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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#52816

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días, espero que estéis bien dentro de lo que cabe. 
Tengo una duda y nose si alguien me la podría pasar que haya pasado por esto o si José Luís puedes ayudarme por favor. 
Tengo que renovar el grado de discapacidad y esta es la primera vez que lo renuevo, me toca de aquí un mes y nose como gestionarlo porque la otra vez me ayudo la trabajadora social del centro donde voy pero hace dos años que no voy con ella. 
Entonces necesito saber si ellos me envían la cita sin que yo pida cita ni nada y si tengo que reunir informes para la visita o ellos ya lo ven todo en su ordenador. 
Mi situación sigue la misma no ha habido cambios, pero tal como son, mi duda es pueden bajar el grado de discapacidad porque sí? O se guían por los informes. 
Muchísimas gracias a todos y espero que os vaya bien.
#52817

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Nadia, en la comunidad de Madrid (no se si es igual en todas las comunidades) para la primera revisión tienes tu que entregar (telemática o presencialmente) la solicitud de revisión obligatoria junto con los informes tres meses antes de la fecha de caducidad que viene en la resolución. 
Ellos ya se encargan de llamarte y verte antes de la fecha.

Te pongo mi ejemplo:

45% el 9 de noviembre de 2022 por dos años.

En agosto del 2024 entregué la solicitud y los informes 

A primeros de noviembre me llamaron para darme cita presencial para el 7 de noviembre de 2024, el 8 emitieron resolución subiendo al 65% y el 9 ya constaba en mi carpeta ciudadana y a finales de noviembre me enviaron una carta certificada con la resolución y la nueva tarjeta.

Me han dado el 65% por 5 años pero ya no tengo que hacer nada más, ellos, para finales del 2029 se encargan de ver los informes que haya en el sistema y de la renovación.

Un saludo 
#52818

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luís muchas gracias por responderme tan rápido. 
Soy de Barcelona y no sabia que se tenía que hacer con tanto tiempo de antelación. 
Ahora que debería hacer? Nose a quien llamar para preguntar por este tema. 
Yo tengo un 63% de grado.
Gracias José Luís por ser tan atento siempre.
#52819

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Nadia, tienes que preguntar en el sitio donde te vieron para darte la discapacidad que te dieron.

De todas las maneras todo lo que te he explicado viene en la resolución donde te dieron la discapacidad.

Un saludo 
#52820

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Vale muchas gracias José Luís, tendría que buscar la carta porque nose donde la tengo y sobre el sitio no es en el pueblo donde vivo tendría que llamar allí o llamar al 012. 
Gracia  José Luís 
Un saludo 
#52821

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luis, 
A mi este año me han dado el 75% para el 2030. En principio, no veo necesario por mi parte que me lo revisen, aún así tengo que hacer esa solicitud 3 meses antes? Me dijeron que tan solo si hubiera un empeoramiento adjuntara informes... Aunque fue una llamada por teléfono y no lo recuerdo 100 %
#52822

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Marineta, el 75% ha sido concedido como primera vez o es de la primera revisión?

Te aconsejo te leas tu resolución, en ella pone su tienes que entregar informes tres meses antes o si no tienes que hacer nada y ellos emiten una resolución antes de la fecha del 2030 con la nueva puntuación y la tarjeta con la nueva fecha o si la dan ya con carácter permanente.

Es que a unas personas se las conceden permanentemente, a otras por dos años, tres, cuatro, cinco y según lo que ellos quieran hacer te revisan de una manera u otra. Siempre viene explicado en la resolución como vas ser la siguiente revisión de esa persona cuando no se concede con carácter definitivo.


Un saludo 
#52823

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luis, 

Alfinal no he encontrado la carta pero me han contestado del 012 y me han explicado y también me han mirado el estado de mi revisión y aún no les salía fecha. 
Lo que me han explicado es lo siguiente: que yo no tengo que hacer nada solo preparar los informes de la psiquiatra y esperar a que me llegue una carta certificada donde me pondra la fecha que tengo que ir para la revisión. Es una revisión presencial!!

Un saludo
#52824

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entonces en Cataluña funciona de diferente manera que en Madrid a la hora de tramitarlo. Lo que si es común es que la primera revisión es presencial, lo fue la mía en su día y ahora lo va a ser la tuya.

A preparar informes 🫂
#52825

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias José Luis, cuando pase todo os contaré que tal ha ido🫂
#52826

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ahora lo leeré. La discapacidad me la han dado este año y la fecha de revisión es el 2030. Luego miro la resolución a ver si pone algo. 

Un saludo 
#52827

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Jose Luis,
Esto es lo que me pone:

 FECHA DE REVISIÓN: XX  de XXXXXX de 2030
Esta resolución surtirá efectos desde el XX de XXXXXX de 2023 y tendrá validez en todo el territorio
del Estado.
La Administración revisará de oficio el grado de discapacidad en la fecha prevista de revisión en esta
resolución. No obstante, si la Administración competente no ha revisado el grado de discapacidad en
plazo por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que se
emita una nueva resolución según lo dispuesto en el Art.12.4 del R.D. 888/2022, de 18 de octubre
Asimismo, la persona interesada podrá instar la incoación del procedimiento de revisión a partir de la
fecha prevista en la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad, para el caso de que la
Administración no haya iniciado la revisión de oficio.
Excepcionalmente, si antes de la fecha prevista para la revisión se acredita documentalmente que se
han producido cambios sustanciales en las circunstancias que motivaron el reconocimiento del grado
de discapacidad, el interesado podrá presentar solicitud de revisión.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de
conformidad con el Art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la Jurisdicción Social
(BOE de 11/10/2011) en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de recepción
de la misma, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
de la Comunidad de Madrid.

No parece que tenga que hacer nada, no?

Un saludo

#52828

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No tienes que hacer nada, es el mismo texto que me han puesto a mí después de la primera revisión donde me han concedido el 65% por 5 años.
Ellos ya se encargan de repasar tu expediente, ver informes y emitir otra nueva resolución, esperemos que ya sea con carácter permanente y con un grado igual o superior al que tienes ahora.

Un saludo 
#52829

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias José Luis!!! 
#52830

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ellos miran los informes sin qué yo se los envié? Para la resolución si les fui enviando.