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Participaciones del usuario Drstrangelove

Drstrangelove 27/04/15 12:33
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Hola buenos días, a mí sí me deja entrar, sólo que no me deja operar, y tampoco hay tiempo real. Como recomendación, bajaros todos los documentos (contrato, reembolso, etc.) y guardarlos en vuestro ordenador, por si las moscas. Respecto a lo que dice Rome55, se refiere a lo que se comenta en esta noticia: http://www.expansion.com/mercados/fondos/2015/04/26/553d2b0822601d611a8b4570.html Si Interdin es reconocida como Institución de Inversión Colectiva (IIC), entonces el capital de la cuenta omnibús se segregaría de la masa concursal y se devolvería ipso-facto; en definitiva y a grandes rasgos, recibiría el mismo trato que los fondos y SICAVs de los que BM era el depositario, que se salvarían del concurso de acreedores. Esta es la solución que quiere la CNMV (que ahora gestiona Interdín), pero no es la quieren los ACs del BancoMadrid, que quieren meterlo todo en la masa concursal. Al final será el juez el que decida. De todas formas, Interdín está inscrita en la CNMV como "Empresa de Servicios de Inversión", tal y como viene en el contrato tipo y en la web de la CNMV: http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/ESI/ESIS.aspx?nif=A-59343772 vamos que no es una IIC. Aunque seguro que a la ley se le pueden dar muchas vueltas (sólo hay que ver este foro), veremos si los de la CNMV están avispaos con las interpretaciones legales y se ganan su sueldo.
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Drstrangelove 26/04/15 15:52
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Hola buenos días, a la vista de la infografía que han colgado: https://www.concursobancomadrid.info/wp-content/uploads/2015/03/Infografia-concursal-ok.jpg entiendo que ahora nos encontramos en el punto 4 (circularización acreedores). La aceptación del concurso de acreedores se aprobó el 25 de Marzo, y se publicó el 8 de Abril. Para esta fase se abrió un plazo de un mes que acabará el día 8 de Mayo, fecha límite para que los acrredores de BM, entre los que se encuentran Interdin, comuniquen su saldo acreedor a la Administración Concursal. Aparte, el AC tiene entre dos y 4 meses a partir del 8 de Abril, para realizar un informe con la lista de acreedores y el patrimonio del banco. En resumidas cuentas, que si Interdin no se declara en quiebra, y BM tiene saldo para todo el mundo, a más tardar podremos empezar a operar de nuevo en Septiembre; y si se declara en quiebra y hay que abrir otro proceso por el FOGAIN para la devolución de la pasta, me parece a mí que hasta final de año no vemos un duro...
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Drstrangelove 21/04/15 13:24
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Sin ánimo de hacer publicidad, aquí hay otra asociación de afectados por el Banco Madrid, aunque estos al menos se dignan en poner información y comunicados en su web: http://www.delorenzoabogados.es/afectados-banco-madrid.php
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Drstrangelove 17/04/15 13:37
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Según dice la noticia: "Según los datos oficiales, con los 136 millones del patrimonio neto se hará frente los “activos intangibles” [...], las participaciones en empresas del grupo BPA, 36,4 millones, [...]." ¿Está la omnibús de Interdin ahí metida, en esos 36'4 millones? ¿Cuanto tiempo tardará la familia andorrana Cierco en aflojar los 136 millones para hacer frente a todas las contingencias de la liquidación? Me auto-edito: los 136 millones es el patrimonio neto de los Cierco en Banco Madrid, vamos que se pueden coger "mañana mismo" (aunque sea un decir). ¿Podremos confiar en que la liquidación será rapidita y sin contratiempos? ¿Estaremos operando de nuevo antes del verano?
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Drstrangelove 15/04/15 11:46
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Hola, voy a ir asimilando poco a poco tus dos mensajes, magníficos por otro lado. Estaría bien que enlazaras la Ley Concursal a la te que refieres en tus textos; así los demás podríamos corroborar las condiciones que has puesto. Pero sin duda alguna, si es cierto que no hace falta la unanimidad total de todos los acreedores, esto añade un nuevo dilema con el que no contaba.
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Drstrangelove 15/04/15 09:59
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
¿Escueto? A mí me han mandado lo siguiente: -Una primera parte con TODAS las posiciones abiertas y cerradas durante el año 2014, y un resumen final con la suma de las operaciones positivas y negativas. El balance patrimonial es la diferencia entre ambas cantidades. Eso es lo que debes declarar en el IRPF. (obviamente es responsabilidad de cada cual comprobar que los cálculos de esta parte están bien hechos). -Otra segunda parte con las posiciones abiertas a 31 de Diciembre de 2014, el saldo de mi cuenta y la parte retenida en forma de garantías por las posiciones abiertas. Una vez más lo repetiré: esto NO es lo que debes declarar en el IRPF. Si no te han mandado nada de esto, entonces reclama, porque te lo tienen que dar.
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Drstrangelove 15/04/15 09:52
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Da igual lo que compres, acciones, cfds, opciones, bonos convertibles, letras del tesoros, oro, plata, bitcoins, etfs de viviendas en Seseña... Tu pérdida/beneficio es la diferencia entre la apertura y el cierre de la posición (menos comisiones + intereses/dividendos en caso de recibirlos). Si mantienes una posición abierta a fin de año, no se computa; sólo computará cuando la cierres. Si al final de año tienes menos saldo que al principio, tampoco computa; supongo que esto es lo que ha confundido a algunos. La cuestión es lo que has ganado/perdido con las posiciones cerradas. Si tienes menos saldo, será porque tendrás posiciones abiertas; hasta que no las cierres no sabrás si has ganado o perdido. Otra teoría que circula consiste en que a las ganancias hay que restarle la garantía a final de año; igualmente esto no es así; si parte del saldo son garantías, será por las posiciones abiertas; una vez más, lo repetimos: hasta que no cerréis esas posiciones no sabréis si habéis ganado o perdido, y no debéis incluirlo en la declaración. Un saludo.
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Drstrangelove 15/04/15 01:52
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
La información fiscal es correcta, aunque algunos creais que no. Sólo se tienen en cuenta las posiciones abiertas y cerradas durante el año; la diferencia entre la apertura y el cierre marca el beneficio o la pérdida de la posición, y al final se suma y resta todo. Aparte que es lo lógico, eso supondría el total de pérdida o ganancia patrimonial. Algunos supongo que habréis caído en el típico error de haber metido un dinero "X" en la cuenta del broker, y al acabar el año teníais un saldo de efectivo inferior, y pensábais que teníais "pérdidas", pero eso no funciona así. Voy a explicarlo con un ejemplo sencillo: imaginad que metéis 40000€ en vuestra cuenta y compráis opciones por valor de 3000€; antes de que acabe el año las vendeís por 6000€, por lo que tendríais un saldo de 43000€ y una ganancia patrimonial de 3000€; después de esta exitosa operación vais a por todas y antes de que acabe 2014 volvéis a comprar opciones por 8000€, y no las vendéis hasta el fatidico 16 de Marzo del 2015 ----> a 31 de Diciembre de 2014 tendríais un saldo de 43000 - 8000 =35000€, y unas opciones que hasta que no las vendáis no sabreís si vuestro saldo será mayor o menor. Alguno se habrá imaginado que "ha perdido" 5000€ y que eso debe declarar en el IRPF, cuando en realidad a todos los efectos tiene una ganancia patrimonial de 3000€ en el 2014 y unas opciones en la cartera que hasta que no las venda no sabrá si ha ganado o perdido. Lo único que tenéis que cercioraros es si las comisiones se ha incluido en la declaración fiscal; en caso contrario, deberéis restarlas de los beneficios (o sumarlas a las pérdidas). Un saludo.
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