Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Silla infanti tras accidente de tráfico.

1 respuesta
Silla infanti tras accidente de tráfico.
Silla infanti tras accidente de tráfico.
#1

Silla infanti tras accidente de tráfico.

Tube un accidente debido a que un conductor se saltó un ceda y se me hecho encima, en el accidente saltaron los airbags, se golpeó la puerta trasera, iba a más de 10km/h etc.

Llevaba una silla infantil que no presenta daños aparentes.

------

El fabricante me hace una carta con la siguiente información:

En caso de accidente con una velocidad de impacto superior a 10 km/h, es posible que el asiento infantil de seguridad haya sufrido daños, pero éstos podrían no ser visibles en el momento. En ese caso se deberá reemplazar el asiento infantil de seguridad.”

Como consecuencia del accidente de automobil, la silla podria no ofrecer la seguridad que se espera de ella en un siguiente impacto y consideramos extremadamente peligroso que siga usándola.

------

El seguro me pide un informe técnico que asegure 100% que la silla no es util. Llamo a la casa de sillas y me comentan que es imposible realizarlo porque deberian de estampar la silla, se lo comento al seguro y me dicen que sin informe (irrealizable), como no es 100% seguro ellos no cubren la silla!

:/ comooo? Pero que es esto? Es legal? Que puedo hacer?
Pido que me digan dónde se realizan esos informes y me dicen que no lo saben.

Tengo el coche a todo riesgo y el accidente es culpa del contrario.

Por supuesto yo ya he comprado silla nueva.

#2

Re: Silla infanti tras accidente de tráfico.

A ver, es complejo pero intento aclararte.... aunque tengas un todo riesgo, la silla no está cubierta por tu seguro.

Todos los daños ocasionados. Insisto en la palabra TODOS, en teoría los debe reclamar tu compañía y pagarlos la compañía del que originó el siniestro. El problema radica que, por un convenio entre compañías, en la práctica la que te indemniza y repara es la tuya y ésta te está diciendo que no lo cubre.

Aquí varias cosas... una el acuerdo o convenio entre las compañías no puede suponer un menoscabo en tus derechos. Es decir, derecho a que el culpable repare todos los daños ocasionados.

En segundo lugar, y bajo mi punto de vista... los daños del coche me parece correcto que pongan en práctica el convenio (cide o ascide) y sea tu compañía la que te repare. Ahora bien, en el caso de los posibles daños en la sillita, entiendo que queda fuero del convenio y que, por tanto, tu compañía debe reclamar dicho daño a la compañía del culpable. Habla con tu compañía y exígele que reclame dichos daños ya que para eso tienes la cobertura de Defensa Jurídica y reclamación de daños.