es el señalado en los catálogos y este precio cubre de sobra el importe invertido en Afinsa por los Clientes, NO VEO PORQUE RAZON LOS DE ALFIL SOLO GARANTIZAN UN 20% a cobrar en 10 AÑOS (MÁS LOS 7 AÑOS YA TRANSCURRIDOS). uNA DE DOS: O EL VALOR DE LOS SELLOS NO ES el fijado en LOS CATALOGOS NI LOS SELLOS SE VAN A REVALORIZAR EN 10 AÑOS NI UN SÓLO EURO, como afirmais los habituales de la casa; o, si realmente el valor y la revalorización son los que afirmais, entonces los promotores de Alfhil pretenden realizar un auténtico negociazo a costa de los inversores, a saber, les dan al cabo de 1q7 años el 20% de lo que invirtieron, y los ds alfhil se embolsan la diferencia hasta el 100% del precio de catálogos más la revaloriuzación que haya tenido la filatelia en ese periodo de 17 años, ahí es nada. En una palabra: o el valor de catélogos y la revalorización de la filatelia es UNA SOLEMNE MENTIRA COMO UNA CATEDRAL, O LOS DE aLFHIL PRETENDEN ESTAFAR A QUIENES OPTEN POR PEDIR LA FILATELIA (no "SU FILATELIA" como seleis afirmar a tiro fijo y de modo repetitivo como una gramola de música) PUES EL PROPIETARIO NO TENDRIA UNA OPCIÓN SINO UNA OBLIGACIÓN DE RETIRAR LA FILATELIA. Si se le ofrece una opción a renunciar a su derecho de crédito y conformarse -- en su lugar - con darse por pagado con la filatelia -, es, precisamente porque no es propietario de la filatelia sino acreedor de la suma cierta de dinero comprometida por Afinsa). Como yo no se lo que bulle dentro de la caja craneal de los gurús de Afinsa, os dejo que elijais cual de las dos alternativas expuestas es la que , en vuestra opiniçon, es la verdadera.