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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#2537

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Un empresario catalán, asesorado por Navas & Cusí, consigue la nulidad de dos contratos swaps
El empresario leridano Xavier Graus ha conseguido la nulidad de la operación que contrajo con el Banco Popular de los denominados swaps o contratos de permuta financiera.

El propietario de Graus Pintura i Decoració firmó dos operaciones de swap en el año 2008, recomendadas por el director de la entidad en Mollerussa (Lleida) por la confianza que tenía con el responsable financiero, quien en ningún momento le especificó las características, riesgos y naturaleza de estos contratos.

Poco tiempo después, Graus empezó a pagar importes de 250 € de manera trimestral. El director de la oficina de Banco Popular le confirmó la obligatoriedad de abonar estas cantidades al haber firmado la operación.

Después de emprender todo tipo de iniciativas para obligar a la entidad a rescindir el contrato y congregar a un gran número de afectados de la zona, Graus trasladó su caso a la justicia contactando con el despacho Navas & Cusí, especialista en derecho bancario y de mercado financiero y con numerosas resoluciones favorables contra la mala práctica bancaria en toda España.

Navas & Cusí emprendió acciones legales contra Banco Popular, que han dado como resultado la nulidad de las dos operaciones de swaps suscritas por Xavier Grau, así como la restitución de todas las cantidades pagadas y abonadas hasta la fecha de la sentencia y los intereses que hayan podido generar.

Fuente: La Mañana (25/01/2012)

#2538

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

SEGUROS
Una juez anula un "swap" por considerarlo difícil incluso para un exbanquero
12/01/2012 14:09 | lainformacion.com
La juez Estrella Radío, del Juzgado de Primera Instancia número seis de Barcelona, ha anulado un contrato de cobertura financiera ("swap") firmado por un antiguo banquero, al considerar que su experiencia no era suficiente para entender el producto sin explicaciones adicionales.
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Madrid, 12 ene.- La juez Estrella Radío, del Juzgado de Primera Instancia número seis de Barcelona, ha anulado un contrato de cobertura financiera ("swap") firmado por un antiguo banquero, al considerar que su experiencia no era suficiente para entender el producto sin explicaciones adicionales.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, ha anulado el contrato suscrito entre la Caixa d'Etalvis Penedès -hoy Banco Mare Nostrum (BMN)- y una empresa inmobiliaria, que contaba con un antiguo director de oficina bancaria como administrador.

La juez considera que Caixa Penedès ocultó al cliente "información esencial" sobre la evolución del euríbor -que es el indicador básico de funcionamiento del producto-, lo que acabó perjudicando a la empresa demandante.

Además, apunta que el hecho de que el administrador de la empresa hubiera trabajado en banca durante los años 70 y 80 no implica que tuviera "experiencia inversora o en operaciones especulativas", como defendía la caja.

El contrato de permuta financiera, o "swap", estaba asociado a una hipoteca y establecía un tipo fijo del 4,45 % y un tipo referencial del euríbor a 12 meses.

Esto implicaba que si el euríbor superaba el 4,45 %, la caja abonaría la diferencia -como sucedió en 2009, cuando devolvió 26.789 euros- y al contrario si bajaba de esa cifra -como en 2010, cuando el demandante pagó 256.209 euros-.

La anulación del contrato implica que ambas partes tendrán que devolver las cantidades recibidas en estos años.

Los contratos de permuta financiera comenzaron a comercializarse en España en 2006 como una especie de seguro para evitar que los préstamos hipotecarios se encareciesen como consecuencia de la subida del euríbor.

Sin embargo, con la bajada del euríbor por la crisis inmobiliaria, esos "seguros" se volvieron contra los clientes, una cláusula que la mayoría de ellos no conocía.

Se trata de contratos técnicos que, según la sentencia, "una persona de nivel medio, con formación media y la diligencia adecuada, normalmente no comprende", por lo que los clientes tienden a fiarse del criterio de quienes los ofrecen, es decir, el personal de las entidades financieras.

Así, a pesar de que el administrador tenía unos conocimientos profesionales del sector bancario, la juez considera que la información que la caja ofreció sobre la previsión del futuro comportamiento del euríbor "fue, sencillamente, ninguna", lo que justifica la nulidad del contrato.

Esta sentencia no es firme, ya que Caixa Penedès puede presentar un recurso de apelación en los veinte días siguientes a su notificación.

#2539

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

YA HAY VARIAS SENTENCIAS FIRMES EN ESPAÑA QUE CONDENAN A ENTIDADES FINANCIERAS
Estos son los abogados que defienden a las ancianas y vencen a la banca

¿Denunciar al banco que me ha dejado en la ruina? “Imposible, la banca siempre gana…” Es el pensamiento más generalizado entre quienes sufren abusos por parte del sistema financiero, el de quienes descubren con amargura que en su día no leyeron –o no comprendieron bien- el contrato que firmaron y ahora se han quedado sin ahorros o sin casa.

Lo de la letra pequeña, ya se sabe, suele esconder sorpresas desagradables, sobresaltos que en el caso del ámbito financiero conllevan enormes disgustos. Así le ocurrió a una octogenaria valenciana que invirtió –siguiendo el consejo de su entidad, la CAM- en bonos del banco de inversión Lehman Brothers. A pesar de las reiteradas advertencias de la anciana avisando de que no quería arriesgar sus ahorros (134.395 euros), la firma la convenció para que realizara esa inversión y ella terminó perdiendo el dinero.

Esta anciana tenía una amiga que había ganado un caso contra Bankinter por una inversión ruinosa en un banco islandés y decidió recurrir a su mismo abogado para plantarle cara a la CAM. Y ganó. Ambas han sido las primeras sentencias firmes dictadas en sus respectivos ámbitos en España.

Ese abogado, Jaime Navarro, explica a El Confidencial cómo los bancos “te hacen firmar contratos detalladísimos, de 40 o 50 folios”, cuando se pide un préstamo y sin embargo, cuando se trata de realizar inversiones “sólo te dan una o dos hojas de información, un miserable documento que no habla de nada”.

En su opinión, esta “desigualdad clamorosa” supone una injusticia, “máxime cuando los bancos han recibido ayudas públicas” y pone en evidencia la “lamentable” actitud de la banca para con sus clientes. Un sector que además no quiere ni oír hablar de pactos amistosos y ante el acercamiento de los abogados muestra una “cerrazón total” y una gran “prepotencia”.

Navarro no lucha en solitario contra los abusos de las entidades financieras. Antonio Flores Vila, abogado del despacho Law Bird de Marbella, ha impulsado una querella criminal ante la Audiencia Nacional contra diez bancos internacionales por delitos de estafa y defraudación contra la Hacienda pública, de los que habrían sido víctimas unas ochocientas personas en España.

Pensionistas asustados por su banco

Las presuntas infracciones que se le imputan a estas entidades bancarias (escandinavas, suecas y británicas) son delitos continuados de publicidad engañosa, estafa, defraudación contra la hacienda pública, y falsedad ideológica en documento público. Como explica el propio Flores a El Confidencial, estos bancos se dedicaban a “asustar” a los pensionistas ingleses diciéndoles, entre otras cosas, que el impuesto de patrimonio español es “extorsionador” e “‘insolidario”, para justificar que sus hipotecas inversas fueran trasladadas a paraísos fiscales (principalmente Luxemburgo).

“A algunos de nuestros clientes les han 'perdido' hasta el 80% de su inversión, eso no lo consigue ni Madoff robando”, denuncia Flores, que se confiesa “más cómodo” trabajando “del lado del consumidor”.

En la misma línea trabaja Juan Ignacio Navas, co-fundador del despacho Navas & Cusí y cuya especialidad es desde hace años “la vigilancia de códigos de conducta en las entidades financieras”. Él cree que la falta de información por parte de los bancos hacia sus clientes es, más que una mala praxis, una conducta bastante extendida que consiste en "no ser totalmente conscientes de su deber de información”.

Los principales errores atribuibles a la actitud general de la mayoría de los bancos son, en su opinión, el de omisión de información sobre los posibles riesgos, del deber de transparencia y la falta de diligencia en el cuidado de los intereses de los clientes, aunque él cree que se ha incurrido en ellos “sin ánimo de hacer daño”.

La banca también pierde

Navas recuerda que “en muchas ocasiones es el banco el que pierde”. “En el caso de que sea incorrecta la actividad de intermediación de los bancos, éstos pagan sus errores, y eso les puede salir muy caro”.

Y más ahora que parece que la gente empieza a ser más consciente de sus derechos. Muchos de los clientes extranjeros del despacho marbellí, cuenta Flores, se sentían engañados y se preguntaban cómo no se habían dado cuenta del fraude antes de perder sus ahorros. Las ancianas a las que defiende Navarro se sentían desamparadas ante el gigante financiero, como David contra Goliat.

Pero a la vista está que es posible ganar, y que “si se tiene razón hay que luchar porque si no, nunca cambiarán las cosas”, confirma el abogado. “Ahora que hay varias sentencias firmes y están teniendo algo de eco mediático, esperemos que la gente se desprenda de ese temor reverencial que tiene la sociedad a los bancos. Hay que pensar que se puede ganar”, zanja.

Para ello Navarro ha redactado una guía dirigida a aquellos que se encuentran algo perdidos pero están dispuestos a “exigir responsabilidad a las entidades bancarias que sí tienen obligación de dar debida cuenta de la gestión de su dinero”.

La primera recomendación de la mayoría de los expertos es la de intentar negociar con el banco, aunque, dado que hasta ahora este abogado no ha tenido “ningún éxito en los intentos de acuerdos amistosos”, es muy probable que el cliente que se sienta injustamente tratado tenga que recurrir, efectivamente, a esta guía y a los servicios de un letrado.

#2540

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Un tribunal condena al Santander por no informar del riesgo de los "swaps"
Tags:empresas,banca
11/10/2011EFE
Madrid, 11 oct (EFECOM).- La Audiencia Provincial de Tarragona ha declarado por primera vez nulo un contrato de "swaps" que suscribió una sociedad anónima con el Banco Santander para cubrirse frente a las subidas de tipos al entender que el banco no le informó de los riesgos de la operación y de las perspectivas futuras del mercado.
En el escrito, al que ha tenido acceso EFE, el presidente de la sección primera de la Audiencia Provincial de Tarragona, Antonio Carril, ha dado la razón al cliente y ha ratificado la sentencia que dictó en su día el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Amposta, en la que declaraba nulo el contrato y obligaba al Santander a devolver las cantidades satisfechas.
Según confirmaron a EFE fuentes del despacho de abogados Navas & Cusí, que asesora a la parte afectada, se trataría de la primera Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona declarando nulo un "swap" -contrato de futuros-, y la primera de España en que la que el cliente es un Sociedad Anónima.
En su escrito, el juez indica que aunque el "swap" va dirigido a mejorar la estructura de financiera de una deuda, no deja de ser un contrato que "tiene un carácter aleatorio o especulativo que lo dota de un riesgo para el cliente, que ha de ser especialmente destacado en la información proporcionada con rigor, amplitud y clara exposición de las posibles vicisitudes".
Asimismo, recuerda que el derecho a la información en el sistema bancario y la tutela de la transparencia bancaria es básica para el funcionamiento del mercado y que las entidades financieras deben cuidar de los intereses de sus clientes como si fuesen propios y mantenerlos siempre adecuadamente informados.
El cliente argumentaba en su demanda que el banco no le proporcionó la debida información a la hora de contratar un seguro para protegerse frente a las subidas de los tipos de interés, criticaba el carácter confuso de los documentos, así como las definiciones e interpretaciones incomprensibles y la multitud de vocablos financieros.
Sin embargo, en su recurso de apelación, el Santander sostenía que quien firma un documento conoce y admite su total contenido salvo que pruebe lo contrario y señala que el cliente de la entidad fue informado de la naturaleza del contrato y de los riesgos que éste implicaba.
Asimismo, agrega que los posibles errores de comprensión derivados del contrato de "swaps" no recaían sobre los elementos esenciales, al tiempo que resaltaba la claridad de los escritos, así como el conocimiento de los riesgos por parte del cliente y añade que la confianza en la entidad o la delegación de asesoramiento en la misma no liberaban al cliente de una diligencia media.
En la sentencia, el juez recuerda que la información proporcionada por el banco debía estar encaminada a facilitar al cliente su financiación y no a crearle problemas, "máxime si la relación entre los contratantes no era nueva y veía desarrollándose desde hacía años en un régimen de confianza y asesoramiento".
Además, Carril asegura que el Santander incumplió su obligación de informar a la sociedad, a la que presentó el producto como seguro, y no le hizo una previsión razonada y razonable sobre el comportamiento de los tipos de interés, cuya evolución le ha causado al cliente un grave perjuicio. EFECOM

#2541

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Domingo, 13.05.2012 Actualizado: 19:45

Juez anula un contrato hipotecario con "swaps" pese a que cliente no lo leyó
Tags:economía,empresas,banca
11/07/2011EFE
Madrid, 11 jul (EFECOM).- El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Hospitalet del Llobregat (Barcelona) ha declarado nula la cobertura que un cliente contrató para protegerse frente a las subidas de tipos de interés al entender que, aunque el sujeto no lo leyó, el banco debía haberle informado de todos los riesgos de la operación.
Según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el juzgado de la localidad catalana ha condenado al banco Santander a pagar 41.719,35 euros al demandante por los perjuicios y los costes de cancelación de la cobertura, tras declarar nulos los contratos que suscribió el cliente en 2006.
El juez considera que, a pesar de que el cliente del banco reconoció expresamente que no se había leído el contrato porque el Santander le había informado sobre él en su momento, el banco debía haberle explicado de forma pormenorizada las cláusulas y las obligaciones asumidas en una operación de "alto riesgo".
El magistrado subraya además las dificultades que tenía el cliente, de 90 años, a la hora de entender la naturaleza y los efectos de un contrato complejo, y por tanto los riesgos que asumía tras su suscripción.
En este sentido, el juez pone de manifiesto que la entidad financiera no tuvo en cuenta en la firma del contrato ni la situación personal, ni cultural ni formativa del cliente, que ha sido asesorado por el despacho Navas & Cusí en su pleito contra el Santander.
La sentencia también recuerda que el ciudadano medio no llega a comprender de una forma precisa y adecuada cada una de las cláusulas incorporadas en un contrato bancario antes de su firma a pesar de prestar posteriormente su consentimiento libre, voluntaria y conscientemente.
Por otro lado, el juez recuerda que, según indica la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), estas operaciones de cobertura que permiten a los clientes protegerse ante las fluctuaciones de los tipos de interés están dirigidas principalmente a clientes con un perfil altamente especulativo y a empresas.
En la sentencia del juzgado también se subraya que el banco tiene la obligación de garantizar a los clientes la comprensión de la naturaleza y los riesgos del servicio de inversión al tiempo que les orienta y les advierte de forma apropiada sobre los riesgos asociados a estos instrumentos.
En virtud de lo anterior, el juez ha declarado nulos los contratos suscritos por el demandante al entender que, aunque el cliente incurrió en un error "esencial, inexcusable y principal" al no haberse leído el mismo, el banco no le informó debidamente de la naturaleza, de los riesgos y de los efectos del contrato. EFECOM

#2542

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Te veo muy puesto en el tema, si tienes un despacho de abogados y quieres que todo esto sea más secreto pinchas en el Liks me pones tu correo y nos ponemos en marcha.

El programa de Intereeconomia --Mas se Perdío en Cuba, segunda parte de ayer esta muy bien, de todas formas creo que los que asistieron a las programas ayer, ninguno conocia el Boletin Oficial publicado.

#2543

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Canarias es la región donde más se interponen demandas de empresas contra bancos
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Economía
Jueves, 30 de Junio de 2011
Muchas entidades financieras no advirtieron a sus clientes del alto riesgo que corrían en la contratación de los 'swap' e hipotecas con cláusulas de suelo.

La Cámara de Comercio de Gran Canaria, en colaboración con el despacho Navas & Cusí Abogados y la Asociación de Jóvenes Empresarios de Las Palmas, ha organizado la jornada "Swaps y Cobertura de Tipos: Defensa ante los tribunales", con el objetivo de dar a conocer cuáles son las herramientas que los empresarios deben conocer para no incurrir en errores a la hora de contratar sus hipotecas o de contratar permutas. Algunos bufetes de abogados han tramitando demandas empresariales contra prácticas que consideran "abusivas" e incluso "inéditas" por parte de las entidades financieras. Concretamente, por cláusulas en contratos hipotecarios y por otro lado, por no advertir a las empresas del alto riesgo que corrían al contratar permutas financieras, los denominados "swaps".

"Canarias es una de las regiones de nuestro país donde mayores demandas y sentencias hay por parte de empresas a entidades financieras, concretamente, debido a los swaps o permutas financieras", ha indicado Ignacio Navas, director del bufete Navas & Cusí. Asimismo, explica que existen muchos casos donde las entidades no advirtieron a los empresarios que los contratos implicaban operaciones de alto riesgo, lo que ha llevado a que se celebren más de 200 sentencias en España sobre este caso por parte de las empresas.

#2544

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Antonio nuestro gobierno mayoritario que todo lo sabe y solo desea nuestro bién ,nos va a dar por culo en nuestro propio beneficio y hay de nosotros insignificates ignorantes que solo servimos para darles el poder ,que no aceptemos sus clarividencias ya que la amenaza es una alternativa mucho peor y si nos atrapa nos puede comer el COCO .Pues visto lo visto ,los bancos necesitan del dinerito de los españolitos de a pie(Los otros van en aviones privados y tienen su/nuestro dinerito en paraisos fiscales) y debemos ayudarlos con nuestros ahorrillos,el futuro de nuestros hijos ,de nuestros nietos y veremos si mas.Los bancos siempre han querido nuestro bien ,nunca buscaron tener beneficios astronómicos (eso fué de casualidad)buscaron el bien común ,pero pobrecitos se equivocaron.Asi que como el gobierno representante en la tierra del mesías considera que primero ellos y con suerte a lo último la ciudadanía,nos encontramos mas solos que la una .Considerando que este tema que nos ocupa es un engaño masivo(presunta ESTAFA) y dada las últimas novedades en cuanto al BOE donde interpreto con mi corto entender que van a seguir por el mismo camino por donde venian me pregunto si el gobierno no es complice y partícipe necesario en este gran tinglado.
Y como aquí no hay quien nos defienda vamos a seguir el consejo de varios abogados e interpondremos una querella criminal contra el director de nuestra sucursal y subsidiariamente contra todo Bankia/BFA.Empezaremos mañana a trabajar en ello ,reuniendo toda la documentación desde el comienzo de esta movida,espero sinceramente que por lo menos la justicia sea independiente del poder económico.

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