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Participaciones del usuario Jota.jota

Jota.jota 13/04/15 11:02
Ha respondido al tema ME Cajon de Sastre
Por lo menos no es otra chapuza de R4. Aunque la información fiscal, vistos los datos fiscales, vendrá como el año pasado: importes netos de las operaciones y las comisiones y gastos todo junto.
Jota.jota 12/04/15 15:42
Ha respondido al tema Compensación perdidas 2013
Como ya te han dicho el importe de la 360 (pérdidas generadas en más de un año) se compensa en la 432 si, y solo si, este año has tenido ganancias patrimoniales (no rendimientos del capital mobiliario, por lo que no van a la 437) generadas en más de un año, que son las que se integran en la base imponible del ahorro. Si no te las puedes compensar este año por no tener ganancias de ese tipo, el año que viene ya podrás hacerlo con cualquier tipo de ganancia pues desaparece la distinción entre más o menos de un año y todas se integraran en la base del ahorro. Incluso, aunque no estoy seguro pues es una novedad, si no obtuvieras ganancias este 2015, podrás compensarlas de los rendimientos del capital (con un máximo del 10% de éstos en 2015 y, creo, que el 15% en 2016 y el 20% en 2017) La 374 es para las pérdidas que por recomprarlas 2 meses antes o despues no se pudieron contabilizar en ejercicios anteriores.
Jota.jota 12/04/15 12:53
Ha respondido al tema Errores en Datos Fiscales
Seguramente has operado con entidades diferentes. Me cito a mi mismo: http://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2744319-dividendos-comisiones#respuesta_2744578
Jota.jota 12/04/15 12:49
Ha respondido al tema Atrasos con ejercicio de devengo anterior al 2014
Consultad los datos fiscales que tiene Hacienda y declarad esas cantidades.
Jota.jota 12/04/15 12:42
Ha respondido al tema Duda en el valor y fecha de adquisicion
El 40% del padre con fecha y valor de cuando la compraron El 60% restante con fecha del fallecimiento y valor del impuesto de sucesiones, que supongo coincidirá con la escritura que hicisteis entonces.
Jota.jota 12/04/15 12:24
Ha respondido al tema Padre fallecido en marzo 2014 - declaración de la renta
Puedes presentar la declaración individual del fallecido por interned. También la de tu madre, si está obligada a presentarla o si le sale a devolver. Unos días después de presentarla vas a Hacienda rellenas un formulario que tienen solicitando la devolución como herederos, presentando certificados de defunción, últimas voluntades, testamento, certificado de titularidad de la c/c donde lo domicilias (también aceptan fotocopia de la libreta), el libro de familia, DNIs de los herederos que supongo que tendrán que firmar todos el formulario. Si la devolución es de menos de 2.000 € no piden el ISD.
Jota.jota 12/04/15 11:59
Ha respondido al tema Dividendos y comisiones
Las comisiones de compra y venta se suman o restan a los importes de compra y venta. Es resultado son los valores de adquisición y transmisión, que suelen coincidir con los apuntes de la cuenta corriente. Pero algunas entidades envian a Hacienda los importes netos de las compra-ventas y luego reflejan esos gastos como gastos deducibles sumandolos a las comisiones de custodia y pago de dividendos.
Jota.jota 10/04/15 15:03
Ha respondido al tema ME Cajon de Sastre
En un foro de fiscalidad alguien preguntaba como introducir los datos de fondos de inversión en el PADRE. Al comprobarlo veo que, efectivamente no aparecen incorporados. Tanto el otro forero como yo son fondos de Renta4. ¿Ocurre lo mismo con fondos de otras entidades?
Jota.jota 09/04/15 18:55
Ha respondido al tema Compensación de pérdidas en venta de acciones (menos de un año) con ganancia venta de inmuebles y rendimientos de
No sé si te ha quedado claro que los beneficios por la venta de la vivienda, si la tuviste durante más de un año, sí se pueden compensar con las pérdidas de 2011 y 2012.
Jota.jota 09/04/15 08:19
Ha respondido al tema No puedo confirmar borrador por ganancias patrimoniales no sometidas a retencion
Pues es verdad, no los traslada. Otros años sí lo hacía. Si no lo corrigen con una actualización (aunque con lo chapuzeros que son en R4 para esto igual es culpa suya) habrá que rellenarlo a mano. En tu caso me limitaría a poner el resultado final y las retenciones que salen en los datos fiscales en la casilla 270.