Hola Joaquin,, a ver,,, hay dos supuestos:
Que en tu resolucion sea la posible revision antes de los dos años, y te aparezca la prevision de mejoria que conlleva la reserva de puesto de trabajo,,, En este caso estas suspendido, no extinguido... Y la nueva ley nada tiene que ver con este supuesto,, esto sigue igual,,,
Que en tu resolucion la posible revision sea a partir de los dos años, y no te aparezca esa prevision de mejoria con reserva de puesto,, Aqui estarias extinguido, y como la ley aparecera en el BOE a posteriori, no creo que te pudieras beneficiar , a menos que demandaras judicialmente una reclamacion de derecho , solicitanto incorporacion y reubicacion amparandote en la sentencia del TJUE...
Entiendo que si el sindicato te ha dicho que estas despedido ( extinguido) es porque han mirado tu resolucion y no consta la reserva de puesto de trabajo, ni en la tuya , ni en la de la empresa,,, Lo que te perjudica es que no has llegado a plazo de esa ley,, te concedieron la IP unos dias antes,, y lamentablemente las leyes son asi,,,, entras en plazo o no entras...
un saludo