Como simple particular entiendo que lo que el técnico quiere es cierta garantía de cobro, que luego no le discutan la minuta.La forma adecuada, en mi opinión, es la aceptación del presupuesto o bien algo similar a la nota de encargo o contrato que fije tareas y precios.
Con nif o sin él la comunidad ya existe. No parece nada descabellada vuestra idea. Lo de los gastos bancarios sería uno más a repercutir en la cuota que fijeis o bien abrir una cuenta mancomunada con tres titulares donde no cobren comisiones.
Supongo que la hipoteca ya está saldada.Especulando... el banco puede acelerar el proceso porque es sabedor que la deuda registral no existe y no se espera a que le lleves la inscripción de la cancelación registral para aprobar la operación.Si no lleva las gestiones a tu costa, esperará que le aportes esa inscripción antes de proseguir.
A parte del lio registral, si tuviera obligación de contribuir de alguna manera, también tendría derecho a participar de la elección del prespuesto, aunque al ser una participación menor, vuestro criterio sería preponderante.
Debería declarar en IRPF los ingresos que obtenga por el alquiler con derecho a descontar los gastos que eso le conlleve.Si cumplís requisitos podríais aplicar deducciones previstas sobre importes pagados/cobrados.En foro fiscalidad tal vez puedas obtener info más detallada
A media intervención dices que la madre es usufructuaria. Si lo es del 100% le corresponde el importe íntegro del alquiler y SÍ, te ofrece un descuento.
Lo que debe quedar claro en el contrato es que alquilas con consentimiento de tu hermana. Y con las condiciones que indicas. No sea que luego alguien te reclame el 70% de lo que ingreses por el alquiler o que has dispuesto de la propiedad unilateralmente sin consentimiento de la mayoría de la misma.