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Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

4 respuestas
Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador
Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador
#1

Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

Buenas a todos, tengo una duda sobre el embargo o no del capital de los seguros de vida de una persona fallecida. Espero que me podáis ayudar a encontrar una solución.

El caso es el siguiente:

La persona fallecida tiene importantes deudas contraídas como persona física, pero tiene varios seguros de vida por una cantidad importante.
El beneficiario de estos seguros de vida(su mujer), también tiene deudas a su nombre con dificultad para poder hacerles frente. El resto de herederos (hijos) no tienen ninguna deuda.

1. ¿ Es embargable el dinero de los seguros de vida al beneficiario?
2. En el caso de que lo sea, ¿ hay alguna forma de evitar que este dinero se embargue, y de esta forma puedan ser destinado a los hijos?

Gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.

#2

Re: Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

Esto es solo una opinión y por lo tanto tómatelo con todas las reservas.

Por deudas del Tomador, no puede embargar al beneficiario.

Pero si el beneficiario tiene deudas, lo que si pueden es embargar directamente al beneficiario el importe del seguro de via, pero por la deudas del beneficiario.

Los hijos aqui poco pinta ya que si quieren heredar, tendrán que heredar tambien las deudas y por lo tanto lo llevan crudo.

Repito esta es mi opinón, sin ningún conocimiento legal.

#3

Re: Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

Si la beneficiaria tiene deudas, y va a cobrar un seguro, le podrán embargar la cantidad necesaria para sufragar las deudas, pero ¿quien está de beneficiario del seguro de vida? Pues es el beneficiario quien cobrará el seguro, independientemente de las deudas que tenga o deje de tener.

Un saludo

#4

Re: Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

No tiene nada que ver la herencia con la prestación de un seguro de vida.
Si una persona recoge o renuncia una herencia, recoge o renuncia a los derechos y obligaciones de esa herencia.
Si es beneficiario de un seguro de vida cobra el seguro de vida al margen de la herencia. Es decir puede cobrar el seguro de vida y renunciar a la herencia, por lo que no tendrá que pagar las deudas del fallecido.
Pero las deudas que tenga contraídas (la mujer) no tienen nada que ver con la herencia ni con el seguro de vida y tendrá que pagarlas, bien sea con dinero de sus ahorros, de una lotería, de un seguro de vida, o de lo que sea. Si no paga le embargaran hasta donde puedan.
Cualquier cantidad que se cobre sea de lo que sea, una vez la tengas, es embargable para responder de” tus” deudas.

#5

Re: Embargo al beneficiario del dinero de los seguros de vida del Tomador

Oño? lo que yo he dicho.