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Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

17 respuestas
Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil
Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil
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#9

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

7 dias desde que tiene conocimiento.

Si hasta esta semana no le han reclamado, el no tiene porque saber de la existencia del siniestro.

Lo que no sé es si ya se ha pasado el plazo de reclamación por parte del contrario.

#10

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Por plazo no hay problema, tiene un año para RC por daños materiales. El plazo de 7 días solo influye cuando la compañía como consecuencia del retraso tiene que afrontar gastos suplementarios.

Hay una cosa que no habéis comentado y que alguna vez ocurre (pocas, ya lo se, pero a veces hay buenas pólizas pululando por la vida): ¿Y si la nueva póliza tiene cláusula claim made de cobertura retroactiva? Sin ver el contrato a veces podemos meter la pata intentando ayudar.

#11

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Dejate de inglesadas.

Esa clausula solo la tienen los grandes y esos no pregunta en un foro.

Y sobre lo de un año es lo que te indico, que el reclamante ha tardado más de un año en reclamar.

#12

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Que si, que ya decía que era poco frecuente aunque se admiten en derecho hace tiempo, y también puede haber cláusula de postrabajos en la póliza antigua. Un mediador espabilado tiene obligación de mirar esas cosas en un cambio de RC para no dejar al cliente cual geisha por arrozal.

#13

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Yo esa cláusula solo la he visto en ofertas a organísmos públicos, en empresas privadas no la he visto. Claro que tampoco he visto las ofertas y los números en los que se mueven las grandes empresas.

Saludos

#14

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Por no hablar de memoria acabo de echar un vistazo a la RC de un puesto de palomitas, que creo que ni encaja como administración ni como gran riesgo, y el ámbito temporal abarca hasta un año después de la rescisión del contrato. Así que tampoco es tan rarito.

#15

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Acrasol, lo de los grandes.............

yo, simple mortal, conozco muchas, muchas, muchas, polizas con esa clausula en ingles, tampoco es tan rara, en castellano es una simple poliza de cobertura por reclamación, con la retroactividad que tenga, y no por ocurrencia, que, en vista de la pregunta, y teniendo en cuenta el foro, o tiene una purita de ocurrencia, con lo cual, el siniestro a la aseguradora del momento del siniestro, es decir 2013, o de lo contrario ya lo sabría por tener un mediador

Pero, insisto, los grandes no, prácticamente la mayoría de los arquitectos, ingenieros, abogados, notarios, registradores, etc, etc, etc, es decir, profesionales liberales, ah y se me olvidaban, pobre de mi, los corredores de seguros.

saludos carcamal

#16

Re: Denuncia tras cambio de aseguradora - Seguro de responsabilidad civil

Buenas noches,

Generalmente en la póliza y, además, por mandato jurisdiccional (T.S.) las pólizas de R.C. en España deben cubrir reclamaciones recibidas respecto de hechos o negligencias cometidos o presuntamente cometidos al menos 6 meses después de finalizada la póliza por la razón que sea. Por lo tanto, la Aseguradora anterior es quien debe conocer y, en su caso, atender la reclamación planteada.

Por otro lado, no sólo debes usar el servicio de asistencia jurídica, sino el propio de la póliza: defensa judicial, fianzas y pago de las responsabilidades impuestas por el Tribunal, (si fuera el caso).

Saludos