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Participaciones del usuario Josito60

Josito60 01/04/16 10:37
Ha comentado en el artículo Si tu casa la subastan en ese juzgado, estás jodido
Gracias Malagaga. Tienes razón he ido a una de Mataro que comentó Jotarre y funciona. Siendo esta la primera vez que me responde correctamente el link de la refencia catastral y creerme que siempre que existe lo intento. Tiene narices que estos señores rellenan 4 datos y 5 están mal. ¿Cuándo va a llegar la responsabilidad al trabajo mal hecho? Auténtica gangrena del país.
Josito60 31/03/16 21:43
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Leches, pues me habeis dejado peor ya que pensaba que esto no funcionaba porque cuando accedía al catastro https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA y ponía la referencia catastral del inmueble me contesta el sistema con: "No hay bienes para los datos seleccionados". Y por tanto lo había dado por ya se corregirá. Ahora es claro el problema es mio, gracias por vuestras pruebas y rápida respuesta
Josito60 31/03/16 21:05
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Malagaga, aprovecho tu expediente para hacer una pregunta que me corroe desde que comenzó el nuevo portal de subastas. Os funciona el link que ponen en la "Referencia catastral". A mí en todos los casos me sale: Consulta de los datos del inmueble con referencia catastral 3765108UF7636N0001LK ERROR NO EXISTE NINGÚN INMUEBLE CON LOS PARÁMETROS INDICADOS y estoy identificado con mi certificado electrónico. ¿Hay alguien al qué le funcione este link?
Josito60 04/03/16 07:15
Ha comentado en el artículo El mapa de los okupas
Gracias,
Josito60 03/03/16 17:26
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Voy a dar un poco de paz a los okupas, y os voy a plantear una duda que supongo que para vosotros será una trivialidad, Nunca he llegado a entender las subastas de los juzgados mercantiles en concurso de acreedores. Creo que son iguales que las otras pero no sé si tienen matizaciones. Generalmente, en una subasta por un préstamo o deuda se indica quién es el acreedor que ha arrancado la demanda y termina en esa subasta, y las cargas que aparecen en el bien del registro queda claro cual es la carga de la demanda y cuales son anteriores a ésta y cuales posteriores. Ahora bien, cuando tienes un concurso de acreedores y uno de los lotes tiene un carga hipotecaría a favor de un Banco. Esa carga se mantiene después de la adjudicación o simplemente es una deuda preferente a la hora de cobrar de la subasta. En defintiva, hay que contarla como incremento de precio del bien además del precio de la subasta, o no es así.
Josito60 01/03/16 09:33
Ha comentado en el artículo El peor juzgado de Madrid, como siempre, un cascabel de alegría
Pues ya me gusta tu reflexión Jotaerre. La verdad es que tiene toda la pinta que será como dices.
Josito60 01/03/16 07:29
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Pues no se se menciona en ningún momento al ejecutado, ni tampoco al ejecutante. Cabecera: Servicio Común Procesal de Ejecución Edicto Subasta: El nombre de la letrada responsable del servicio. Hago Saber: Que en el proceso de ejecución de títulos judciales seguido en ..... el nº de expediente, los importes de la deuda y la convocatoria de la subasta pública para la venta de los bienes. Bienes Subastados: Se identifica el inmueble. Se indica la tasación. Títulos, Cargas, Gravámenes y Situación Posesoria: Lo estandar. Es decir, ni una identificación personal, ni referencia a ella. Creo que esto tiene que ver con la LPD
Josito60 29/02/16 20:16
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Perdonar pero he tenido que salir y respondo al primero de Pecks con referencia a todos: a Pecks). He visitado el inmueble y hablado con la vecina. Está cerrado a cal y canto, y la vecina me explica que se murió el marido y hace años que no viven. La típica vivienda con pocos gastos de comunidad, que al fallecer uno de sus miembros cambian de domicilio y con lo mal que esta la venta lo dejan ahí por si vuelve a subir. Durante este tiempo, los vecinos deciden hacer una reforma fuerte del edificio, y los gastos de disparan y deciden no pagar. Llegando hasta donde han llegado. a Jotarre). Lo intento en el (pto-2) y gracias por tu esfuerzo. a mfmelo). Tu reflexión sobre el 50% de bienes gananciales me parece lo acertado. De hecho, yo en mi fuero interno pensaba que debiera ser así pero en el mismo certificado del registro donde habla de la titularidad actual, dice: Dña xxxxx (la madre), con DNI número xxxxx, titular del pleno dominio de la totalidad de esta finca. Adquirida por compraventa en virtud de escritura ........... y luego viene lo ya comentado del resumen de cargas y la herencia yacente. Tengo la sensación que sobra pero como aparece tan claro y en negrita me deja la gran duda. (pto 2) Lo que me pide jotaerre Anotación de embargo ejecutivo a favor de la entidad Comunidad Propietarios xxxxxx, CONTRA Herencia Yacente xxxxx(madre), con DNI 9999, yyyyy(hija1), con DNI 8888, y zzzzzz(hija2), con DNI 7777, titular la primra de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder de un total de 9999 MILES de EUROS de principal; 999 miles de euros por intereses y costas. Mandamamiento judicial de anotación de embargo .......... Gracias de nuevo a todos, y perdonar por no haber seguido el hilo en caliente.
Josito60 29/02/16 17:18
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por supuesto que te permito, Probablemente es que he puesto una coma en vez de cerrar el paréntesis. Queda así: Anotación de Embargo Ejecutivo a favor de la Comunidad de Propietarios ... contra Herencia Yacente (y luego aparecen las tres personas con sus dnis) titular la primera de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder .... (la deuda). Lo que pretendo decir es que el resumen de cargas y en las cinco primeras líneas en negrita habla de la anotación de embargo ejecutivo a favor ... y en contra Herencia Yacente (nombra a tres personas con sus DNIs, madre e hijas), y termina con la coletilla de: titular la primera (la madre) de la totalidad en pleno dominio. Vamos que no se que pinta la herencia yacente en todo esto, porque la deuda es de la madre y la titularidad también es suya.
Josito60 29/02/16 16:08
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Cierto Tristan, no falta razón en tus palabras pero el certificado de cargas es lo que dice: Anotación de Embargo Ejecutivo a favor de la Comunidad de Propietarios ... contra Herencia Yacente (y luego aparecen las tres personas con sus dnis, titular la primera de la totalidad en pleno dominio de esta finca, para responder .... (la deuda). Los edictos de subastas suelen ser un copia-pega de otros y en no pocos casos hay errores graves pero en los registradores tenía algo más de fe.