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Ayuda para afectados en Lorca

13 respuestas
Ayuda para afectados en Lorca
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#9

Re: Ayuda para afectados en Lorca

Si necesitas Perito, a tu disposición. He trabajado en el CCS unos 10 añitos y lo conozco por dentro.

#10

Re: Ayuda para afectados en Lorca

Gracias por refrescar la información. La verdad es que es de gran ayuda para poder recordar los detalles.

saludos

#11

Re: Ayuda para afectados en Lorca

Hola

estoy leyendo con interés vuestro hilo.
Nosotros somos afectados por el terremoto de Lorca y hasta hoy llevamos 10 dias sin gas (sin poder cocinar y agua caliente).
Me gustaria que me digais si el Consorcio compensa por esto si es que estaba cubierto en la poliza de seguro contratada.

Saludos y gracias

#12

Re: Ayuda para afectados en Lorca

Estimado Josecarlosi:

Perdona que haya tardado unos días en contestar a tenor de tus circunstancias.

El Consorcio cubre en los mismos términos que tengas asegurados. Si no puedes cocinar ni dispones de agua caliente tienes un problema de habitabilidad y si precisas alquilar otra vivienda temporalmente deberá cubrir ese coste si lo tenías garantizado en tu póliza (inhabitabilidad).
Si tienes alguna duda al respecto también puedes nombrar un perito de parte (que pagarás tú) y que informará las condiciones que obligan al alquiler de otra vivienda en la que sí dispongas de condiciones de habitabilidad.
Lo que no te cubrirá el Consorcio será una indemnización por daño moral o por penalidades; eso dalo por perdido. Por tanto o alquilas otra vivienda o aceptas las condiciones actuales.

Todo eso, desde el plano teórico. En el plano de la vida real no sé si hay viviendas disponibles cerca de Lorca y tampoco sé si te puede compensar por otras razones dejar tu vivienda. Es algo que debes valorar e intentar paliar como sea; igual te sale más a cuenta comprar un calentador eléctrico y una encimera eléctrica para pasar estos días frente al trastorno que implica la alternativa.

Me alegro de que no hayáis sufrido daños personales.

Un saludo y ¡animo!

#13

Re: Ayuda para afectados en Lorca

- Con respecto a los plazos de declaración de siniestro en el terremoto de Lorca, el Consorcio de Compensación de seguros ha indicado que (copio y pego):

5. Plazo para presentar la comunicación de daños.

En cualquier caso, y a la vista de todo lo anterior, el CCS no va a aplicar el plazo de 7 días previsto en el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro para que el asegurado comunique el siniestro. Todos los asegurados, los mediadores de seguros y las entidades aseguradoras pueden tener la tranquilidad de que el CCS no va a rechazar la tramitación y el pago de un siniestro por el hecho de que la comunicación del daño se haya producido después de los 7 días.

- Así mismo, indica que los plazos previstos para las indemnizaciones serán (copio y pego):

8. Plazos orientativos.

• Los primeros pagos, correspondientes a las valoraciones de daños más sencillas de entre los primeros expedientes asignados a los peritos, se realizarán ya la semana próxima (del 23 al 27 de mayo).
• A partir de entonces, el ritmo de pagos semanales se irá incrementando progresivamente, de forma que se estima -de acuerdo a la experiencia del CCS en otras siniestralidades- que en el plazo de tres meses entre el 80% y el 85% de los siniestros habrán sido indemnizados (siempre resta un 15% aproximadamente de siniestros de peritación más compleja, insuficientemente documentados o registrados con retraso, que inevitablemente exceden de dicho plazo.

#14

Re: Ayuda para afectados en Lorca

Adjunto instrucciones del Consorcio para los asegurados:

9. Actuaciones a seguir por los asegurados.

• No es necesario que el asegurado espere a la visita del perito del CCS para iniciar las tareas de desescombro, limpieza y reparación y cualesquiera otras análogas de acondicionamiento y paulatina vuelta a la normalidad, con el fin de que pueda volver a habitarse la vivienda siempre que no existiera impedimento por razón de seguridad.
• Sin embargo, es muy importante que el asegurado realice fotografías acreditativas de la situación en que se encuentra el riesgo afectado y de cómo evoluciona dicha situación conforme se realizan las tareas antes señaladas. Igual importancia tiene que el asegurado conserve los presupuestos y las facturas que acrediten el coste en que va a incurrir o ha incurrido como consecuencia de todo lo anterior.
• Con el fin de preparar la visita del perito del CCS y agilizar la valoración del daño es muy conveniente que el asegurado tenga a disposición del perito, además de los presupuestos, facturas de reparación y, en su caso, fotografías antes señaladas, lo siguiente:

* original y copia de la póliza de seguro y del recibo de pago de la prima.
* algún recibo o documento bancario en el que conste, para que lo pueda comprobar el perito, la cuenta bancaria (20 dígitos) a la que el asegurado hubiese solicitado que se abone la indemnización del CCS.

10. Hipotecas.

• Si el inmueble estuviese hipotecado y la póliza de seguro exigiera autorización previa del Banco o Caja de Ahorros para que la aseguradora abone el importe de la indemnización en caso de siniestro al asegurado, el CCS no puede legalmente abonar la indemnización al asegurado sin tener constancia de dicha autorización.
• Se agilizaría mucho la tramitación del expediente si el asegurado dispusiese ya de dicha autorización escrita y se la pudiera entregar al perito para completar el expediente.
• Dicha autorización se concede a través de un escrito firmado y con el sello de la oficina del Banco o Caja de Ahorros en el que se haga constar que se autoriza a que el Consorcio de Compensación de Seguros abone a la persona designada como asegurado en la póliza de que se trate la indemnización por los daños producidos en el inmueble asegurado por el terremoto producido en Lorca (Murcia) el 11 de mayo de 2011.

El CCS difundirá a través de esta página web www.consorseguros.es sucesivas notas informativas para actualizar los datos correspondientes a registro de expedientes, estimaciones de daños y pagos realizados y para difundir otras noticias relevantes acerca de esta siniestralidad.

Un saludo

www.juanmarco.com