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Locativa .... CDO de propiedad?

3 respuestas
Locativa .... CDO de propiedad?
Locativa .... CDO de propiedad?
#1

Locativa .... CDO de propiedad?

Por no alargarme.... locativa en cobertura (entorno oficinas, comercio, hosteleria) ¿ampara contenido afectado perteneciente a la propiedad o va por otra garantia?

#2

Re: Locativa .... CDO de propiedad?

En general te vas a encontrar cláusulas similares a éstas, hay que ver cada compañía:

 Responsabilidad Civil Locativa, entendiéndose por tal la que para el Asegurado se deriva de su condición de arrendatario de la Edificación, frente al propietario y siempre que los daños sean consecuencia directa de: a) incendio. b) explosión. c) acción del agua. 

#3

Re: Locativa .... CDO de propiedad?

Tu obligación es dejar el local en las mismas condiciones que te lo entregaron.
Si en el contrato viene detallados los muebles, estos serían igualmente indemnizados por locativa.

En que rama del seguro te encuadras? Tramitador, Mediador, Abogado, Perito, Reparador?
#4

Re: Locativa .... CDO de propiedad?

Gracias por las respuestas. Disculpad que generalice, todo lo expuesto se condicionará a cada compañía producto  y contrato y hablo de forma general en función a las 5 o 6 compañías que he revisado para este asunto y tal vez la generalización no sea lo apropiado. Si es el caso ya me comentaréis. 
  Sobre la locativa pregunto porque revisados algunos condicionados en sector servicios, negocios, comercio, incluso Producto RC general,  observo que  la locativa se centra de forma especifica en amparar el bien inmueble  alquilado, no amparando por locativa el Contenido de la propiedad que hayas arrendado. Si bien de forma general se habla de “inmueble” (Definidos en Art 334 Código civil) he podido observar que en algún producto incluso de referencia como los daños al “Continente” de forma específica.
 No pasa así en producto hogar donde observo se especifica de forma clara ambos conceptos (CTE y CDO) dejando al inquilino bien amparado en caso de incendio.
 Por tanto asegurando CDO de la actividad (en propiedad de inquilino) y Rcs (Entre otras garantías e incluyendo la locativa), no tengo claro que estemos asegurando la RC de la actividad conforme a los daños del contenido de la propiedad. 
Si bien la RC de explotación debiera considerarse como la solución a este problema siempre dispone de exclusión aplicable a cualquier bien de terceros que por cualquier causa obre en poder del asegurado para su uso manipulación etc. 
Por tanto ante incendio con causa en la actividad veo fuera de cobertura (por póliza RC actividad) el CDO de la propiedad. 
También he visto algún condicionado que no considera tercero a la propiedad quedando solo el texto de locativa como cobertura para amparar estos daños (no dejando lugar a interpretar la RC de explotación como posible garantía que ampare el CDO dañado)
Esto en una explotación hostelera de terceros pues si hablamos de cocinas industriales o cámaras de frio grandes, estamos hablando de mucho dinero afectado en un incendio y que no veo amparado (prácticamente como no tener la RC asegurada)
Dicho esto siento que se debiera asegurar el contenido de la propiedad por póliza inquilino para estar bien asegurado ante un incendio grave responsabilidad de la actividado disponer de condición de asegurado de inquilino en la póliza de propiedad o bien que exista algún tipo de cláusula de no repetición al inquilino por la explotación del inmueble en póliza de propiedad. 
¿Como lo veis?¿Es suficiente con la locativa en este caso?¿Realmente no son así los condicionados?¿Entendéis se debe asegurar CDO de propiedad a valor total a través de póliza inquilino, o estaría cubierta por alguna RC?
Disculpa Acrasoles que al final acabo por no responderte. Vengo de la peritación y recientemente he empezado como corredor de seguros, y lo cierto es que se me plantean dudas de este estilo al efectuar una lectura rígida de los condicionados (la que entiendo pudiéramos disponer para nuestros asegurados en el momento del siniestro en fase pericial). Dado que observo mediadores, abogados y peritos en este foro, creo que además de mi interés personal pudiera ser de interés desarrollar este tipo de temas para el resto de la comunidad. 
Espero sea de vuestro interés.
Gracias.