La legítima de tu padre, en territorio común, es la mitad. Sería un tercio si coincidiera con tu cónyuge. El resto, al no tener descendientes, lo puedes repartir efectivamente como tu quieras.En tu testamento puedes disponer expresamente de todo o solo de parte de tu patrimonio.En realidad no hace falta valorar nada, solo indicar las normas para el reparto. Si luego, dada la valoración real, se vulnera alguna legítima, los implicados pueden impugnarlo o solicitar la reducción del legado que exceda, o de lo que proceda.En la notaría pueden aclarar tus dudas
Es mas que suficiente, si aparece en los datos fiscales, es que le corresponde, no hay mas que decir. Si se necesita justificante cuando NO aparecen las cosas en los datos fiscales.No pierde nada, (casi ni tiempo porque es muy fácil), por pedir lo de los años anteriores, si no le corresponde devolución ya se lo dirán, el trabajo lo hace la AEAT...
Es como dices en el edito 2, en caso de convivencia de los padres, no hay beneficio por hacerla conjunta con el hijo, no se aplica la reducción de conjunta normal.Si lo piensas, es lo lógico, no tiene sentido que se premie el no estar casados, a las que se quiere beneficiar es a las familias monoparentales, no a las que están los dos, pero simplemente no han formalizado su situación
Complementaria del 2022, no de la que acabas de presentar.A los rendimientos de ese año, se le suman esos y a ver qué sale, si es a pagar mas o a devolver menos, es complementaria. Si fuera a devolver mas, solicitud de rectificación.Se mete todo, ingresos, retenciones y gastos deducibles si los hay.No se te olvide marcar el motivo de la complementaria, atrasos del trabajo para que no genere intereses de demora
No debes añadirlo a la declaración de 2023, debes hacer una complementaria del 2022.Si son atrasos, ni lleva multa ni intereses, pero debes hacer la complementaria
No sé ahora mismo, pero antes, con rendimientos exclusivamente agrícolas, si te atendían en la cita previa...Tienes que elegir el tipo de cultivo y meter los ingresos y las retenciones, estoy seguro de que existe algún tutorial en internet
Aparte del apartado de rendimientos del trabajo, tendrás que rellenar el de actividades económicas, en este caso agrícolas. No es muy dificil pero hay que saber qué hay que poner y que no. En la AEAT, si solo tienes eso te admiten en la cita previa, pide y estate atento a lo que te rellenan o pide que te lo vayan explicando, así el siguiente año podrás hacerlo tu solo.