Acceder

Humedades de un tercero

9 respuestas
Humedades de un tercero
Humedades de un tercero
Página
1 / 2
#1

Humedades de un tercero

Buenas A ver tengo humedades en una valla que separa la vivienda de la del vecino. Viene una SL, hace un informe a la Cia. Y a partir de ahí pasan 15 dias llamo al RACC y me dicen que al ser los daños ocasionados por un tercero que le diga al yo al vecino que lo comunique a su aseguradora...
Total que estoy de un mosqueo que no veais. El RACC no sirve para nada. Intento llaman a HDI INternacional y toda la tarde con nuestras líneas están ocupadas
No es de sentido común que si HDI a enviado a una empresa para que perite, no reclame ya al tercero para cobrarse la minuta del peritage?
Este pais es de locos
S2

#2

Re: Humedades de un tercero

Entiendo que la empresa que se ha pasado, ha sido un gabinete designado por tu aseguradora, pero no sabemos el origen de los daños.

Depende de cuál sea el origen , si tienes asegurada la valla, etc… tu aseguradora deberá indemnizarte o reparar si tu lo deseas si es un hecho recogido en póliza, y posteriormente repetir contra el causante. Les facilitas aseguradora y número de póliza si no se ha encargado de eso el perito.

Te indico que al tratarse de una valla, podrían ser filtraciones del terreno desde las fosas sépticas, u otro hecho específicamente excluido en tu póliza, cada seguro es un mundo, así que asegúrate de lo que dice el informe pericial.

Si no estuviese contemplado en póliza, revisa las condiciones generales de tu contrato y comprueba si tienes una garantía de de Reclamación de Daños o Protección Jurídica, y lees textualmente la cobertura al operador de turno.

Un saludo,

Eltato

#3

Re: Humedades de un tercero

Estimado Agrocopeta: para empezar no entiendo a qué se refiere con "tengo humedades en una valla que separa la vivienda de la del vecino". Porque:
- si se trata de una medianera y está SOBRE la linde... es de ambos. Por tanto, corresponde a ambos repararla y mantenerla. Por tanto a lo que puede aspirar en concepto de responsabilidad civil es a que se indemnice el 50% del daño y el resto tendrá que ponerlo el propio vecino si es el culpable de dichas humedades.
- no cita el orígen de tales humedades. Suponiendo que se deban a capilaridad de aguas del suelo o de correntía, estaremos ante un problema de construcción y mantenimiento por lo que el seguro no pagará ni un céntimo al no ser algo accidental. Si se trata de daños por lluvia, está claro que tampoco corresponderá puesto que todo bien inmueble ubicado en el exterior debe contar con una cierta calidad que le permita resistir la inclemencia del tiempo. Se trataría nuevamente de mantenimiento. Si, por el contrario, el daño procede de una tubería del vecino que pierde estaremos ante una simple responsabilidad civil pero su vecino deberá pagar la parte del muro que es de su propiedad como daños propios y la parte del muro que es del vecino perjudicado como daños a terceros o responsabilidad civil.
En todo caso es conveniente que revise el contenido del contrato de seguro. Si existe una cobertura llamada "reclamación de daños" o "defensa jurídica" (fuera de la incluida con la Responsabilidad Civil), entonces tendrá derecho a contratar un abogado para reclamar al asegurador de su vecino o a él mismo si carece de seguro. En caso de no tener dicha cobertura, busquese un abogado y cambie de seguro al vencimiento.
Este país no es de locos. Lo que pasa es que en este país, como en todos, hay gente que no hace bien las cosas por ello le sugiero que cambie de seguro y contrate uno que cubra las contingencias que necesitará en un futuro cada vez más complejo.
Saludos.

#4

Re: Humedades de un tercero

Gracias por las respuestas. Tomo nota
Disculpad si la información no ha sido exacta, pero necesitaba desahogarme y Rankia siempre es un foro donde siempre que he preguntado algo se me ha contestado

Saludos

#5

Re: Humedades de un tercero

Se me olvidó dar datos. Es una valla medianera y está sobre la linde. La cuestión es que mi vecino ha colocado un "parterre" de 60cm (jardin), pegado a la valla. A parte, los aspersores al regar mojan la valla.
Esa cantidad de tierra que se riega de una manera regular hace que la pintura de mi lado esté desconchada
Como podréis entender al vecino no le hace ninguna grácia adecuar el jardin con tela asfáltica o aislante y modificar el sistema de riego ya que a parte de la incomodidad, le costó 12000 euros su jardin
Soy socio del RACC y tengo un seguro con HDI Internacional. Y la solución que me dan es que me ponga en contacto con el vecino que ellos ya han hecho lo que tenian que hacer y que al ser unas humedades provocadas por el vecino se cierra el expediente (SIC). Tengo servicio de defensa jurídica y me dicen que al menos consiga su número de poliza y compañia y que sinó el vecino no se aviene a arreglarlo se habrá de enviar un burofax
Lo que no entiendo es que si HDI ha pagado un peritage, ¿como es que se desentiende y no localiza a la compañia del vecino para que se haga cargo de la minuta y ya de paso que me arreglen los desperfectos? prefieren perder ese dinero.... Tampoco entiendo para que pago una cuota del 160+ 50 euros al RACC + 280 + defensa jurídica y los trámites y quebraderos de cabeza los tengo que asumir yo. En fin Serafin, una cosa tengo clara, que me voy a dar de baja del RACC y la compañia como no me den una respuesta medianamente satisfactoria , pues también
S2

#6

Re: Humedades de un tercero

Entonces estamos ante una simple obra mal ejecutada, sin aislamiento impermeabilizante. Se trata de un tema que tiene que resolver en exclusiva tu vecino, empezando por gastarse unos pocos euros más y dejar "eso" en condiciones de no jorobarle la vida a nadie.
En este caso tu aseguradora no puede hacer nada en tanto el vecino no solucione el origen de los daños. Una vez subsanada la causa o en caso de negativa a hacerlo puede reclamar por medio de la garantía de reclamación de daños (defensa y reclamación jurídica).
El asegurador NO PUEDE reclamar el coste del peritaje, simplemente porque es un gasto necesario para su actividad, va (por decirlo de alguna forma) en el sueldo. De la misma forma que tampoco le reclamará el gasto administrativo de abrir y controlar el expediente de siniestro. Eso no se reclama y, conforme al la Ley de Enjuiciamiento Civil cada parte soporta los costes de sus peritos.
Ya que me dices que esto es del RACC, te comento que dicha empresa (o club) tiene una red de distribuidores de servicios y seguros montados en plan franquicia. Las franquicias de seguros están prohibidas, así que me interesa ver cómo salen de esta ahora que la DGSyFP va a investigarlas según anunció el Director General de Seguros, Ricardo Lozano. En dichas franquicias hay de todo pero desde luego en muchas no se cumple el programa de formación que debería tener el personal de una correduría (nivel mínimo "B" según Ley 26/2006) así que puede ser que te hayas encontrado con uno de esos agujeros negros del conocimiento donde son incapaces de asesorarte adecuadamente.
Yo de tí iría pensando en ser asistido por un mediador profesional, con prestigio en tu zona. Ni banco, ni internet, ni líneas directas: profesionales que puedan desarrollar contigo una buena línea de atención.
Saludos

#7

Re: Humedades de un tercero

Muy amable. Seguiré tu consejo. Yo pensaba que el RACC era una correduria ya que ofertan seguros de diferentes compañias 3-4 y en teoria velan por el interes del socio, independientemente de la compañia que contrates

Saludos

#8

Re: Humedades de un tercero

Según su web corporativa tienen la siguiente sociedad especializada:
"RACC Correduría de Seguros, SA, vinculada con Universal Asistencia de Seguros y Reaseguro, SA (sociedad unipersonal). CIF: A-58201740. Nº de registro DGSFP: J-978. Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, t. 7537, l. 6803, s. 2a, f. 160, f. 86883. Seguros de RC y caución concertadas de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 26/2006, de 17 de julio."
Hasta aquí, nada que objetar.
Como podrás observar en http://www.franquiciashoy.es/franquicias/franquicias-de-automovil/autoescuelas/racc-club-formacion tienen 4 oficinas propias y el resto son franquicias.
Con respecto al tema de las franquicias de correduría, puedes visitar el link https://www.rankia.com/foros/seguros/temas/289529-dgsyfp-abre-inspecciones-todas-franquicias-corredurias donde se aclara el tema.
Siempre que no estés ante corredores que trabajan como franquiciados bajo el amparo del art 33.2 de la Ley 26/2006 estamos ante auxiliares externos puros y duros y estos no pueden asesorar, ni tarifar, ni comercializar, ni explicar, ni capturar o atender un siniestro, ni... Todo ello son prácticas prohibidas por la Ley. Por tanto, lo primero que uno debe hacer ante un franquiciado del RACC u otra marca es EXIGIR que cuente con autorización PROPIA como corredor: no vale actuar con la del RACC.
El RACC sin duda es una buena idea pero la inspección de la DGSyFP aclarará si se están haciendo las cosas como la Ley ordena.
La protección del consumidor es el objetivo de la Ley.
Saludos,