Vuelvo a insistir en que tenemos que ser prácticos al 100% y centrarnos en lo que a todos los afectados ( o al menos al 99% de ellos, excluyendo a los que estén dispuestos a cambiar su dinero más los intereses desde el 9 de mayo de 2006 a cambo de un lote de sellos sobre cuyo valor, mercado y revalorización nadie sabe nada pues ni hay peritos en la materia ni hay pruebas del precio real en el mercado ni de la existencia de interesados en adquirirlos. Sólo sabemos por los Informes de Liquidación de los AA.CC. que los lotes que se han subastado en Alemania se ha obtenido por ellos el 1,5% (el uno coma cinco por ciento) del valor de catálogos de Afinsa).
Si a todos nos interesa recuperar el dinero invertido más los intereses contractuales y los legales que se hayan devengado desde la citada fecha hasta que se produzca el cobro efectivo de nuestro dinero, debo decir que ES PRECISO no perder el tiempo en venganzas inútiles (como pedir que se pudran en la cárcel los directivos) y menos seguir perdiendo el tiempo solemnemente en discusiones bizantinas que sólo sirven para descentrar y aburrir a los afectados que consulten este foro. SIENDO PRACTICOS os diré:
(1º/ Que a los afectados tanto nos vale que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (una vez haya finalizado el sumario y el Juzgado nº.1 haya remitido el mismo a dicho Tribunal) acuerde a petición fundada de los Abogados de los procesados el SOBRESEIMIENTO LIBRE de éstos, como si al final, y agotados todos los procesos y recursos , se les condena por los delitos de la Querella de la Fiscalía o al menos por los más relevantes y sustanciales.
2º.- Siendo prácticos, es mucho más ventajoso para nosotros que se acordase por dicha Sala de lo Penal el sobreseimiento libre de los máximos representantes y propietarios de Afinsa, pues en este caso, tendríamos lo que buscamos en año y medio o dos años a lo sumo, mientras que si se celebra el juicio oral, dicta sentencia la Audiencia Nacional, se recurre al Tribunal Supremo por los condenados, resuelve el Tribunal Supremo y, tal vez, recurran los condenados al Tribunal Constitucional y/o al Tribunal de Estrasburgo, ya podemos esperar sentados pues el asunto iría para 8 ó 1o años, y significa que al cabo de 16 ó 17 años desde la intervención, el 50% de los expoliados habrá fallecido, estará alzheimico o postrado en una silla de ruedas, y el resto habrán perdido toda esperanza por puro aburrimiento, pues ya se sabe, EL QUE ESPERA DESESPERA.
Así pues, dejémonos de sesear la horca para los propietarios de la empresa, olvidémonos de discusiones INUTILES sobre que si los contratos y la actividad eran tal o cual; dejemos de discutir sobre el valor de mercado real de la filatelia, pues repito, son discusiones inútiles , vanas y pueriles que no llevan a ningún puerto y menos al que todos deseamos al final de esta larga travesía impuesta por los políticos y sus Tribunales, que no es otro que el de RECUPERAR NUESTRO DINERO CON LOS INTERESES CORRESPONDIENTES AL TIEMPO QUE TRANSCURRA DESDE LA INTERVENCION ( o, para ser más precisos, desde la declaración del concurso por el J. Mercantil 6 ) hasta el día en que nos pague quien es responsable verdadero y único de nuestra ruina.