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Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

48 respuestas
Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
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Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años
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#1

Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Buenos días. He leído algo en el foro, pero no me acaba de aclarar si cobrando una pensión por incapacidad permanente total, con el 75%, se puede compatibilizar con el subsidio para mayores de 52 años. Sí que reúne todos los requisitos para el subsidio, pero le acaban de conceder la incapacidad con 55 años y cobra 940€. Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo 
#2

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Sin entrar en los requisitos de rentas,  para tener derecho a subsidio por mayor de 52 años percibiendo una IP,   tendría que tener cotizados 15 años después de la concesión de la incapacidad.
No creo que sea este caso.

Salvo mejor opinión.
Saludos.

#3

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Muchas gracias por tu  respuesta y por la rapidez, Angelneu. No, no es el caso. Tenía entendido eso, pero alguien me dijo que sí era compatible si se trabajaba un año y se generaba desempleo. Duda aclarada. Muchas gracias 
#4

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Hola Maria1962, te explico cómo funciona la compatibilidad entre la pensión por incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años:

  1. Pensión por Incapacidad Permanente Total:

    • La pensión por incapacidad permanente total es compatible con el trabajo, siempre y cuando sea para una ocupación diferente a la que dio lugar a la incapacidad.
    • Si estás cobrando esta pensión, también puedes recibir ingresos adicionales, siempre y cuando no superen ciertos límites establecidos por ley.
  2. Subsidio para Mayores de 52/55 Años:

    • Este subsidio está destinado a personas mayores de 52/55 años que están en situación de desempleo y cumplen con una serie de requisitos, como haber cotizado al menos 6 años para el desempleo a lo largo de su vida laboral y cumplir con los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.
  3. Compatibilidad:

    • No Compatible: En general, la pensión por incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años no son compatibles si la suma de ambos ingresos supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
    • Ingresos: Dado que mencionas que la pensión es de 940€, es probable que los ingresos anuales ya superen el límite permitido para cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
  4. Revisión de Situaciones Personales:

    • Es importante revisar la situación individual y, si es necesario, consultar con un asesor o directamente con el SEPE para obtener una respuesta específica a tu caso.

En resumen, aunque se reúnan todos los requisitos para el subsidio de mayores de 52 años, si los ingresos derivados de la pensión por incapacidad permanente total superan los límites establecidos, no sería posible compatibilizar ambos beneficios. Un saludo!

#5

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Hola Maria1962 y Angelneu!

Angelneu, tienes razón en que no es común que se pueda compatibilizar una pensión por incapacidad permanente con el subsidio para mayores de 52 años debido a las restricciones de cotización y los requisitos de ingresos.

Maria1962, lo que te comentaron sobre trabajar un año y generar derecho a desempleo podría referirse a que, si una persona con una pensión por incapacidad permanente total vuelve a trabajar y después pierde ese empleo, podría generar derecho a prestaciones por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos de cotización y demás condiciones específicas.

Para que quede más claro:

  1. Subsidio para Mayores de 52 Años:

    • Requisitos Generales: Entre otros, haber cotizado al menos 15 años en total y cumplir con el requisito de cotización por desempleo.
    • Rentas: No superar ciertos límites de ingresos.
  2. Compatibilidad con Pensión por Incapacidad Permanente Total:

    • En principio, no son compatibles si los ingresos de la pensión superan los límites establecidos.
    • Trabajar y cotizar nuevamente podría abrir la posibilidad de acceder a prestaciones por desempleo o subsidios, pero esto depende de las circunstancias específicas y de los periodos de cotización acumulados después de la concesión de la pensión.

Si la persona vuelve a trabajar y cumple con los requisitos para generar una nueva prestación por desempleo, podría solicitarla. Sin embargo, en la mayoría de los casos, el subsidio para mayores de 52 años no se puede percibir conjuntamente con la pensión por incapacidad permanente total debido a los límites de ingresos y cotizaciones.

Espero que esta aclaración te sea útil. Saludos!

#6

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Se podría si no estás cobrando según los requisitos para el subsidio de más de 52, es decir, creo que no más del 75 del salario base o algo así 
#7

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Me imagino que no
#8

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Entonces, si en un proceso de revisión pierdes la IP, y has cotizado toda tu vida, que tiene que pasar para que puedas cobrar el subsidio de mayores de 55 años? 
#9

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Para acceder al subsidio para mayores de 52 años en España (anteriormente conocido como subsidio para mayores de 55 años), es necesario cumplir con una serie de requisitos específicos. En el caso de haber perdido la incapacidad permanente (IP) durante una revisión, y habiendo cotizado toda tu vida, aquí te detallo los requisitos que tendrías que cumplir:

  1. Edad: Tener cumplidos 52 años o más.
  2. Situación de desempleo: Estar en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
  3. Cotizaciones: Haber cotizado por desempleo al menos durante 6 años a lo largo de tu vida laboral.
  4. Derecho a pensión de jubilación: Debes acreditar que reúnes todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español.
  5. Renta: No tener ingresos propios que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  6. Cotizaciones por jubilación: Haber cotizado al menos 15 años para la jubilación, de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud del subsidio.

Si cumples con estos requisitos, podrías acceder al subsidio para mayores de 52 años tras haber perdido la incapacidad permanente. Es importante tener en cuenta que los requisitos pueden cambiar y es recomendable consultar con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o con un asesor especializado para obtener información actualizada y específica sobre tu caso. 
#10

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Gracias!! 
#11

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Veo un error en lo que comentas:
 
  • No Compatible: En general, la pensión por incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años no son compatibles si la suma de ambos ingresos supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
No se suman ambos ingresos para saber si supera el 75% del SMI.
Todos los ingresos que tenga la persona, excepto el propio subsidio, sumados, no pueden superar el 75% del SMI. Sin sumar el subsidio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#12

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

A día de hoy, existe un subsidio por retirada de la incapacidad permanente por mejoría. Por lo tanto puede acceder a este subsidio si le retiran la incapacidad permanente.
Y luego, uno de los requisitos para el subsidio de mayores de 52 años es cumplir los requisitos para otro subsidio, así que el paso de uno a otro es instantáneo.
Pero ojo, que esto cambia el 01 de Noviembre, desaparece el subsidio por retirada de la incapacidad permanente, por lo tanto tendría que cotizar 90 días para acceder al subsidio para mayores de 52 años tras la retirada de la incapacidad permanente.
Eso si no tiene derecho a paro, porque la retirada de la incapacidad es situación legal de desempleo y las cotizaciones se restauran y se pueden usar para pedir el paro (si le corresponde).

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#13

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

A ver yo ahora mismo tengo dos años de paro. Que no he usado porque sigo trabajando , llevo 18 meses de baja, si me dan una IP, y la pierdo. Tengo paro? Tengo subsidio 52 años? Todo esto como sería ahora y como sería desde el 1 de noviembre... ? 
#14

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Tienes razón, y pido disculpas por el error. Vamos a corregir la información:

Para acceder al subsidio para mayores de 52 años, los ingresos de la persona, excluyendo el propio subsidio, no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual. Es decir, se consideran todos los ingresos que la persona tenga, excepto el subsidio.

Detalle de compatibilidad e ingresos:
  • Compatibilidad de la pensión y el subsidio: La pensión por incapacidad permanente total y el subsidio para mayores de 52 años pueden ser compatibles siempre y cuando los ingresos totales de la persona (excluyendo el subsidio) no superen el 75% del SMI en cómputo anual.

Ejemplo Práctico:
  1. Cálculo del 75% del SMI:

    • Supongamos que el SMI en 2024 es de 14.000 euros anuales.
    • El 75% del SMI sería 10.500 euros anuales.
  2. Ingresos de la persona:

    • Si la persona recibe una pensión por incapacidad permanente total de 8.000 euros anuales.
    • Y tiene otros ingresos (por ejemplo, rentas de alquiler) de 2.000 euros anuales.
    • Los ingresos totales serían 10.000 euros anuales (8.000 + 2.000).
  3. Comparación con el 75% del SMI:

    • Como 10.000 euros es inferior a 10.500 euros, la persona cumpliría con el requisito de ingresos para recibir el subsidio.

Requisitos Específicos para el Subsidio para Mayores de 52 Años:
  1. Edad: Tener cumplidos 52 años o más.
  2. Cotizaciones para la jubilación: Haber cotizado al menos 15 años en total, de los cuales al menos 2 deben haber sido dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud.
  3. Situación Legal de Desempleo: Estar desempleado.
  4. Inscripción como Demandante de Empleo: Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el cese de la última relación laboral.
  5. Carecer de Rentas: No tener ingresos superiores al 75% del SMI, excluyendo el propio subsidio.

Espero que esta corrección sea de ayuda. Saludos!
#15

Re: Incapacidad permanente y subsidio mayores 52 años

Y esa cotización puede ser por convenio?