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Participaciones del usuario Jota.jota

Jota.jota 04/12/14 17:34
Ha respondido al tema Venta de Obligaciones del Estado
Las ganancias (por compra-venta de bonos, obligaciones, preferentes...), los cupones de éstos, los intereses de depósitos, dividendos de acciones, letras del tesoro y alguna cosa más son fiscalmente todos "Rendimientos del Capital Mobiliario". Se declaran en el mismo epígrafe del impuesto. Tanto si los vendes cobrando cupón corrido (sin retención) como si esperas a cobrarlo (con retención) podrás compensarte las pérdidas. (¡ojo! Perdidas con bonos y preferentes. Si las perdidas vienen de acciones, fondos de inversion o derivados fiscalmente son "Ganancias y Perdidas Patrimoniales" y sólo se pueden compensar con el mismo tipo de ganancias) Y si, el mercado de renta fija es poco líquido, hay emisiones que pasan meses sin cruzarse operaciones. O aceptas vender al precio de demanda o puede que no lo hagas. Es cuestion de mirarte las cotizaciones un tiempo para ver lo que se mueve la emisión concreta que tienes.
Jota.jota 04/12/14 14:19
Ha respondido al tema Venta de Obligaciones del Estado
Da igual cuando pagan el cupón. Al venderlas al precio de cotización te sumaran el cupón corrido (la parte proporcional desde el último pago).
Jota.jota 02/12/14 15:39
Ha respondido al tema ME Cajon de Sastre
A 101 que hay hoy en oferta y preñadas de más de 2 meses, frente a los 15 dias de la Guip., son más rentables las CAM.
Jota.jota 01/12/14 13:02
Ha respondido al tema Duda plusvalía acciones
Hay una reduccion para los rendimientos del trabajo a terceros que puede llegar a 4.080 €. También está el mímimo personal que es de 5.151 €. Por lo tanto no tendrás que pagar nada y además te devolverán las retenciones.
Jota.jota 30/11/14 12:24
Ha respondido al tema Fiscalidad diferentes formas del rescate de los planes de pensiones
Entonces, para las aportaciones hechas del 2007 en adelante ¿ya no habrá ninguna reducción a la hora de rescatarlos?
Jota.jota 30/11/14 11:59
Ha respondido al tema Pérdidas en CFD's 2014. ¿Lo que no pueda compensar este año, quedará para el año que viene?
¿Se podrán compensar, a partir del 2015, los exedentes de pérdidas del año con los rendimientos de capital, con un límite del, creo, 25% de éstos? ¿Y las perdidas pendientes de compensar de 2011-12 que formaban parte del ahorro, o las de 2013 y 14 de menos de una año? Ya ha salido la ley, pero como hace constante referencia a otros artículos me pierdo y no acabo de tenerlo claro.
Jota.jota 30/11/14 11:40
Ha respondido al tema Regla de los dos meses - venta de acciones
Las ganancias hay que declararlas siempre. Las perdidas, también se declaran, pero solo te las deberías compensar si no vuelves a comprar durante dos meses después del 17/11. Aunque en la práctica, como en la declaración no se introducen fechas, sólo los importes de las compra-ventas, en la comprobación ordinaria de la declaración no lo detectan. Desde que existe esta regla de los 2 meses, nunca me he dejado de comprensar una perdida, ni exención de los dividendos, y no he tenido ningun problema. Otra cosa es que te hagan una inspección y se miren todos los datos.
Jota.jota 29/11/14 07:47
Ha respondido al tema Fiscalidad diferentes formas del rescate de los planes de pensiones
Si no lo tengo mal entendido, la reducción por rescatarlo en forma de capital no sólo está limitada a un año, tambien está limitada a un solo plan de pensiones.
Jota.jota 20/11/14 15:19
Ha respondido al tema Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Después de la emisión de los bonetes al 1% supongo que no tardarán mucho.
Jota.jota 20/11/14 15:00
Ha respondido al tema Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
A que se han cruzado 15.000 € al 101%