Coincido en lo sustancial con lo que se ha expueto en este hilo. Me parece que se han reproducido los argumentos que se dieron con anterioridad y que, a mi juicio, son correctos.
Cuando la LSD dice que se podrá instar la quiebra, evidentemente, no significa que "ipso iure"se ha de declar la quiebra, sino que se puede instar; me parece que, en el fondo, lo que trata de decir la Ley es que es mejor que se pongan todas las partes de acuerdo porque, si no, los acreedores pueden instar cuantas acciones procedan en orden a la defensa de sus créditos y, entre esas acciones, está la de instar la quiebra, ni más ni menos; creo que ello es así debido a que no todas las empresas son inguales, lo cual es evidente, de modo que hay empresas que si continuan sin actividad, sus gastos, de no mediar acuerdo de por medio, pudieran llevarles a la situación de quiebra, y no se olvide, en este terreno entramos en responsabilidades penales. En definitivia, es como si la Ley dijese: póngase de acuerdo pues, de lo contrario, puede ser peor el remedio que la enfermedad.
Me alegra constatar que, de nuevo, se rebaten posiciones con argumentos jurídicos y no con afirmaciones rotundas vacías de contenido que más tienen que ver con campañas de marketing que con discusiones jurídicas.
Por otra parte, hay un viejo brocardo que usan los juristas y que dice algo así como que: "La legalidad no es sinónimo de justicia"; para corrobar esto último se pone el ejemplo de la esclavitud, pues hasta finales del s. XIX la esclavitud, lamentablemente, en algunos lugares era legal, ya que se toleraba por el régimen jurídico "a quod" pero, sin duda, era (y es) palmariamente injusta.