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Participaciones del usuario fflin

fflin 17/04/16 20:20
Ha respondido al tema Anular declaración IRPF por haber marcado tributación individual en vez de conjunta por error
En mi caso, esto me ocurrió justo hoy domingo 17 de Abril. Aunque veo que hay comentarios diciendo que Hacienda ya había corregido este problema y ahora me entra la duda de si habrá sido un error mio al pulsar sobre el "Presentar Declaración" que no debía. En cualquier caso, mañana mismo voy a ir a hacienda y presentar un escrito con la anulación si resulta necesario. Saludos
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fflin 31/03/16 21:00
Ha respondido al tema Cambiar seguro vida y de hogar con el banco de la hipoteca
Estoy dudando entre un seguro de vida normal en el que el beneficiario sería mi conyuge y un seguro de vida hipoteca en el que el benficiario sería el banco en el que tengo la hipoteca. En ambos casos, pretendo que sea por fallecimiento e invalidez absoluta y que la cantidad sea la de la hipoteca que me queda por pagar en el banco. Como supondrás, sea uno u otro, mi objetivo es que mi familia quede cubierta y pueda cancelar la hipoteca del banco en el caso de que me pase algo a mi. Sé que en el caso de que el beneficiario sea un familiar (conyuge, hijo o quien sea), el capital recibido se declarará en el impuesto de sucesiones y, por tanto, es probable que tras pagar ese impuesto el dinero recibido no sea suficiente para cancelar la hipoteca del banco. En el caso de que el beneficiario sea el banco, si el capital es el que queda de hipoteca, ¿se cancela totalmente la hipoteca del banco? ¿como es el trato que recibiría mi familia desde el punto de vista fiscal, por ejemplo, a ellos les supondría un incremento de patrimonio a la hora de realizar la declaración del IRPF al año siguiente? ¿podría ser que el banco, aún recibiendo la cantidad asegurada, pudiera decir que el capital recibido no cubre la hipoteca debido a que ellos también tienen que descontar impuestos de ese capital recibido? En el fondo, mi pregunta es si es mejor un seguro de vida normal o uno con beneficiario el banco. Gracias y Saludos
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fflin 18/01/14 16:52
Ha respondido al tema Renta Asegurada Vitalicia 101- Santander. Un ejemplo práctico.
Sigo intentando aportar luz sobre este tipo de "inversion" en renta vitalicia. No obstante, lo que voy a comentar a continuación sigue invitando a mirarlo como una inversión si no tienes intencion de rescatar el dinero antes del fallecimiento. El fallecimiento es el unico caso en el que vas a recuperar "todo" el capital, incluso un poco más (el 101%)- claro salvo lo que te dejes en el impuesto de sucesiones - Al parecer la fiscalidad es de esta forma: "Solamente un porcentaje de la renta que se percibe se considera rendimiento del capital mobiliario (con vistas al IRPF), variando este en funcion de la edad del perceptor de la renta en el momento de la contratacion del seguro y permaneciendo invariable durante toda la vida del producto, en tanto no se modifique la legislacion aplicable" A este texto acompaña una tabla por edades. Por ejemplo si la edad al contratarlo es >=70 en vez de sufrir una retencion del 21%, en este caso la retencion es del 1,68% (ahorro fiscal del 92%). Para otras edades es otro porcentaje. Por tanto, tiene este tipo de ventaja fiscal. Pero, !OJO!, si rescatas el capital antes del fallecimiento no solo vas a recibir menos capital que la prima inicial si no que, al parecer, todos los ahorros fiscales que te "ahorraste" de pagar a Hacienda durante los años que se estuviera cobrando la renta, los vas a tener que devolver. No me preguntes como, no soy un experto en declaraciones. Por otro lado, me han comentado que tambien el seguro de vida tiene ventajas fiscales desde el punto de vista del impuesto de sucesiones para el que conste como beneficiario. Me han hablado de 9500€ de reducción si el beneficiario es el conyuge y mayor(el del banco hablo de 25000€) en el caso de que el beneficiario sean los hijos. No obstante, esto todavia lo tengo en duda, por mas que miro la ley del impuesto de Sucesiones no encuentro o no sé captar la diferencia entre "heredar" el dinero a traves de un seguro de vida o heredarlo directamente (me refiero, por ejemplo a traves de una cartilla o inversion en deposito,plazo fijo o similar). Igual me atrevo a abrir un tema en otro foro y consulto al respecto. En cualquier caso como veis son solo ventajas si la inversión se recupera tras el fallecimiento, pero nunca antes. Por ello, solo se pude hacer este tipo de inversión si se considera que no se va a necesitar ese capital en un futuro. Imaginate que tienes que meter a tus padres en una residencia de la tercera edad y que tienes que rescatar el dinero de este tipo de seguro de renta vitalicia. Vas a palmar mas "perres" que las que le dejas a Montoro todos los años. Saludos
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fflin 15/01/14 18:36
Ha respondido al tema Carta Gestión Fondos Inversión Santander
Yo tambien he recibido recientemente esa carta de la que hablas oceanodedudas. La verdad es que la he recibido hace poco, pero la noticia debe ser antigua, pues ya hay una publicacion en "El mundo" de Mayo de 2013 sobre el tema http://www.elmundo.es/elmundo/2013/05/30/economia/1369939922.html La verdad es que no le he dado importancia al cambio de gestora, o mas concretamente, al cambio de los dueños de la gestora que me gestiona mis fondos. Espero que lo hagan siempre mejor que antes. Ellos se lo guisan y ellos se lo comen
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fflin 15/01/14 18:20
Ha respondido al tema Renta Asegurada Vitalicia 101- Santander. Un ejemplo práctico.
Aporto nuevos datos sobre la oferta. Se trata de una Renta asegurada Vitalicia 101. En la pagina web del Santander, en las coberturas del producto hablan de: "El asegurado recibirá una remuneración mensual durante la vida del asegurado, y el pago del 101% de la inversión inicial a sus herederos legales en el momento de su fallecimiento. La rentabilidad varía ligeramente en función de la edad del asegurado." No hablan para nada de Inversion vinculada, aunque supongo que la habrá. Mañana iré a hablar con el asesor y me enteraré bien. Me imagino que lo del 101% será solo en caso de fallecimiento, pero que si lo quiere recuperar antes acudiremos al metodo de calculo del Valor de Rescate explicado en los correos anteriores y que esta ligado al precio de la inversion vinculada. Por otro lado lo del 101% en caso de fallecimiento, supongo que será de ambos conyuges en mi caso (es "dificil" que ambos mueran a la vez) y no creas que me hace mucho "tilin" lo del 101% ya que habrá que descontar el bocado que se lleva hacienda con el "impuesto de sucesiones". Aunque aseguren se recuperase el 101% de la inversion inicial en caso de fallecimiento no me gusta nada el asunto
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fflin 15/01/14 17:58
Ha respondido al tema Renta Asegurada Vitalicia 101- Santander. Un ejemplo práctico.
Gracias por tu respuesta, joseasturias. No sé si me he liado, pero me ha quedado claro que para recuperar el 100% de la provisión matematica (que, de por sí ya no es el 100% de la inversión inicial) debes asegurarte que el valor de la IV en la fecha de "mi" rescate sea superior al valor de la IV en la fecha de "mi" contratación. En la oferta que le han hecho a mis padres no aparece cual es la IV, aparece el dato de la renta mensual, del tipo de interes técnico (3,25%) e incluso las retenciones a aplicar (muy inferiores al 21%, de ahi mi pregunta en el mail anterior sobre la fiscalidad). Pero desde luego, no aparece la inversion vinculada. La verdad es que tengo un "problemon" con donde invertir el dinero de mis padres. Imposible renta variable ya que , por "filosofia de vida" mis padres lo han prohibido. Lo de renta asegurada Vitalicia no me gusta, pues me parece incluso peor que la renta variable, en el sentido que tambien depende del mercado de renta fija. Los intereses de depositos por los suelos. Si a eso le sumamos que mis padres quieren la seguridad de una "gran banco" como BSN (la verdad es que con las preferentes se portaron de P.M.) no tengo mucho donde escoger. Me veo en Openbank a 4 meses al 2%, eso siempre que les demuestre que openbank es lo mismo que BSN. Admito sugerencias.
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fflin 15/01/14 10:05
Ha respondido al tema Renta Asegurada Vitalicia 101- Santander. Un ejemplo práctico.
Hola, joseasturias. Si eres de donde indica tu nick, seguro que eres buena gente. Y aunque no seas de ese lugar, gracias por el ejemplo. Te cuento a mis padres le han ofrecido en BSN una inversion similar a la que tu muestras en el ejemplo. La cantidad es similar y el interes ofrecido parece un poquito mas bajo. Quisiera que me aclarases una duda sobre el Valor de Rescate. Por ejemplo en el caso que tu indicas: - El precio de la inversion vinculada en la fecha de contratacion es del 115,74% del valor nominal - Vamos a suponer que tras el 2º año deseas proceder al rescate y que el precio de la inversión vinculada en la fecha de rescate sea del 108,69% del valor nominal (por tomar un dato similar al que das tú en la fecha del mensaje) -Acudiendo a la formula del Valor de rescate=Provisión Matemática*Precio de la Inversión Vinculada en la fecha de rescate/Precio de la Inversión Vinculada en la fecha de contratación, a mi me sale que el rescate se produce por: 58614,14 * (108,69/115,74)=55043,81 €. Es decir, si el precio de la inversion vinculada en la fecha del rescate es menor que en la fecha de contratación ni siquiera llegas a rescatar el valor indicado en la provision matematica. En el supuesto que yo te detallo, todavia sería mucho mas pequeño e, incluso, llegas a perder dinero (55043,81 + la renta de 2 años (3659,04)) es menos que los 60000 de la inversion inicial. Este supuesto caso que yo te detallo, ¿es correcto? En caso de ser asi, todo depende de si el precio de la inversion en la fecha de rescate es menor o mayor que en la fecha de contratación. Yo no se como funcionan estos mercados, pero desde el punto de vista de un ignorante, parece raro que, si los intereses de los bonos siguen cayendo el precio de la inversion en el futuro debe ser mayor en vez de menor, pues conseguir dentro de unos años una inversion en bonos que te paguen el 6% no creo que sea muy facil y por tanto el precio de esos bonos a los que esta vinculada la inversion deberia ser superior al 115,74% que tenia en el momento de la contrataco ¿o no? Espero haberme explicado. ¿Que es lo normal que los precios de la inversión vinculada suba o baje respecto al actual? Por dar mas datos, a fecha de hoy, el bono estado espñol 6% VTO:31/01/29 es del 118,8% (http://www.boerse-berlin.com/index.php/Bonds?isin=ES0000011868) es decir, si este fuese el valor en la fecha del rescate te aseguras la provision matematica como precio de rescate. Una ultima cuestion. ¿La renta mensual/trimestral o como sea de este producto esta sometida al 21% de retencion de Hacienda como otros? Y en el momento del rescate, al ser el valor menor que la inversión inicial, ¿en la declaracion de renta del año que se rescatase figuraria como un Decremento de patrimonio? Saludos
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fflin 31/01/13 21:00
Ha respondido al tema ¿Mapfre respeta las boniicaciones del conductor ocasional cuando pasa a ser habitual?
Gracias Emmamani. No se si me he explicado bien, pero efectivamante eso es lo que me aseguraron, que internamente, en Mapfre, le darían una bonificación si el día de mañana pasa a ser el conductor habitual de algún vehículo y no ha tenido partes de accidentes. Para otras compañias no lo pueden ver somo conductor habitual y, por tanto, no podrían darle bonificación. Mi duda es, si eso es "palabra" de la compañia Mapfre (que en algun momento se la puede llevar el viento) o esta escrito en algún papel de condiciones generales o particulares del seguro de Mapfre.
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