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Dudas sobre contrato de agente

2 respuestas
Dudas sobre contrato de agente
Dudas sobre contrato de agente
#1

Dudas sobre contrato de agente

Me han cerrado un código en una Compañía, despues de cuatro años quitándome 300.000 euros de cartera y casi 1300 pólizas. Lógicamente, estudiaré si puedo hacer algo aunque como alegan que es por incumplimiento grave y podría ser incluso si a un cliente le has dicho "x" en vez de "b", aunque sea por error supongo que he perdido cuatro años de trabajo.

Ahora me dispongo a comenzar de nuevo en otra Compañía, pero tengo una duda que espero alguien me ayude a solucionar de momento hasta que hable con el abogado. En el contrato se cita el artículo 20 de la Ley del Contrato de Agencia, que hace referencia a la prohibición de competencia y me prohíbe trabajar durante dos años para otra Compañía de Seguros una vez extinguido el contrato.

Lógicamente, al ser un profesional del seguro tengo que trabajar en seguros en otra Compañía ¿realmente podrían hacerme algo y, en ese caso, qué sería? ¿Conocéis a alguien que haya pasado por algo parecido?

Yo entiendo que si no toco la cartera, no me harán nada.

Agradezco vuestras opiniones y/o consejos.

Un saludo.

#2

Re: Dudas sobre contrato de agente

Supongo que te podrian meter un puro si te pillan. Si está bajo contraro....
Luego, me extraña que una compañia quite un codigo y se quede 300.000€ así por que así.
¿Estabas como empelado? ¿La cartera no era tuya?
Aquí pillaron a uno vendiendo seguros la compañia X cuando trabajaba en el B, pero en la oficina de B, vamos un garrulo. A este, despues de muchos juicios mucho tiempo, le han ventilado 750.000€ cartera.
De todos modos, este ejemplo es un poco...
Bueno, te digo, que si lo pone en el contrato, si te puedes meter en un lio

#3

Re: Dudas sobre contrato de agente

Buenas Noches:

En primer lugar habria que conocer lo motivos por los que la entidad actua contra ti y esos "incumplimientos graves". Asi mismo y por lo que entiendo eres Agente exclusivo por tanto la compañia no te quita nada, la cartera y su gestion es de la entidad aseguradora.
Antes de aperturar ningun codigo en una nueva entidad aseguradora seria conveniente que "arreglaras" tus problemas con la cia inicial y que dicha compañia te diera de baja en el registro de Agentes exclusivos de la DGS (Articulo 15 de la LEY 26/2006)

Imagino que en lo referido al Artículo 20. te refieres al referido en la LEY 12/92 SECCIÓN 4.ª PROHIBICION DE COMPETENCIA

Limitaciones contractuales de la competencia. 1. Entre las estipulaciones del contrato de agencia, las partes podrán incluir una restricción o limitación de las actividades profesionales a desarrollar por el agente una vez extinguido dicho contrato.

2. El pacto de limitación de la competencia no podrá tener una duración superior a dos años a contar desde la extinción del contrato de agencia. Si el contrato de agencia se hubiere pactado por un tiempo menor, el pacto de limitación de la competencia no podrá tener una duración superior a un año.

Yo consultaria con un abogado ya que la ctual Ley de mediacion indica en su
Disposición adicional segunda.
Contratos de agencia.Los contratos de agencia de seguros celebrados conanterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, se regiránpor la legislación vigente en el momento en que fueron suscritos, teniendo a todos los efectos la consideración de contratos de agencia de seguros en exclusiva en los términos regulados en esta Ley.
Pero siguiendo con dichas disposiciones adicionales se indica
Disposición derogatoria. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o
inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley y, en particular, las siguientes:
a) La Ley 9/1992, de 30 de abril, de mediación en seguros privados.

Conclusion: En definitiva desconozco los motivos de la rescision del contrato, pero es preferible que antes de iniciar con otra entidad canceles tu relacion comercial (en todos sus extremos) con la primera.

Un saludo

www.sofise.es