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Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

42 respuestas
Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco
Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco
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Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Confundes la obligación (que también es discutible pero la vamos a dar por hecha) de que exista un seguro de incendios para el bien hipotecado, con cesión de derechos o cláusula de beneficiario a favor del banco (son parecidas, pero no iguales) con que el banco te obligue a contratar el seguro por su mediación y durante toda la duración del préstamo.

Cuando existe la cláusula hipotecaria en el seguro la compañía se obliga entre otras cosas a comunicar a la entidad de crédito la anulación del seguro, así que si el banco no hace sus deberes allá ellos.

#10

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Delabota, eso de que el único seguro obligatorio sería el de incendio es otro de los muchos mitos que existen a este respecto. La Ley de Ordenación del Seguro Privado y la Ley de Contrato de Seguro dice otra cosa.

#11

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Emmamani, creo que no te has leído la Ley de Mercado Hipotecario... no es mito, es artículo legal. Te recomiendo que lo mires. Y por cierto, también hay literatura al respecto en el servicio de reclamaciones del Banco de España. Saludos,

#12

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Si no conoces la disposición legal, no es mi problema. La legislación existe (otra cosa es que tú no la conozcas), y tú no hagas cesión de derechos, que como tengas un incendio que obligue a la reconstrucción de la vivienda, ya verás cómo el banco te obliga a que lo pagues. La cesión de derechos es un documento que te ahorra trámites, si no lo presentas, tú verás qué gracia puede hacer cuando el banco quiera ejecutar la cesión de derechos y la póliza que dices está extinguida. Saludos,

#13

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Si esa cláusula se pone en un contrato, el contrato del préstamo es denunciable. Ningún contrato privado puede ser más restrictivo que la legislación general del país, salvo pacto expreso entre las partes, que es lo que se alega cuando hay un problema (y lo que suele pasar: o aceptas estas condiciones o no te doy el préstamo, coacción). Saludos,

#14

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Precisamente, por eso te lo digo. En estos momentos estoy trabajando en este tema y me acabo de leer toda la normativa, resolución de la DGSFP, etc.... creo que el que tiene que repasar eres tú pero, te voy a facilitar algo del trabajo....

Art. 8 de la Ley de Mercado Hipotecario: "Los bienes hipotecarios tendrán hab´ran de estar asegurado contra daños por el valor de tasación en las condicones que reglamentariamente se dterminen".

Real Decreto 716/209 que desarrola la Ley de Mercado Hipotecario: "....los riesgos cubiertos deberán ser, al menos, los incluidos en los ramos de seguro 8 y 9 del artículo 6.1. del Real Decreto que aprueba el texto refundido de la ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, con excepción del robo...."

Eso ya lo buscas y verás como no sólo es el incendio la única garantía obligatoria sino que también determinados daños....

#15

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Lo revisaré, que no va de más actualizarse. Gracias por el aporte, Emmamani. Otra cosa es el valor de tasación (porque a menudo el banco asegura continente por el valor de hipoteca, y he visto unos cuantos casos que ha habido que reclamar).
Pero a lo que vamos, que es que existe obligación de asegurar la vivienda hipotecada, legalmente la hay. Lo que no hay (hasta donde yo conozco) no obliga a hacerlo con el banco.
Pero en virtud de esa obligación, sí que es deber del tomador notificar al banco que está asegurado (de ahí la cesión de derechos), e informar de los cambios de seguro, como ha dicho por aquí algún "experto" que no hace.
Saludos,

#16

Re: Seguro de Hogar VINCULANTE con la hipoteca del banco

Ahí, tampoco te doy la razón. Según las diversas resoluciones de la DGSFP la obligación de asegurar un inmueble afectado por un préstamo hipotecario NO recae en el propietario del inmueble. Dicha obligación es del banco y sólo para aquellos casos en los que fuese a emitir un bono o una cédula hipotecaria en la que use como garantía los bienes inmuebles sujetos a un préstamo hipotecario.

Vamos que, estamos rompiendo mitos. Para un propietario no es obligatorio y tampoco es obligatorio sólo el seguro de incendios. Otra cuestión es que un banco para "cazarte" en el contrato establezca una serie de mejoras en cuanto a las condiciones del préstamo pero NUNCA pondrá que es obligatorio contratar con ellos con ellos un seguro porque eso es ilegal. Lo que ponen es que si lo haces tienes unas condiciones preferenciales que, en caso de no hacerlo, dejarán de tener efecto.