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La gente no sabe dar de baja un seguro

45 respuestas
La gente no sabe dar de baja un seguro
La gente no sabe dar de baja un seguro
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#1

La gente no sabe dar de baja un seguro

Cada dia me encuentro mas personas que me dicen que para dar de baja un seguro hay que devolver el recibo... y es que me lo dicen como si fuera lo mas normal del mundo! Es que tienen la desfachatez de que no le gusta un seguro, pues va a al banco devuelve el recibo y contrata con otra compañia.
Creo que las compañias de seguros se tendrian que empezar a poner serias y formar a sus clientes, porque no hacen como el resto de compañias de servicios? es decir directo al fichero de morosos por no hacer las cosas bien...

#2

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Mala solución tiene cuando la publicidad empieza por machacar el precio y no lo importante...

If you pay peanuts, you get monkeys!!!

#3

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Yo quiero saber el precio de renovación antes de los dos meses, o sea, básicamente quiero decidir si renovar o no con conocimiento de causa, pero me es imposible en la gestoría de toda la vida, y no me parece justo. En la misma gestoría me dijeron que las aseguradoras no envían el importe hasta que ya es demasiado tarde a posta...

La verdad es que es un negocio un tanto oscuro, cambias y todo son florecitas y después te la clavan como todos a partir del segundo año sin previo aviso, con lo fácil que seria saber la cuota con dos meses de antelación. A mi me suben el seguro de la casa un 5-10% anual alegando la inflación (QUE INFLACIÓN???). Y tan anchos. El día que encuentre una aseguradora transparente me tendrá de cliente fijo, mientras tanto, si ellas juegan sucio yo también. Si alguien sabe de alguna de buenas practicas que postee please.

Saludos.

#4

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Formar a sus clientes???

#5

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

¿En qué trabajas...? Porque en muchos casos sí se tiene una idea de por dónde pueden ir los tiros, vaya.

#6

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Esta claro que lo peor que se puede hacer es devolver el recibo o simplemente dar orden al banco de que no lo pague.. porque en estos casos la aseguradora va a renovar el seguro de todas formas, y te tocará pagar lo que no has pagado y un año más.

La regla general es preavisar con dos meses de antelación a la finalización del seguro.

Y en algunos casos también se da un plazo para poderte resarcir, cómo en los contratos online, que se tienen 15 días para desistir o en los seguros de vida que se tienen 30 días para desistir.

Este post sobre el tema es bastante interesante: https://www.rankia.com/blog/mejores-seguros/1831391-como-cancelar-poliza-seguro

Lo que a mi no me acaba de quedar claro es: si llamas dos meses antes a la aseguradora normalmente no saben aún el precio de la prima de la renovación, pues la suelen saber un mes antes de la renovación, pero entonces es demasiado tardo. pero por otro lado se prevé que si se modifica el precio de la prima o las coberturas del seguro el tomador puede cancelar el seguro en los 15 días siguientes a la comunicación. entonces, ¿cuál es la solución? ¿Esperamos a que nos renueven para saber el precio y antes de 15 días cancelamos? 

#8

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

¿y los mediadores que te dicen que pases a firmar la baja de la póliza cuando en realidad has firmado la solicitud? Manda webos (asesora de Agrupació)

#9

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Marina, no me digas (con perdón) gilipolleces.
No es regla general, es pura legislación: Artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro.
Respetarlo y no hay problemas. No respetarlo... y jugársela a la ruleta rusa.
Esto es lo que hay que dejar claro.
Y como mediadores, aunque nos joda, aprender a trabajar referencias a vencimiento y no querer poner en un problema al cliente por tratar de hacer una póliza.
Saludos,

#10

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Al final he leído todo este tema y no me queda claro. Que hay que hacer para darlo de baja? Y si no te avisan en los 2 últimos meses y te suben el seguro?

#11

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Lo que tú puedes hacer es preavisar la baja (cumples la ley) y negociar la renovación. Tan simple como eso.
Otra cosa es que te puedas encontrar que tú quieras renovar y la compañía te diga que no te quiere renovar a ti.
Saludos,

#12

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Digo como regla general efectivamente porque está en la ley, pero como hay otros posibles casos en que no es necesario preavisar con dos meses por ello regla general, como por ejemplo: aumento del precio, modificacion coberturas, cambio del riesgo... También en los seguros de vida tienes 30 días para arrepentirte y en la contratación online 15.

#13

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Todo esto está muy bien, pero no echemos siempre la culpa al cliente y a su desconocimiento. ¿Y qué ocurre con la práctica habitual de muchas compañías de no avisar a sus clientes con esos dos meses de antelación sobre posibles incremento producidos en la prima? Una cosa es la guerra comercial y otra el incumplimiento de sus obligaciones para protegerse frente a la competencia.

#14

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

30/01/2015 Cómo dar de baja un seguro sin problemas

En un mercado como el de los seguros, tan diversificado, sujeto a la libre competencia y con un buen número de operadores y servicios entre los que elegir, es posible que queramos dar de baja una póliza en vigor para cambiar a un seguro que consideremos que se adapta mejor a nuestra necesidades.

Aunque el precio no debería ser la única condición que nos llevase a decantarnos por un seguro u otro, suele ser uno de los factores que más influye en el cambio de póliza. Un servicio que no se adapte a lo que estimemos adecuado o la aplicación de cláusulas que no habíamos tenido en cuenta a la hora de contratarlo son también situaciones que nos llevan a dar de baja un seguro.

Es preciso tener en cuenta que no podemos hacer efectiva la baja del seguro en cualquier momento.

Los contratos de seguro están regulados por la Ley 50/1980, de 17 de octubre. En su artículo 22, esta norma establece que cualquiera de las partes puede oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte realizada, como mínimo, dos meses antes de la conclusión del periodo del seguro en curso. Así pues, lo recomendable es remitir un fax o un burofax a la compañía de seguros con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza. También puede hacerse presentando una copia en las oficinas de un agente de la compañía o una sucursal que deberá ser sellada. En todos los casos, el escrito debe incluir los datos identificativos del tomador, el número de póliza y la voluntad inequívoca de oposición a la prórroga del contrato.

La solicitud deberá ir acompañada de una copia del DNI. En el caso de que el tomador sea una persona jurídica, es necesario presentar una copia de los poderes de quien firma la solicitud de baja. La correcta identificación es imprescindible para evitar problemas ya que el tomador es la única persona que puede cursar la baja. De no comprobarse la identidad se podrían dar casos en los que el tomador no estuviese informado de que ha quedado sin seguro.

Hay que tener también en cuenta que la rescisión del seguro será efectiva cuando concluya el periodo reflejado en la póliza, por lo que no cabe solicitar la devolución de ningún importe.

Ahora bien, hay casos particulares en los que la póliza puede dejar de tener efecto, por ejemplo cuando se tramita la baja de un vehículo. En estos supuestos, las compañías pueden considerar la opción de trasladar el periodo de contrato restante al seguro de un vehículo nuevo. Pero no están obligadas a ello.

Por otro lado, hay algunas circunstancia que posibilitan la cancelación de una póliza sin tener que comunicarlo con dos meses de antelación, como por ejemplo:

• La no reducción de la prima a su renovación tras comunicar el tomador una minoración del riesgo

• En el caso de que hayas contratado la póliza de seguros online, el artículo 10.1 de la Ley 22/2007, de 11 de junio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, otorga un plazo de 14 días naturales para desistir de una amplia variedad de contratos de seguros a distancia, sin que sea necesario aducir ningún motivo ni poder ser penalizado por ello. Si son seguros de vida, el plazo se amplía hasta los 30 días.


Aumento de las primas

Si la compañía sube la prima del seguro, ¿se puede dar directamente de baja la póliza aunque estemos fuera del plazo de los dos meses anteriores a la conclusión del contrato? En estos supuestos, lo primero que debemos hacer es volver a leer con detenimiento las condiciones del contrato pues en algunas pólizas se incluye la revisión automática de la prima en base a distintos criterios. Si esta posibilidad está incluida, el aumento de la prima no es motivo para solicitar la baja fuera del plazo legal.

Ahora bien, si la subida automática no está en las cláusulas se pueden dar dos situaciones:

1. Que la compañía notifique la modificación con dos meses de antelación a la finalización del contrato. El asegurado puede no aceptarla. En esta coyuntura, la entidad podrá negarse a prorrogar el contrato en virtud del mencionado artículo 22 de la Ley 50/1980 y siempre con los dos meses de antelación preceptivos. Por supuesto que, también dentro del plazo, el asegurado puede tramitar su baja por no estar conforme con las nuevas condiciones.

2. Que la aseguradora informe del aumento de la prima dentro de los últimos dos meses de vigencia de la póliza. En este caso, la subida no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador y, por tanto, la entidad deberá respetar las condiciones del periodo vigente.

Nuestro consejo es que, antes de tomar ninguna decisión, se asesore sobre las condiciones particulares de la póliza que tiene en vigor y los requisitos para tramitar la baja convenientemente. Su mediador de seguros puede ayudarte en este trámite.

 

 

#15

Re: La gente no sabe dar de baja un seguro

Esta es la duda que yo planteaba, por la parte que le toca al cliente, tendrá que esperar a que la renueven y si no le parece bien tendrá 15 días para cancelarla, pero, ¿No hay ninguna consecuencia para la aseguradora que incumple el preaviso de dos meses? No lo sé, por eso pregunto...