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Compensanción de pérdidas a partir de 2015
Jota.jota27/04/15 12:27
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Plan Pive Casilla 266: Me quitan 350 € cuando me tenían que quitar solo el 247,50
Veo que había otro foro donde se dió la respuesta correcta. Es la nº 39
http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2231018-he-olvidado-poner-plan-pive-declaracion-cual-seria-sancion?page=7
Jota.jota27/04/15 11:55
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Plan Pive Casilla 266: Me quitan 350 € cuando me tenían que quitar solo el 247,50
Jota.jota27/04/15 09:07
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Plan Pive Casilla 266: Me quitan 350 € cuando me tenían que quitar solo el 247,50
Si añades 50 pagarás el tipo marginal de esos 50, nada más.
Y si al añadir unos ingresos saltas al siguiente tramo, pagas el tipo marginal del siguiente tramo sólo de la cantidad que exceda el límite del tramo anterior. Por la cantidad hasta llegar a ese límite sigues tributando al tipo anterior.
Jota.jota27/04/15 08:42
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Realizar complementaria 2011 por compra de solar
El I.R.P.F grava los ingresos y ganancias de cada año. La compra no genera ganancias, es cuando lo vendas que tendrás que declarar las ganancias o pérdidas calculando la diferencia entre el importe de la venta y la compra.
Los otros impuestos son un gasto que habrá que sumar al precio de compra cuando lo declares.
Jota.jota14/04/15 16:53
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ME Cajon de Sastre
Tened en cuenta que a estos precios, si amortizaran en 2016, la TIR sería de poco más del 2%
Jota.jota13/04/15 12:12
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Renta 2014-Nacimiento hijo
No. Las situaciones personales o familiares se refieren al 31/12/2014
Jota.jota13/04/15 11:48
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Disolución gananciales por fallecimiento
La mitad que le pertenece al viudo/a, efectivamente, es suya desde que la compró. La mitad heredada es de los herederos desde la fecha del fallecimiento.
Jota.jota13/04/15 11:42
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Cuentas de valores individuales en el matrimonio.
Legalmente habría que declararlos por mitades.
En teoría os saldría igual independientemente de quien los declare (a nos ser que los dividendos superen los 1500€ exentos o el resto de rendimientos del capital mobiliario supere los 6000€) pues los dividendos tributan a un tipo fijo.
Si en 2014 no superaste 3400€ netos de rendimientos del trabajo (ni los límites de dividendos e intereses) os saldrá mejor conjunta.
En el PADRE se pueden ver en el "resumen de resultados" las dos individuales y la conjunta.
Jota.jota13/04/15 11:13
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IRPF de un fallecido
Este año presentala (de paso sabrás la cantidad para incluirla en el ISD) y, por si acaso, pasate por Hacienda no sea que ya les conste como fallecido y retengan la devolución. Solo hay que rellenar un impreso solicitando la devolución como heredero y en el mismo te indica los papeles necesarios.