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Cobrar seguro se vida de una herencia

2 respuestas
Cobrar seguro se vida de una herencia
Cobrar seguro se vida de una herencia
#1

Cobrar seguro se vida de una herencia

Hola a todos, soy nuevo aquí y creo que me podeis ayudar pues estoy bastante verde en este tema.
La cuestión es que mi padre falleció el 3 de julio de 2012, desde el 5 llevamos liaos arreglando y poniendo al día el papeleo necesario para que mi madre cobre su pensión etc... el problema surge cuando nos enteramos que mi padre tiene un saguro de vida con Bankia y que los beneficiarios somos los cinco hermanos, despues de arreglar todos los papeles necesarios para cobrarlo y habiendose pasado el plazo que el banco nos díó para cobrarlos nos dirijimos a la sucursal y nos dicen que hay un fallo en el modelo 660 y que el error es que al rellenar dicho impreso en el registro se han equivocado pues han puesto todo el caudal hereditario y que si queremos cobrarlo debemos rellenar de nuevo dicho modelo pero solo con el seguro de vida. A mí me surgen varias dudas pues en el registro nos dijeron que esa es la forma de rellenarlo y tambien porque esa entidad es la que nos ha puesto mas problemas para todo el papeleo necesario a la muerte de mi padre.Las cuestiones son: ¿es verdad que para cobrarlo es necesario segregar el seguro en dicho modelo? y si es así y llevamos el 660 relleno correctamente ¿cuanto se tarda en cobrarlo? y si no es así ¿como podemos defendernos ante la pasividad y esquivas de esta entidad? pues nos dá la sensación de que quieren demorarlo por el trato recibido a diferencia de otras entidades. Perdonad por el texto tan extenso y espero haberme explicado bien. Gracias y un saludo a todos.

#2

Re: Cobrar seguro se vida de una herencia

Lo que es obligatorio es que cada beneficiario conste en la declaración de sucesiones, independientemente de si se declara toda la masa hereditaria o solo el seguro de vida.
El seguro de vida, aunque tributa por sucesiones, no es una herencia y el beneficiario no tiene porque ser el mismo que hereda el resto de los bienes ni porque ser un “heredero legal”.
Pero eso tampoco implica que cuando coinciden beneficiarios y herederos, y se reparte por partes iguales, que no se pueda declarar toda la masa hereditaria conjuntamente.
De una vez que comunicas y presentas toda la documentación, la compañía tiene que pagar antes de 40 días y si no lo hiciese así, a los tres meses de la ocurrencia del siniestro incurriría en mora y tendría que abonar intereses.
Mira en que compañía estaba la póliza y haz directamente la reclamación a la compañía de modo fehaciente para poder hacer valer los plazos.
Si no obtienes respuesta satisfactoria dirige tu reclamación al defensor del asegurado de la compañía y si la respuesta no fuese la correcta recurre a la DGS.
Saludos

#3

Re: Cobrar seguro se vida de una herencia

Siempre recomiendo que se haga la autoliquidación de lo que corresponda al seguro de vida, a parte del resto de la masa hereditaria. Una vez presentada la autoliquidación la compañía debe abonar la indemnización correspondiente. Pero repito, no es preciso liquidar todos los bienes a la vez.