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Pias duda

14 respuestas
Pias duda
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#1

Pias duda

Hola buenas tardes tengo pensado abrir un pias estoy dudando entre varios me parecen muy interesantes los garantizados ya que te asegura una base de rendimiento sobre el capital, me gusta que aportaciones hasta 8.000 euros anuales esten libres de irpf o hasta 240.000 euros, me gusta que es un activo líquido que puedes disponer de el cuando quieras en total o en parte, eso si entonces hay que pagar irpf, me gusta que si no lo tocas en 10 años puedes coger la cantidad entera con los intereses, pero pagas irpf entonces ya no le veo la gracia, en cambio si en vez de coger la cantidad entera eliges una renta entonces ya me sale una sonrisa porque esquivas el irpf, pero me viene otra duda a la cabeza que me pone serio, si eligo una renta significa que mientras este cobrando esa renta ese dinero no me produce nada, no?¿?¿¿ me producira lo que valla dandome de renta que yo haga con el lo que sea, pero el montante del capital hasta que me terminen de pagar la renta que me corresponderia estaria hay muerto de risa, no?¿

#2

Re: Pias duda

Como bien te habrán escuchado la recuperación de el PIAs es por medio del pago de una renta a lo largo del resto de tu vida. Por ello cada mes recibirás una determinada cantidad de dinero que la compañía tiene que tener preparado para el pago. El resto que no te reembolsarán en ese periodo de tiempo por supuesto que sigue invirtiendose en el mercado que la compañía crea conveniente para proporcionarte un beneficio garantizado junto con el resto de PIAs de esa compañía o el resto de capital que la empresa pueda poner en los mercados. Nunca el dinero se queda parado, y más en empresas de este estilo.

#3

Re: Pias duda

A ver así contando no es exactamente así.
Tú puedes meter en un PIAS como máximo 8000 euros al año y en la vida del producto 240.000 euros.
Puedes rescatar el PIAS con rescates parciales o totales desde el primer día, el primer año o el segundo año dependiendo de la compañía.
Todo lo que saques de un PIAS va a tributar por los beneficios en el aparatado de las rentas del ahorro. Y las aportaciones no desgravan como puede hacerlo un Plan de Pensiones.
La ventaja del PIAS, y por eso para este menester es el mejor producto, es rescatarlo en forma de renta vitalicia, pero tienen que haber pasado 10 años. Del total, que se pasa a capital para constituir la renta vitalicia, no se paga impuestos por el beneficio; pero la renta vitalicia tributa como un rendimiento del trabajo aunque tiene una reducción muy grande dependiendo de la edad, creo que llega hasta el 92%.

#4

Re: Pias duda

Es una renta vitalicia. ¿te has preguntado q pasa con el dinero q te resta por cobrar si falleces por ejemplo a los dos años de empezar a cobrarla?

#5

Re: Pias duda

Ocurre lo mismo que con tu jubilación del estado si falleces pronto. La compañía o el estado se beneficia de no tener que pagar ese dinero. Pero por otro lado... ¿Qué pensión tendrán los que se jubilen en 20 años? Si se tienen altos ingresos no es mala forma de primero desgravar y en segundo de aumentar la pensión que en su día te toque cobrar. Si eres buena hormiguita excelente, pero eres cigarra... Suerte.

#6

Re: Pias duda

supongamos que estoy 20 años aportando una cantidad entre 500 y 600 euros al mes, entonces yo entraría en la franja de 40 a 50 sería por el año 2034, esa renta que me pagarían sería hasta el día de mi muerte o por un espacio de tiempo determinado?¿ porque yo por lo que he leído entendía que en caso de fallecimiento los herederos tenían derecho al dinero del producto, pensaba que te iban pagando el dinero aportado más sus intereses hasta la fecha que liquidaban tus aportaciones e intereses.

#7

Re: Pias duda

loganreal; existen dos tipos de rentas Las Vitalacias y las tenmporales., ( que pueden ser a 5 10 años etc. ), si elijes la Vitalicia efectivamente en caso de fallecimiento se pierde el capital pero puedes elegir una temporal incluso con retorno de prima no consumida., la cia te garatizara el interes por el periodo elejido y a vto. vuelves a negociar otra temporalidad con el interes que se puede ofrecer en ese momento. ( la desgravacion la vas a obtener igualmente miestras sigas con una renta. ) saludos.

#8

Re: Pias duda

En los PIAS solo se pueden cobrar como rentas vitalicias, no como temporales, o en forma de capital.
En forma de rentas vitalicias, pues depende de la compañía en la que lo tengas contratado y de la forma de cobro que elijas. Rentas vitalicias preservando el total del capital, consumiendo capital con posibilidad de reembolso en caso de necesidad, y tus herederos reciben el capital sobrante en caso de fallecer antes de consumirlo completamente, y rentas vitalicias en las cuales cobras mientras vivas, y al fallecer, sea cuando sea, se acaban. Como ves no solo es importante ver que cia te da las mejores opciones de ahorro, sinó también cual te da mejores opciones al cobro, que también se muy importante.

un saludo