Pago seguros por adelantado
Buenas tardes y un saludo a los miembros de este foro,
Hace un par de años firmamos una hipoteca (cambio de casa), en ella se incluyó el pago por adelantado de cinco años de seguro de vida, de protección de pagos y de hogar. Suponemos que las primas de estos seguros estaban referidas a la cantidad solicitada y a la cuota de aquel momento. Cuando vendimos la antigua casa, año y medio después, amortizamos mas de la mitad del préstamo, quedando mucho menos capital pendiente y una cuota mucho mas baja.
Con respecto al seguro del hogar no sabemos si cambia algo, pues el valor asegurado sigue siendo el mismo, la vivienda hipotecada.
Pero en el caso del seguro de vida y de protección de pagos entendemos que desde la fecha de la amortización, estamos protegiendo unas cantidades de préstamo superior a la que en realidad tenemos y necesitamos, por el hecho de haberlos abonado por adelantado.
Mi consulta es: tenemos derecho a la devolución de las cantidades, resultantes de ajustar las primas de los seguros al nuevo capital pendiente y a la nueva cuota desde la fecha de la amortización.
Muchas Gracias.