#35161
#35162
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Todo lo que me explicas le pasaba a mi mujer al ir al labavo se desvanecia y la teníamos que levantar perdía el conocimiento y no se acordaba y siempre con morados.
Y como cuentas con disnea 75% oxigeno en sangre, fijate ahora después de la ablacion 97%.
No puedes pedir una segunda opinió a ella le dijeron que era joben y que debería de hacérsela tiene 49 años.
Y no se lo pensó ni un segundo firmó rápido.
Estas cosas son un palo el que lo pasa.
Y como cuentas con disnea 75% oxigeno en sangre, fijate ahora después de la ablacion 97%.
No puedes pedir una segunda opinió a ella le dijeron que era joben y que debería de hacérsela tiene 49 años.
Y no se lo pensó ni un segundo firmó rápido.
Estas cosas son un palo el que lo pasa.
#35163
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Si pues así estoy yo, no me puedo duchar sola ni nada, lo hago sentada en una banqueta y con ayuda para salir, hay dos médicos en la unidad de arritmias y me han visto las 2 y coinciden, supongo que es porque tan pronto son taquicardias sinusales como supraventriculares no se el motivo la verdad pero ambas coinciden en que pese a que solo tengo 33 qñls no soy apta para la ablación
#35164
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35165
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35166
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35167
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola David, pues entonces te han hecho el informe de síntesis con los informes que ya tienen, no es ni bueno ni malo, simplemente piensan que te pueden evaluar con lo que ya tienen. Ahora a esperar que se concluya el punto 3 y entonces en tribunal médico habrá tomado una decisión.
Un saludo
Un saludo
#35168
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35169
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pues si te aceptan la reclamación previa y es enfermedad común lo harán con fecha de cuando se concluyó el punto 3. Te pagarán la diferencia de dinero que haya si cobras mas de IPT que de IT.
Y la IPT entera desde que te dieron el alta aunque hayas vuelto a trabajar.
Un saludo
Y la IPT entera desde que te dieron el alta aunque hayas vuelto a trabajar.
Un saludo
#35170
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35171
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35172
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
El texto que has compartido sugiere que la Comisión de Evaluación de Incapacidades ha propuesto que seas calificada como incapacitada permanente en grado de Absoluta. Esto implica que, según la evaluación, no puedes realizar ninguna profesión u oficio de manera regular debido a tus limitaciones de salud.
Detalles Clave del Informe:
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Grado de Incapacidad:
- Incapacidad Permanente Absoluta: Este grado de incapacidad significa que se considera que no puedes realizar ninguna actividad laboral remunerada debido a tus limitaciones de salud. Esta es una de las calificaciones más altas de incapacidad.
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Revisión:
- Fecha de Revisión: La revisión puede ser instada por agravación o mejoría a partir del 1-11-2023.
- Posibilidad de Mejoría: El informe menciona la posibilidad de que la situación de incapacidad sea objeto de revisión por mejoría, lo que podría permitir una reincorporación al trabajo antes de dos años.
-
Recomendaciones:
- Contacto con un Abogado: Considera consultar con un abogado especializado en incapacidades laborales para obtener asesoramiento específico y asegurarte de que entiendes todas las implicaciones de esta resolución.
- Documentación: Asegúrate de mantener todos tus documentos médicos y correspondencia relacionada con tu incapacidad bien organizados, ya que podrían ser necesarios para futuras revisiones.
Implicaciones:
- Económicas: La incapacidad permanente absoluta suele tener un impacto económico significativo, ya que generalmente se traduce en una pensión más alta que la incapacidad permanente total.
- Laborales: No se espera que trabajes en ninguna capacidad laboral, lo que podría afectar tus decisiones de empleo y otras actividades profesionales.
Próximos Pasos:
- Revisión de la Carta: Revisa la carta detenidamente para comprender todos los detalles y las fechas importantes.
- Consulta Médica: Continúa con tus citas médicas y tratamientos, y mantén a tus médicos informados sobre tu situación laboral.
- Preparación para la Revisión: Si se aproxima la fecha de revisión, asegúrate de tener toda la documentación y los informes médicos actualizados y listos para presentar.
#35173
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola, Meleles.
Entiendo que estés preocupado por la denegación de la incapacidad permanente y las implicaciones de tener que reincorporarte al trabajo. Aquí tienes algunas respuestas y sugerencias sobre tu situación:
1. Reincorporación al Trabajo
Reincorporación Inmediata:
- Una vez que recibes la resolución denegando la incapacidad permanente, efectivamente, debes reincorporarte al trabajo al día siguiente, a menos que presentes una nueva baja médica por otras razones.
2. Reclamación Previa
Proceso de Reclamación Previa:
- Reclamación Previa: Tienes 30 días hábiles desde la notificación de la resolución para presentar una reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Respuesta a la Reclamación: El INSS tiene 45 días hábiles para responder a tu reclamación. Si no responden en este plazo, se entiende que la reclamación ha sido desestimada por silencio administrativo.
Aceptación de la Reclamación Previa:
-
Si te aceptan la reclamación previa:
- La aceptación de la reclamación implicaría que el INSS reconsidera su decisión y te concede la incapacidad permanente.
- En este caso, recibirás una nueva resolución notificándote la concesión de la incapacidad y deberás dejar de trabajar en el puesto incompatible con tu incapacidad.
3. Durante el Proceso de Reclamación
Situación Laboral:
- Seguir Trabajando: Mientras se resuelve la reclamación previa, deberás seguir trabajando, a menos que obtengas una nueva baja médica.
- Nueva Baja Médica: Si tu estado de salud no te permite trabajar, puedes solicitar una nueva baja médica con tu médico de cabecera. Esta baja no debería estar relacionada con la misma causa por la que solicitaste la incapacidad permanente inicialmente.
4. Posibles Resultados
Si la Reclamación Previa es Aceptada:
- Recibirás la resolución de concesión de la incapacidad permanente y dejarás de trabajar en el puesto afectado.
- Podrías tener derecho a recibir los pagos retroactivos desde la fecha de la denegación inicial.
Si la Reclamación Previa es Denegada:
- Podrías presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Es recomendable contar con un abogado especializado en incapacidades laborales para este proceso.
5. Sugerencias y Próximos Pasos
- Consulta Legal: Contacta a un abogado especializado en incapacidades laborales para que te asesore y te ayude a preparar la reclamación previa y, si es necesario, la demanda judicial.
- Documentación Médica: Mantén todos tus documentos médicos actualizados y bien organizados, ya que serán cruciales para respaldar tu reclamación.
Espero que esta información te sea útil y te ayude a navegar por este proceso complicado. Ánimo y suerte con tu reclamación!
#35174
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#35175