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Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

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Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)
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Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)
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#1

Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Buenos días,

Disculpad si las dudas que preguntaré a continuación son muy básicas. Quisiera comprar Letras del Tesoro a 12 meses (mi idea es ir realizando compras no competitivas  durante los siguientes meses). Necesitaría respuestas sencillas de entender a pie de calle, y sin vocabulario bancario en lo posible.

1. Plazo de compra para marzo 2023:
¿Hasta qué día y hora, inclusive, se pueden comprar Letras del Tesoro a 12 meses este marzo de 2023, DESDE la web del Tesoro Público?

2. ¿La reinversión automática es posible?:
Durante la tramitación de la compra online, hay algún botón que se pueda pulsar para pedir que se reinviertan automáticamente tras cada vencimiento (para así  ahorrarme la comisión del 0,15 % que cobra el Tesoro Público cuando devuelve el capital)?  

3. Declaración de la renta (IRPF):
En caso de que las Letras se puedan reinvertir automáticamente, ¿cuándo se lleva Hacienda (a través del IRPF) el 19 % de las ganancias obtenidas con las Letras: al final de cada reinversión automática (es decir, anualmente), o, por el contrario, el año en que el Tesoro Público te devuelva el capital que invertiste?

4. - Depósito para comprar Letras:
¿Porqué es del 101 %, en vez del 100 %? (entiendo que esto no supone un riesgo, o una menor ganancia para el que invierte; pero no comprendo el motivo de que el Tesoro pida un 1 % de más (los artículos que he intentado leer en Internet sobre estos temas contienen términos bancarios que me dificultan saber qué dicen).  

Muchas gracias y perdonad tantas preguntas. En el teléfono del Tesoro Público no lo cogen, para poderles preguntar.

Un cordial saludo,
#2

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Lee los hilos aunque resulte pesado, tus dudas son freecuentes y ya están respondidas.
1. Plazo de compra para marzo 2023:
¿Hasta qué día y hora, inclusive, se pueden comprar Letras del Tesoro a 12 meses este marzo de 2023, DESDE la web del Tesoro Público?
Las letras a 12 meses se subastan en la primera subasta del mes. Las peticiones por la web se podían hacer hasta las 23 horas del martes anterior a la subasta del 7/3.


2. ¿La reinversión automática es posible?:
Durante la tramitación de la compra online, hay algún botón que se pueda pulsar para pedir que se reinviertan automáticamente tras cada vencimiento (para así  ahorrarme la comisión del 0,15 % que cobra el Tesoro Público cuando devuelve el capital)?  
No es posible, la reinversión ha de ser manual. 


3. Declaración de la renta (IRPF):
En caso de que las Letras se puedan reinvertir automáticamente, ¿cuándo se lleva Hacienda (a través del IRPF) el 19 % de las ganancias obtenidas con las Letras: al final de cada reinversión automática (es decir, anualmente), o, por el contrario, el año en que el Tesoro Público te devuelva el capital que invertiste?
Las letras vencen en una fecha, reinviertas o no. A efectos de IRPF no hay diferencia entre reinvertir o no.

¿Porqué es del 101 %, en vez del 100 %? (entiendo que esto no supone un riesgo, o una menor ganancia para el que invierte; pero no comprendo el motivo de que el Tesoro pida un 1 % de más (los artículos que he intentado leer en Internet sobre estos temas contienen términos bancarios que me dificultan saber qué dicen).  
Era, que ya no es, del 101% porque el tesoro no te reclama dinero tras una subasta. Se curan en salud y te piden un depósito más alto de lo que calculan que va a ser el precio. En 2022 las letras tenían rendimientos negativos, de ahí el 101%. Para las letras actuales el depósito es del 100%.


#3

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Hola ertuditu,

Gracias sinceras por tus respuestas. Me han sido muy útiles. Estuve un buen rato buscando resolverlas leyendo el grupo, pero, lógicamente, tiene muchos hilos, y, además, algunos de ellos constan de muchas páginas (el último que vi, de hecho, tenía casi 180 páginas y se había iniciado en 2022). Así que te agradezco que te hayas tomado las molestias.

Sobre tu amable contestación, necesitaría aclaración sobre lo siguiente:


1. Me dices que "las peticiones por la web se podían hacer hasta las 23 horas del martes anterior a la subasta del 7/3.":
¿entonces, por extensión entiendo que el plazo para realizar  peticiones de Letras a través de la web del Tesoro es, desde que finaliza la última subasta de Letras, hasta una semana (incluyendo festivos) antes de la siguiente, verdad?

2. Me dices que, "la reinversión ha de ser manual":
¿quiere decir esto que debo estar pendiente de cuándo venzan las Letras para poder reinvertir ese capital manualmente, a través de la web del Tesoro, antes de que el Banco de España me lo transfiera a mi banco? (no sé si se me está escapando algo, pues me parece poco práctico tener que estar pendiente de cuándo vencen tus Letras para poder reinvertir ese capital de nuevo sin que te lo devuelvan. Además, lo poco que recuerdo de cuando invertí en Letras, hace muchos años, es que fui al Banco de España a hacerlo presencialmente, y, a partir de entonces me eran reinvertidas todos los años automáticamente, sin tener que hacer yo nada. Y después,  hice una imposición más,  ya a través de la web, y las reinversiones de esa imposición también fueron automáticas. Finalmente, el Banco de España me reintegró todo el capital cuando las subastas empezaron a dar rendimiento negativo. Me alegró de que lo hiciera, porque así evité pérdidas, y yo ya había empezado con problemas de salud crónicos graves que me hubieran impedido estar al tanto de este tema para reorientarlo o ir al Banco de España. Supongo que es su protocolo en las Letras no competitivas). 

Un cordial saludo,
#4

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Hola,
Entiendo que estos hilos se hacen enormes y es dificil encontrar la información.

En la web se pueden hacer las peticiones de letras hasta las 23 horas del martes anterior a la subasta. Ahora mismo podrías hacer peticiones para la subasta de letras de 3 y 9 meses del 14/3 (hasta el próximo martes). El dinero de la transferencia ha de llegarle al Banco de España el viernes anterior como máximo (2 días hábiles antes de la subasta).

Cuando se emitan las letras de esa subasta abrirán la posibilidad hacer peticiones para las subastas de abril.

En la web, a día de hoy no hay opción de reinversión automática (o yo no soy capaz de encontrarla), lo automático es que te transfieran el nominal.Desconozco si de forma presencial es posible cambiar esto o si antes existía esa opción.
Las peticiones no competitivas son rechazadas automáticamente si el rendimiento de la subasta es negativo, por eso dejaron de reinvertirse tus letras.

La opción de reinversión la abren con mucha antelación y el plazo es el mismo, hasta las 23 horas del martes anterior a la subasta (ahora mismo se puede hacer peticiones para reinvertir las letras que vencen en abril).
#5

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Buenas noches. En la web hay un botón para  reinvertir, y cuando uno tiene resguardos para posible  reinversión, permite hacerlo. No sé si te referías a eso. Saludos cordiales.
#6

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Buenas, estoy decidida a estrenarme en la compra de letras en la proxima subasta que se abre plazo el dia 11. 
El caso es que tengo una duda importante, y he buscado y rebuscado en el hilo y en google pero no encuentro la respuesta. 
LA cuestion es, si decido reinvertir a vencimiento (pretendo iniciar con letritas a 3 o 6 meses) los intereses los ingresan y reinvierten el principal? o se queda todo "paralizado" hasta la liquidación final? 
Muchisimas gracias de antemano por la amabilidad de responder
#7

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Yo compré  a 6 meses en febrero que han vencido en agosto y  he reinvertido nuevamente la totalidad, esta vez a 12 meses.
Las compré por valor de 986.66€  cada una y a vencimiento me han devuelto 1000€ por cada letra.
Al reinvertirlas de nuevo, el Banco de España te devuelve  la diferencia entre esos 1000 y el precio al que salga en subasta descontándote una comisión del 0.15%.
Pero Ojo... ese ingreso no son los intereses, es el saldo a tu favor por la diferencia de precio, por que los interesen te los devolverán con el principal al nuevo vencimiento. 

Espero haberte aclarado algo 

#8

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

ok, creo que lo he entendido más o menos. el beneficio del % de interés no lo veré hasta que no decida liquidarlas al vencimieno y pague la consiguiente la comisión de la transferencia. Pero si hay variación en el precio de la letra en sí (en tu caso de 986 a 1000E) eso sí que lo ingresan. Esa diferencia supongo que también tributará... vaya rollos. Es más complejo de lo que parece, vaya. 

Otra dudilla que tampoco leo por ahí. LAs letras NO Competitivas, si por lo que sea necesitas el dinero antes del vencimiento, se puede vender? o solo pueden vender las competitivas? gracias. CUal sería el inconveniente de las No competitivas ( si es que hay alguno)?
#9

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

No soy ningún experto en fiscalidad pero yo entiendo que no hay que  tributar por esa devolución ya que es un dinero que ya era tuyo cuando  invertiste, no así con los intereses al vencimiento, que tributarán en el tramo correspondiente.
En cuanto a la venta de letras  puedes venderlas cuando quieras, tanto competitivas como no competitiva,  pero si no aguantas al vencimiento probablemente perderás dinero si los tipos siguen subiendo.
#10

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Hola,
El próximo 6 de Oct. vence una inversión en letras a 6 meses. Querría reinvertirla en la próxima emisión del mismo 6 de Octubre (fechada el 3 Oct.). Lo aré a 6 meses en letras no competitivas. Que rentabilidad creéis que tendrá.

Saludos,
#11

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Buenos días:

En agosto compre Letras con Vto 12 meses 09-08-2024, tengo pensado adquirir más letras según este el mercado en el mes de noviembre, con vto 9 meses para que tengan el mismo vto.
Mi pregunta:
luego podré reinvertir por la totalidad de ambas emisiones en una sola inversión, o tendrán que ser dos nuevas reinversiones.
Mas que nada, también por como afecta la comisión del 0,15% del Banco de España, al finalizar el plazo de las reinversiones, si sobre una inversión o dos.

Alguien me puede explicar, Gracias




#12

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Para reinvertir el total hay que hacer dos reinversiones, no permiten juntar.
A nivel de comisiones no afectaría, primero suman lo que te tienen que transferir de las dos reinversiones y la comisión la aplican una sola vez al total.
#14

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

Hola, gracias en primer lugar, pero:
Entonces si se reinvierte en dos nuevas inversiones de letras, al vto se transforma en una sola si reinviertes o si reembolsas, te aplican el 0,15% del total, o te lo hacen separado, esa es mi duda, si al final se logra juntar o no

Un saludo y gracias nuevamente
#15

Re: Letras del Tesoro: dudas básicas (plazos, reinversión automática, IRPF, depósito del 101 %)

No juntan los resguardos que tienen el mismo vencimiento. Nunca se convertirán en una sola inversión. Si compras a 9 meses y reinviertes los dos resguardos de letras en agosto 2024 tendrás dos nuevos resguardos, dos nuevas inversiones en letras. De hecho no podras hacer dos peticiones NO competitivas por ejemplo a 12 meses en esa reinversión.

Lo que si juntan son los importes a transferir el mismo dia y hacen una única transferencia con su comisión sobre el total a transferir, el 0,15% es del total no aplican la comisión a cada resguardo por separado.

Tus letras se amortizan el 9/8 reinviertas o no reinviertas, la única diferencia es si recibes toda la amortización de vuelta o usas parte de la amortización de las letras viejas para comprar nuevas y recibes de vuelta solo lo que sobre de la reinversión.


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