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leopol72 19/10/22 10:08
Ha respondido al tema Formulario 145 de Hacienda
TE retengan mas o menos, al final se regulariza en la declaración, no se pierde.Como dice, tienes que probar que te resulta mas favorable, si ponerlos como descendientes (al 50%) y no poner la anualidad de alimentos (eso afecta a tu ex, que no puede ponerselos como dependientes suyos al 100%), o quitarlos y poner la anualidad. No es por pasar temporadas con ellos, es porque los soportas económicamente
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leopol72 18/10/22 17:18
Ha respondido al tema ITP reducido en Castilla la Mancha
Le he perdío la pista a este asunto, la verdad, por lo que veo, ahora, aparte de la de joven (efectivamente, menor de 36, 5%), existe también para cualquier edad, pero al 6%
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leopol72 18/10/22 16:55
Ha respondido al tema Formulario 145 de Hacienda
He encontrado esto en la ayuda de renta: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-14-adecuacion-impuesto-circunstancias-personales/minimo-descendientes/concepto-requisitos-descendientes.html  Por otro lado, los progenitores que no convivan con los hijos, pero les presten alimentos por resolución judicial, podrán optar por la aplicación del mínimo por descendientes, al sostenerles económicamente, o por la aplicación del tratamiento previsto por la Ley del Impuesto para las referidas anualidades por alimentos. Si se optase por la aplicación del mínimo por descendientes, este se prorrateará entre ambos progenitores. Lo que no entiendo es eso de ¿cobraré menos???
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leopol72 18/10/22 16:45
Ha respondido al tema ITP reducido en Castilla la Mancha
No hay problema, asumes como valor real el de tasación y liquidas por él, así cumples el requisito y puedes aplicar el tipo reducido. Es que además, si no lo haces, muy probablemente lo harán ellos después, te liquidaran a ese valor de tasación, pero al tipo general.Ojo, que como no compreis antes del 11 de noviembre, tu pareja no podrá aplicarlo por su parte.
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leopol72 10/10/22 09:42
Ha respondido al tema Herencia-Grado Parentesco
 La nuera es grupo III, nada que ver con el del hijo, menos reducción:Grupo III: Adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, sobrinos), ascendientes y descendientes por afinidad Y si es pareja de hecho, no hay parentesco, es grupo IV, sin reducciones, mientras en la normativa de sucesiones no se le reconozca que se asimilen a los matrimonios. Grupo IV: En las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños, no habrá lugar a reducción. 
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leopol72 19/09/22 12:10
Ha respondido al tema Uso Agrario o Residencial Catastro
Se debe regularizar, el no hacerlo puede provocar problemas cuando menos te lo esperes, y desde luego, será mas difícil de vender si no lo está. Otra cosa es que puedas seguir así de manera indefinida, que puedes, mientras no pase nada. Se solicita al catrastro aportando la documentación pertinente.Cuando lo actualicen, El IBI te subirá y mucho, pero solo pueden reclamarte los últimos 4 años no prescritos.
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