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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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#2985

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

ok, tienen toda la pinta de suspender el pago del cupón próximamente. No creo que el estado tenga intención de meter pasta para que salga al 7% a los preferentistas.

Mala pinta tienen. Saludos Manolo!

Método, disciplina y tiempo

#2987

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Hola Sudoku5; además de lo que te cuentan muy correctamente JTorres y Manolok, yo te animo a que te unas también a seguir este otro hilo del foro de preferentes https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1047209-que-pasara-participaciones-preferentes-caja-madrid-7-tae?page=414 en el que otros afectados/estafados como tú realizan propuestas y accciones específicas a llevar a cabo para alcanzar una solución mejor con las prefrentes 2009 de Caja Madrid que venderlas en el mercado secundario con pérdidas apreciables. Bienvenida si te animas. Un saludo

#2988

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Hola a todos y muchas gracias por vuestras respuestas, es un animo poder contar con la ayuda de vosotros me estas aclarando muchas cosas.
El contrato si lo tiene firmado, y tienen firmado el test de conveniencia, yo les he preguntado a mis padres y dice que ninguna de las preguntas que vienen en ese test se las hicieron, que solo les dijeron que fimraran que era un deposito a plazo fijo y que podrian sacar el dinero cuando quisiera en fin las mentiras que han debido contar a casi todos, pues ya he dicho mis padres son muy mayores.En cuanto al pago del cupón hasta ahora si lo han hecho, el siguiente me parece que es en Julio pero el Director de la sucursal nos dijo que nos llamaria para realizar el canje. Y si me animo ha intentar buscar soluciones contra estos sinverguenzas que nos han estafado. muchas gracias

#2989

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Estos hilos ya “se han ido de madre”, cuando habían 50 ó 100 respuestas pues uno pedía o indicaba que “la lectura es sana”, porque al menos yo acabo explicando lo mismo en múltiples ocasiones, pero claro pedirte ahora a ti eso en un hilo con 2988 respuesta, sería ser un poco cabroncete, con lo cual vamos a ello (de nuevo) …..

En primer lugar hay que considerar lo que es legal, y la costumbre, empecemos por la segunda. La costumbre bancaria del “firme aquí” está muy arraigada, de hecho hay bancos como Santander y BBVA que iniciaron sus actividades hace 150 años, alguno otro más pequeño que tiene historia desde 1717 (o sea no llega a 300 años, pero poco le falta), y esto solo se consigue con ética, formalidad, confianza, y si, haciendo negocio, pero dentro de una líneas que nunca se cruzaban, pero lamentablemente todo esto ha cambiado de forma radical.

Ningún juez o árbitro va a admitir como excusa que “no leí … confié …..” porque atentaría contra el sentido común, por mas costumbre que hubiera, uno no debe firmar si no se lee lo que firma, pero lo que pueden perfectamente admitir, es que el cliente lea, no entienda un borrajo, no olvidemos que estamos hablando de productos considerados complejos por la ley (la MiFID, que no es ningún invento español, es una ley que afecta a los 27 estados de la Unión Europea mas tres asociados) y esto de “complejo” no es opinable, es así y punto, que luego el cliente pidiese explicaciones y que se llegue a determinar que se las dieron a medias, que el cliente confió en las mismas, y hay casos otros temas que incluso ante un juez el propio comercial no sabía bien … con lo cual si el que lo vende no lo conoce el profundidad de que será capaz de transmitirlo a su cliente, es que es de cajón …..

En reclamaciones administrativas, consumo, SAC, Defensor del Cliente, CNMV o Banco de España, creo que nunca van a “juzgar” “opinar” sobre “me dijeron …. les dije … me respondieron ….. y tal y pascual, se limitarán a opinar, informar o resolver en función de lo que se pueda demostrar, contratos, conversaciones telefónicas grabadas, etc. etc., porque “opinar” sobre los “dimes y diretes” es una facultad reservada a los jueces, ni el Banco de España tiene capacidad legal para opinar sobre estas cosas de palabra, siempre y cuando no se hubiera grabado, que en ocasiones ya sabes … les informamos que está conversación puede ser grabada …..

No obstante en cualquier reclamación, y aunque no sirve para que el Banco de España o la CNMV opinen, yo creo que no está de más relatar cómo fue, que te dijeron, que les dijiste, vale, vale, de momento no sirve, pero lo que si supone es “sentar” ya las cosas, por si hubiera que llegar ante un juez, yo creo que no servirá, pero tampoco perjudica.

Por todo ello, si has leído los hilos o parte de ellos están importante pedir antes de cualquier reclamación todos los documentos, copia de ellos, y una vez los tengas, analizar si falta algo, que te aseguro que al menos por lo que cuentan otros rankianos, no es tan raro, o que en ocasiones de los dos titulares solo llego a firmar uno, etc. etc.
¿Qué documentos y para qué?

1 – Copia de la información precontractual que de tenían que dar (folleto de emisión, publicidad …) – La ley les obliga a entregarte información previa al contrato, para que te la puedas estudiar unos días antes de contratar, por tanto no sirve si es del mismo día del contrato. Esto tiene una importancia menor, pero es bueno saber si cumplieron con la ley o no en este punto.

2 – Contrato de administración y custodia de valores – Es el contrato que soporta todo lo que puedas comprar y vender, y en la mayoría de casos es una autorización para que se puedan comprar otras cosas con la sola firma de uno de los titulares, si no lo tienen y luego la órdenes de compra o venta las firma solo uno, lo tienen mal hecho. Piensa que estos títulos no son depósitos, son como acciones, pero con interés fijo o referenciado al Euribor, cosa que las acciones tienen dividendos, y pueden haber años en que la junta de accionistas decida que no hay y se reinvierte todo en la empresa.

3 – Copia de las órdenes de compra de los valores – Es lo que garantiza que tu diste del permiso para invertir ahí.

4 – Copia del test MiFID, solo para el caso de que comprases después de noviembre de 2007, si es antes no, pero si por ejemplo compraste en dos veces una antes y otra después de esta fecha, lo tienen que tener archivado.

5 – Calificación de tu perfil MiFID, que es de suponer que será “minorista” y con ello la ley te otorga la máxima protección como usuario o consumidor, como quieras llamarle.

6 – Histórico de productos contratados con la entidad – Esto no estaría firmado por ti, pero es un listado de qué tipo de depósitos o inversiones estás acostumbrado a efectuar, creo que es bueno que lo pidas, porque de alguna forma indica que tipo de perfil tienes.

Una vez se tiene todo esto encima de la mesa, se puede empezar la reclamación, de manera que se tengan todos los datos y las razones para ello, y como supongo sabes, primero tienes que pasar obligatoriamente por el SAC o Defensor del Cliente, para tener derecho a ir a la CNMV, si vas directo ahí sin pasar antes por el SAC (o defensor) simplemente te rechazan, ya que de alguna forma la idea es que uno de la oportunidad a su entidad de rectificar, si considera que actuó mal.

#2990

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Muchas gracias por tus explicaciones,revisare toda la documentacion y hare paso por paso lo indicado. Vuelvo a repetir muchas gracias.

#2991

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Buenas noches,

Expuse mi caso pero no obtuve contestación hace un par de semanas, por favor, rogaria asesoramiento de alguien que entienda sobre el tema, seguro que aqui hay quien me podria dar unas indicaciones y lo agradeceria un montón.

Mi suegra, pensionista viuda con una discapacidad en la visión del 75%, y nulos conocimientos financieros en productos de riesgo contrató los siguientes productos acudiendo sola a la entidad de Bankia, despues de haber enviudado un año antes:

1.-Participaciones preferentes en 2008, contrató 60000 euros, tiempo después pudo vender la mitad de las participaciones antes de destaparse el "pastel", el caso es que pusimos una reclamación oficial de consumo de la generalitat valenciana, y otra interna del banco.
Lo extraño del caso es que mi suegra es muy ordenada y suele guardar todos los documentos importantes, y despues de haber reclamado, cayó en la cuenta que no conservaba nada. hace 3 semanas acudimos a la oficina a pedir duplicados de la orden de contratación,tríptico de la CNMV,documento de riesgos del producto, y test de idoneidad del inversor (creo que se llaman así).
A día de hoy dicen que no lo encuentran y que siguen buscando. No sé si será normal, pero de no aparecer, entiendo que se podría pedir la nulidad de todas las transacciones aún despues de haber hecho un canje por acciones que todavía conserva ? que opináis? están todos los documentos necesarios relacionados arriba ? (he visto un comentario que indica mas o menos esto unas lineas arriba) como deberíamos proceder a reclamarlos, por escrito con algún formato? Hasta ahora las palabras se las lleva el viento...

2.-Obligaciones subordinadas 10º emisión. contratadas en junio/julio de 2009. Otros 60000 euros (vaya palo a los ahorros de toda la vida y ahora a subsistir con 600 euros de viudedad) Hoy he leído que se produjeron una serie de irregularidades entre 6 de abril de 2009 y 12 de junio de 2009 porque en esas fechas tambien realizaron operaciones con participaciones preferentes y obligaciones de la 8º emisión que ofrecían intereses inferiones. según el artículo que he leído la CNMV obliga al reintegro del 100% del capital de los productos contratados en esa fecha, pero no tengo claro si también a las obligaciones de la 10º emisión. La otra duda de este producto es que conserva todos los documentos con fecha 11 de junio 09 (1 día antes de lo que marca el artículo) a excepción de la orden de contratación del producto, que ya es de julio, según recuerda porque tuvo que esperar a hubiera disponibilidad de obligaciones para contratarlas.
El reintegro del 100% del capital no se si la CNMV lo ordena para todas las obligaciones y participaciones en esas fechas o sólo a las participaciones y obligaciones de 8º emisión ? además la cuestión de fechas no sé si permite reclamar, es decir si estamos en el plazo o no.
Suerte que este producto (si bankia no se va al garete) se podría disponer en el 2019.
Por favor, alguien que entienda la exposición y qué alternativas tenemos nos podría asesorar ?
Me cabrea muchisimo que la entidad se vaya a quedar con todos sus ahorros y con la totalidad de la herencia que un dia mis hijos podrían necesitar.
Muchisimas gracias.

#2992

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

En el punto 1 si en la oficina no te entregan los papeles pasa de ellos y solicitalos en el SAC. No reclames nada de momento. Solo solicita que te entreguen los papeles.
Aunque no se si servira de algo. Al haber aceptado el canje el SAC va a rechazar cualquier reclamacion posterior que hagas pues ya no tienes las preferentes. Al menos es lo que esta haciendo con los que comentan por aqui que reclamaron tras aceptar el canje.
Ademas los documentos del canje llevaban en el medio la famosa clausula en la cual renunciabas a emprender acciones legales. Que no se si es valida o no, pero en los papeles seguro que iba.

En el punto 2 no puedo ayudarte ahora. Entre que ando un poco espeso y no me entero bien del problema y que no me mire mucho todo el asunto que comentas en estos momentos no puedo opinar. A ver si alguien se moja.

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