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Mala experiencia con Santa Lucía

10 respuestas
Mala experiencia con Santa Lucía
Mala experiencia con Santa Lucía
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#9

Re: Mala experiencia con Santa Lucía

Totalmente de acuerdo. Cuidado con que compañía de seguros trabajáis.
Acaban de informarme que un amigo en "DIVINA PASTORA" niega hacerle el cálculo de la renta
que va a cobrar su madre al alcanzar cierta edad (renta vitalicia) y necesita saberlo para saber si esperar a cobrar esa renta o un rescate por jubilación, le dicen que ya se la calcularán "si ellos quieren llegada su edad" porque es potestad de ellos dársela o no, QUE ESTÁ EN LA LETRA PEQUEÑA DEL SEGURO, Y SE MOFAN CUANDO PIDES CUALQUIER INFORMACIÓN se aprovechan de que necesites rescatar con urgencia un capital que llevas toda tu vida ahorrando, y sino estás de acuerdo RECLAMAS A LA COMPAÑÍA (2meses esperando respuesta), y luego a la DGS (3meses para que te respondan), y entre eso y lo que peleas con ellos 6 meses y ELLOS LO SABEN PERFECTAMENTE, LA LEY DEL SEGURO DEBE DE CAMBIAR YA, porque mucho incidir la DGS en unas cosas pero en otras no benefician al tomador / asegurado
P.D. Voy a tener que abrir un hilo con ese tema cuando disponga de tiempo.

#10

Re: Mala experiencia con Santa Lucía

Buenas noches, Tolary

Sólo informarte que un cálculo aproximado de la renta vitalicia a una cabeza para el capital a percibir de un seguro de vida ahorro es el 8% sobre el importe a cobrar. Cuál es el importe a cobrar? el que viene en la tabla de rescates correspondiente a la edad actuarial del asegurado/beneficiario que por imperativo legal (LCS 50/80) debe incluir la póliza emitida.

Saludos

#11

Re: Mala experiencia con Santa Lucía

Buenas,
el tema es más complicado porque el condicionado dice lo siguiente,
- "subsidio por vejez" ("premio a la permanencia") que se otorga a partir de los 65, pongamos que tiene 68 pues ese capital es el que le darán a los 65 o a los 68
- "Renta Vitalicia por vejez" al cumplir la asegurada los 70 años de edad, este el del que solicito el estudio con el desglose de las cantidades con las retenciones correspondientes, no creo que ese subsidio por vejez (de unos 1700 euros) sea referencia válida para el cálculo de esta renta. Lo normal es que este tipo de rentas se negocien con el asegurado personalmente, o eso hacía en mi aseguradora el departamento de VIDA.

La compañía no contesta, y sabéis lo que me envió cuando le pedí esto formalmente por escrito??
Un condicionado, sin carta anexa de explicación ni nada,
como para hacer otro seguro con Divina Pastora