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Preexistencias con órbita baja y salud.

4 respuestas
Preexistencias con órbita baja y salud.
Preexistencias con órbita baja y salud.
#1

Preexistencias con órbita baja y salud.

Hola a todos!

Hace un año sufrí una lumbalgia y tuve que estar varios de baja. En ese momento no tenía ningún seguro de baja. Hoy me ha venido un comercial de órbita y me ja dicho que no habría problema y que las preexistencias no importaban. Es eesto cierto? Me parece algo extraño...

#2

Re: Preexistencias con órbita baja y salud.

Que no importan las prehexistencias en salud? Pues será en órbita. Si lo contratas ponlo en la declaración de salud y fíjate en las condiciones particulares de la póliza si lo tienes excluido o no

Un saludo

#3

Re: Preexistencias con órbita baja y salud.

Gracias.

Alguno que tenga órbita o haya trabajado con ellos, ¿Es esto cierto?

#4

Re: Preexistencias con órbita baja y salud.

La preexistencia es importante declararla si la enfermedad que sufras está relacionada con la anterior a la póliza.
Si tuviste una gripe y estuviste de baja no importa porque la nueva gripe que sufras no tendrá nada que ver con la anterior. La lumbalgia es lo mismo.
En las preguntas de los cuestionarios suele indicar qué hay que declarar. lee bien las preguntas del cuestionario.

#5

Re: Preexistencias con órbita baja y salud.

Hola rttnpig,

por partes.

1- Deber de declaración del riesgo. "El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que
éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo." Realmente, el deber es de contestación al cuestionario que te hace la compañia. Si no te preguntan tu no tienes el deber de contestar.
2- Clausula de indisputabilidad. ¿Que es esto? La ley dice: "En caso de reticencia e inexactitud en las declaraciones del tomador, que influyan en la estimación del riesgo, se estará a lo establecido en las disposiciones generales de esta Ley. Sin embargo, el asegurador no podrá impugnar el contrato una vez transcurrido el plazo de un año, a contar desde la fecha de su conclusión, a no ser que las partes hayan fijado un término más breve en la póliza y, en todo caso, salvo que el tomador del seguro haya actuado con dolo."

Sin duda, lo mejor, cuando te sometan al cuestionario de salud di la verdad, antes de concluirlo te deberían indicar si te cubren o no. Siempre puedes echarte atrás. Nunca tendrás problemas. Edito: con los seguros nunca se sabe.

Otra opción, comentarlo por encima, si ellos no te preguntan nada más y pasa un año, no deberías tener problemas ya que se aplica la clausula de indisputabilidad. Y deberían demostrar que actúas con dolo.

Un saludo, y suerte.