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Participaciones del usuario leopol72

leopol72 29/08/23 09:09
Ha respondido al tema Subrogación o novación de piso de soltero
Eso que preguntas dependerá mas del banco que de otra cosa, si te sigue permitiendo figurar a ti solo, o aprovechará para incluir a tu pareja, no porque sea titular del piso, sino porque introduzca otro deudor
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leopol72 29/08/23 09:07
Ha respondido al tema Subrogación o novación de piso de soltero
Efectivamente, ese dinero que él considera privativo, en realidad no lo es al provenir de su trabajo. Como los rendimientos del trabajo se consideran gananciales, esas cuotas pagadas desde el matrimonio lo han sido por la sociedad de gananciales, que está adquiriendo un parte del inmueble por ello.Otra cosa es que el otro cónyuge pueda reconocer el piso como privativo en cualquier caso a la hora de la liquidación, o en cualquier momento.
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leopol72 29/08/23 09:01
Ha respondido al tema Contrato arras
No afecta para nada, el hecho de que estés o no casada no influye para nada en tu potestad como representante, no te preocupes
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leopol72 29/08/23 08:59
Ha respondido al tema Cálculo ITP de vehículo usado
El contribuyente es el obligado al pago del impuesto, según las normas del mismo, otra cosa es que no esté correctamente identificado en ese caso concreto, entonces hay que alegarlo y justificarlo para que se lo pasen al correcto
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leopol72 28/08/23 13:17
Ha respondido al tema Cantidad a pagar en extincion de condominio
Hablamos de diferencias ridículas...Para una extinción de condominio, lo ideal es utilizar el valor de adquisición, pero no el original del 92, sino el que se dio en la herencia, ya que supongo que todo esto viene por una herencia...Al no actualizar valores, no habrá incremento de patrimonio, saldrá mejor en el IRPF, y como es superior al de referencia, no lo revisarán en AJD.Pero ojo que el valor catastral no es el de referencia...
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leopol72 28/08/23 13:11
Ha respondido al tema Valor referència catastral
Cuanto "inocente" hay por ahí..., yo lo primero que hago cuando quiero comprar un piso es ver el valor de referencia para impuestos, muy útil para varios fines como hacerte una idea de su valor mínimo, y del importe futuro del impuesto.Entiendo que la gente corriente no esté al tanto de esto, pero el notario... ni que fuera nuevo
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leopol72 28/08/23 12:21
Ha respondido al tema Gastos deducibles impuestos de sucesiones - Herencia
Es verdad que la AEAT no te exige la presentación de esa cantidad en sucesiones si es de menos de 2.000 euros, aunque lo cierto es que es una decisión propia que supongo tomaron para complicarse menos la vida, en puridad, siempre debería incluirse en sucesiones...Habrá que aprovecharse por una vez que son generosos y flexibles
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leopol72 28/08/23 11:09
Ha respondido al tema Dejan dinero, hay que declararlo?
El pago en nombre de otro de unos gastos que no te corresponden es una donación igual, solo que indirecta, no nos confundamos.El mismo resultado hubiera sido si te da el dinero y luego pagas tu, ¿no?, y eso es una donación, ¿no?
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leopol72 28/08/23 11:01
Ha respondido al tema Gastos deducibles impuestos de sucesiones - Herencia
Se pueden deducir todos los impuestos devengados y no pagados antes del fallecimiento, es decir, que ya se habían generado, aunque no haya recibo o no se haya calculado el mismo a esa fecha, pero ya se ha producido el hecho causante del impuesto.Por ejemplo, como dices, el IBI se devenga el 1 de enero de cada año, aunque luego se cobra mas adelante. Por tanto, aunque fallezca el 2 de enero, ya se ha devengado y ya le correspondía pagarlo. Por tanto, se puede deducir. Otra cosa es que merezca la pena complicarte y ponerlo o no, mucha gente no lo pone por desconocimiento o por no complicarse.En el caso de la renta, se suele referir a la del año anterior, ya que se devenga el 31 de diciembre. En caso de que fallezca por ejemplo ese mismo 2 de enero, el resultado de la declaración  del año anterior, si es a pagar, será una deuda deducible, y si es a devolver, los herederos la pueden y deben reclamar, pero al mismo tiempo, meterla como mas valor de la herencia.
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leopol72 17/08/23 15:00
Ha respondido al tema ¿Vivienda habitual?
Esa vivienda no ha sido nunca tu vivienda habitual, por tanto, no tiene beneficios asociados hasta que pase a serlo. Si te mudas allí y permaneces tres años, coseguirá ese caracter y podrás venderla y reinvertir la ganancia en la nueva y acogerte a la exención por reinversión.Las posibilidades para trasladarte antes de los tres años sin que pierda ese caracter de habitual son:* celebración de matrimonio* separación matrimonial* traslado laboral* obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas* Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él o ella. 
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