Buenos días franjgr y cia ;
He descubierto este hilo hace pocos días después de haber solicitado el subsidio el pasado día 12 y la verdad es que estoy aprendiendo muchas cosas que desconocía, me parece muy interesante.
Me han admitido mi solicitud al cumplir todos los requisitos, pero no he comunicado al funcionario que dispongo de un patrimonio del que yo ya había hecho mis cálculos para asegurarme no sobrepasar el límite.
Para ir sobre seguro hice un calculo de la suma de total y al aplicarle el 3.25% del interés presunto (incluyendo cuentas remuneradas al 0%) no llega ni de lejos al tope.
Dispongo de una cartera de fondos, unas cuentas corrientes y unas letras del tesoro que me vencen en agosto, no lo comuniqué simplemente por que tenia entendido que debo declararlo el año que viene si obtengo rentabilidades.
¿Convendría hacerlo ahora, antes de empezar a cobrar, o no hace falta?
¿Debo declarar en agosto la venta de las letras del tesoro o el año que viene?
Otra cosa que no he tenido en consideración es que a parte de de mi vivienda habitual soy propietario del 25% de un piso de nuda propiedad del que es usufructuaria mi madre.
Entiendo que eso no debo incluirlo ¿no?
Y por último y no menos importante, vivo con mi mujer/pareja pero no estamos casados, ella tiene un piso alquilado, si nos casamos (separación de bienes) puedo tener algún problema para cobrar el subsidio, por culpa de la renta del alquiler?
Muchas gracias por la ayuda.